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DECRETO FORAL 89/2019, DE 14 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPRESARIAL Nota de Vigencia

BON N.º 159 - 15/08/2019



Preámbulo

Habiéndose establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El artículo 30.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que cada Departamento se estructura en una o varias Direcciones Generales y en una Secretaría General Técnica, que dependen directamente de la persona titular del mismo. Asimismo, el párrafo 3 de dicho artículo señala que no obstante lo anterior, podrán existir dentro de cada Departamento otros órganos dependientes directamente del Consejero titular del mismo. El artículo 35.2 dispone que los Servicios podrán estar integrados en Direcciones Generales o depender directamente de las personas titulares de los Departamentos.

Por otra parte, el artículo 31.2 de la mencionada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, señala que la creación, modificación, agrupación y supresión de Direcciones Generales, así como la determinación del área o áreas a las que se extenderá la competencia de cada una de ellas, corresponde al Gobierno de Navarra, a propuesta de la persona titular del respectivo Departamento.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de agosto de dos mil diecinueve,

decreto:

Artículo Único. Estructura básica del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Nota de Vigencia.

El Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

a) Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo.

b) Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4.

c) Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo.

d) Secretaría General Técnica.

Disposición Adicional Única. Desconcentración.

1. Se desconcentran en las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica del Departamento, en sus ámbitos respectivos, la titularidad y el ejercicio de las competencias administrativas que, en materia de contratación, se atribuyen al Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial en la normativa vigente.

2. Se desconcentran en la persona titular de la Secretaría General Técnica del Departamento la titularidad y el ejercicio de las competencias administrativas que, en materia de responsabilidad patrimonial, se atribuyen al Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial en la normativa vigente.

3. El Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial podrá dejar sin efecto las desconcentraciones de competencias a las que se refiere la presente disposición adicional mediante orden foral que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

Disposición Transitoria Primera. Subsistencia de normas.

Hasta tanto no se proceda al desarrollo de la estructura orgánica del Departamento a nivel de Servicios y Secciones será de aplicación, en cuanto no se oponga al contenido del presente decreto foral, lo dispuesto en el Decreto Foral 1/2017, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico.

Disposición Transitoria Segunda. Reestructuraciones y estructura orgánica.

1. Las unidades orgánicas del Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa quedan adscritas a la Secretaría General Técnica.

2. La Sección de Gestión Económico Presupuestaria y los Negociados de Gestión Contable y de Gestión Contable de Turismo y Comercio anteriormente adscritos al Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto, quedan adscritos al Servicio de Gestión Económico Presupuestaria.

Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto Foral 51/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Económico, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto foral.

Disposición Final Primera. Habilitaciones.

Se habilita al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y a la Consejera de Economía y Hacienda para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.

Disposición Final Segunda. Vigencia.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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