ORDEN FORAL 89/2024, DE 24 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 038 "RELACIÓN DE OPERACIONES REALIZADAS POR ENTIDADES INSCRITAS EN REGISTROS PÚBLICOS"
BON N.º 207 - 11/10/2024
ANEXO.
El artículo 72 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, establece la obligación de los titulares de los registros públicos de Navarra de informar mensualmente de las entidades cuya constitución, establecimiento, modificación o extinción hayan inscrito durante el mes anterior mediante la presentación de una declaración informativa.
Esta declaración informativa se regula en la Orden Foral 97/2002, de 3 de abril, que aprueba el modelo 038 "Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos".
En relación con el régimen jurídico de estos registros públicos, en el ámbito estatal se ha aprobado la Ley 11/2023, de 8 de mayo, que transpone al ordenamiento interno Directivas de la Unión Europea en materia de digitalización de actuaciones notariales y registrales, entre otras. En concreto, el artículo 35 de la citada ley modifica el Código de Comercio, para asegurar la interconexión del Registro Mercantil con la plataforma central europea; el artículo 36 modifica la Ley Hipotecaria, introduciendo la llevanza del Registro de la Propiedad bajo la técnica del folio real en formato y soporte electrónico, mediante un sistema informático registral; y el artículo 38 modifica la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social para regular, entre otros aspectos, la interoperabilidad con otros registros.
Ello obliga a introducir un nuevo campo en los diseños de registro del modelo 038 denominado "Identificador Registral Único de Sociedad (IRUS)" que permita identificar las inscripciones realizadas en folio electrónico.
Por otro lado, tras la publicación de la orden foral se han ido implementando cambios en las formas de presentación del modelo. En concreto, la Orden Foral 147/2021, de 21 de diciembre, de la consejera de Economía y Hacienda, suprimió la presentación mediante soporte directamente legible por ordenador. En su lugar, estableció la presentación a través del formulario auxiliar M994.
Por todo ello, resulta conveniente derogar la Orden Foral 97/2002 y aprobar una nueva orden foral que actualice el contenido del modelo 038 y sus formas de presentación en los términos expuestos.
El ejercicio de la potestad reglamentaria desarrollada mediante esta orden foral se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, simplicidad y eficiencia, y accesibilidad establecidos en el artículo 129 la Ley Foral 11/2009, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral.
En consecuencia, en uso de la habilitación conferida en el artículo 6 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, ordeno:
Artículo 1. Aprobación del modelo 038.
Se aprueba el modelo 038 "Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos", de formato electrónico, cuyo contenido figura en el anexo.
Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 038.
Están obligados a presentar el modelo 038 los titulares de registros públicos de Navarra que hayan autorizado la inscripción de la constitución, establecimiento, modificación o extinción de entidades que sean sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades.
Artículo 3. Plazo de presentación y contenido del modelo 038.
La presentación del modelo 038 se llevará a cabo durante cada mes natural respecto de las inscripciones autorizadas en el mes inmediato anterior.
Artículo 4. Forma de presentación del modelo 038.
El modelo 038 estará disponible exclusivamente en formato electrónico y se presentará por vía electrónica a través de Internet de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento descritos en los artículos 5 y 6.
Los presentadores deberán tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación electrónica y que se encuentran publicadas en la página web del Gobierno de Navarra, en el apartado correspondiente a la Hacienda Foral de Navarra.
Artículo 5. Condiciones generales para la presentación del modelo 038.
1. La presentación electrónica del modelo 038 estará sujeta a las siguientes condiciones generales:
a) El presentador deberá disponer de número de identificación fiscal (NIF).
b) La presentación electrónica se efectuará de acuerdo con las condiciones generales establecidas en el artículo 2 de la Orden Foral 132/2009, de 3 de julio, del consejero de Economía y Hacienda, regulando los supuestos de presentación obligada por vía telemática o en soporte legible por ordenador de determinadas declaraciones tributarias.
Artículo 6. Procedimiento para la presentación electrónica del modelo 038.
Los procedimientos para la presentación electrónica del modelo 038 serán los siguientes:
A) A través del formulario auxiliar de modelos informativos (994), mediante el siguiente procedimiento:
1.º Acceder al trámite de presentación del formulario auxiliar de modelos informativos (994) de la página web del Gobierno de Navarra, en el apartado correspondiente a la Hacienda Foral de Navarra.
2.º Seleccionar el modelo de la declaración a realizar: M038.
3.º Adjuntar el fichero con la declaración a transmitir.
El contenido de dicho fichero se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en el anexo.
4.º Una vez cumplimentada la declaración, utilizar la opción de enviar. El sistema validará la declaración cuando esta sea correcta. Cuando se detecten errores se comunicarán a través del formulario y no se permitirá presentar la declaración hasta que sean corregidos.
Una vez que la declaración sea correcta, el sistema comunicará el número asignado a la declaración presentada, y la posibilidad de imprimirla para obtener un justificante de la misma.
B) A través del registro general electrónico del Gobierno de Navarra, mediante el siguiente procedimiento:
1.º Acceder al registro general electrónico en la página web del Gobierno de Navarra.
2.º Acceder a "Presentar solicitud".
3.º Cumplimentar la información solicitada en el formulario y adjuntar el fichero con la declaración a transmitir.
El contenido de dicho fichero se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en el anexo.
4.º Una vez cumplimentada la solicitud, utilizar la opción de enviar.
Queda derogada la Orden Foral 97/2002, de 3 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 038 para la relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador.
Disposición Final Única. Entrada en vigor.
Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será de aplicación por primera vez a la declaración informativa correspondiente al mes de octubre de 2024, que se presentará durante el mes de noviembre de 2024.
ANEXO.