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DECRETO FORAL 52/2022, DE 18 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

BON N.º 99 - 23/05/2022



  ANEXO I. Puestos de trabajo de personal docente no universitario


  ANEXO II.


Preámbulo

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, autoriza en su artículo 2, apartado 1, “una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”.

Del análisis de los datos de la plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, y de acuerdo con la tasa de estabilización establecida en el antedicho artículo de la citada Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se extrae un total de 369 plazas estructurales que es preciso consolidar en plantilla que se encuentran desempeñadas por personal con vinculación temporal, y que no están vinculadas a un proyecto concreto, a fin de incluirlas en la oferta de empleo público de 2022 correspondiente a la tasa de estabilización prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

En consecuencia, procede la creación de 369 plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para la consolidación de empleo estructural.

Existe informe de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciocho de mayo de dos mil veintidós, decreto:

Artículo Único. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para la consolidación de empleo estructural.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

Dirección General de Recursos Educativos

Uno. Se crean las plazas de la plantilla orgánica, relacionadas en el anexo I, de puestos de trabajo de personal docente no universitario, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

Dos. Se crean las plazas de la plantilla orgánica, relacionadas en el anexo II, de puestos de trabajo de personal docente no universitario con perfil de lengua extranjera, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

Tres. Las plazas creadas en el anexo I se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias previstas para financiar las plazas estructurales, señaladas en la parte expositiva, del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

Disposición Final Primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO I. Puestos de trabajo de personal docente no universitario

ANEXO I

ANEXO II.

ANEXO II

Vínculo a objeto

Gobierno de Navarra

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