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DECRETO FORAL 66/2023, DE 30 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, JUVENTUD Y POLÍTICAS MIGRATORIAS

BON N.º 183 - 31/08/2023



Preámbulo

Por Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, se ha establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada departamento. En consecuencia, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El artículo 30.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que cada departamento se estructura en una o varias direcciones generales y en una secretaría general técnica, que dependen directamente de la persona titular del mismo.

Por otra parte, el artículo 31.2 de la mencionada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, señala que la creación, modificación, agrupación y supresión de direcciones generales, así como la determinación del área o áreas a las que se extenderá la competencia de cada una de ellas, corresponde al Gobierno de Navarra, mediante decreto foral, a propuesta de la persona titular del respectivo departamento.

A su vez, el artículo 46.2 de la referida Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, establece que los organismos autónomos estarán adscritos a un departamento o a una dirección general.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de agosto de dos mil veintitrés,

DECRETO:

Artículo Único. Estructura básica del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.

1. El Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

a) Dirección General de Vivienda.

b) Dirección General de Políticas Migratorias.

c) Secretaría General Técnica.

2. La Dirección General de Vivienda asume las competencias ejercidas por la anterior Dirección General de Vivienda y se adscriben a la misma las unidades orgánicas con atribuciones en dicha materia.

3. La Dirección General de Políticas Migratorias asume las competencias ejercidas por la anterior Dirección General de Políticas Migratorias y se adscriben a la misma las unidades orgánicas con atribuciones en dicha materia.

4. Se adscribe al Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias el organismo autónomo Instituto Navarro de la Juventud, que se regirá por sus estatutos.

Disposición Adicional Única. Desconcentración de competencias.

Se desconcentran en las personas titulares de las direcciones generales, en sus ámbitos respectivos, la titularidad y el ejercicio de las competencias administrativas que, en materia de contratación y expedientes sancionadores la normativa vigente atribuye a la persona titular del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.

Disposición Transitoria Única. Subsistencia de normas y sucesión de órganos y funciones.

En tanto se proceda al desarrollo de la estructura orgánica del Departamento a nivel de Servicios y Secciones, será de aplicación, en la medida en que no se oponga a lo dispuesto en este decreto foral, y en lo que se refiere al ámbito competencial del Departamento Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias lo dispuesto en el Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, en el Decreto Foral 259/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, así como en el Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.

Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.

Quedan derogados el Decreto Foral 86/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, el Decreto Foral 90/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto foral.

Disposición Final Primera. Habilitaciones.

Se habilita a las personas titulares de los Departamentos de Presidencia e Igualdad, de Interior, Función Pública y Justicia y de Economía y Hacienda, para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.

Disposición Final Segunda. Vigencia.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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