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ORDEN FORAL 86/2018, DE 14 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE ORDENA LA PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE NAVARRA DEL DOCUMENTO DENOMINADO “PACTO PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA EN NAVARRA”

BON N.º 186 - 25/09/2018



  PACTO PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA EN NAVARRA

  ANEXO. Acuerdo entre las partes firmantes del pacto para modificar la redacción del apartado 2, Comisión de Seguimiento, del Pacto para la mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra


Preámbulo

El denominado “Pacto para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra”, establece en su apartado I.3 “Este pacto se publicará mediante la correspondiente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra”.

De conformidad con lo dispuesto en el citado apartado del documento, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,

ordeno:

1.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra el denominado “Pacto para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra”, que fue formalizado a través de la firma del documento por parte de la Consejera del Departamento de Educación y de los representantes de las organizaciones sindicales LAB, STEE-EILAS, AFAPNA, ANPE, FE-CCOO y UGT, con fecha 24 de agosto de 2018 y que se incorpora como Anexo a la presente Orden Foral.

2.º Notificar la presente Orden Foral a las Organizaciones Sindicales que participaron en la elaboración del denominado “Pacto para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra”, y dar traslado a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación y al Gabinete de la Consejera del Departamento de Educación, a los efectos oportunos.

PACTO PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA EN NAVARRA

PACTO PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA EN NAVARRA

I. Aspectos generales

1. Ámbito de aplicación.

- Ámbito personal.

El presente pacto será de aplicación al personal docente no universitario que presta servicios para el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

- Ámbito temporal.

El pacto tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de agosto de 2022, prorrogándose de forma automática su contenido hasta la suscripción de un nuevo acuerdo. Las medidas recogidas en el presente pacto serán cumplidas en la fecha que indique el apartado o punto correspondiente, o, en su defecto, en el periodo comprendido por el propio pacto.

Todas las medidas propuestas en este pacto están sujetas a la legislación vigente, tanto la normativa estatal como la foral. En caso de que se produzcan mejoras normativas a nivel estatal que puedan afectar al contenido de este pacto, sus posibles repercusiones serán tratadas por la Comisión de Seguimiento y la Mesa Sectorial para la posterior adaptación del pacto presente.

Los sindicatos (o personas que estos designen en su nombre) podrán estar presentes, si lo desean, en las mesa técnicas que el Departamento de Educación ha creado y las que creará a partir de este pacto para diseñar planes o tratar temas concretos, tales como: Plan de Atención a la Diversidad, Plan Estratégico de FP, Plan de renovación metodológico/didáctica, Plan de Coeducación, Programas multilingües, Evaluación, etc.

2. Comisión de Seguimiento.

a) La Comisión de Seguimiento del pacto estará formada por las organizaciones sindicales firmantes de la siguiente manera:

- Presidente/a.

- Vicepresidente/a.

- Secretario/a.

- Vocales (uno por cada sindicato firmante de la Mesa Sectorial en el momento de la firma del pacto).

Su funcionamiento será de una reunión ordinaria por trimestre escolar, pudiendo hacer reuniones extraordinarias si la presidencia o un cuarto de los miembros lo piden por escrito.

Funciones:

- Seguimiento del desarrollo de los contenidos del pacto.

- Supervisión del cumplimiento de todos los apartados presupuestados y aprobados y negociación de plazos y criterios.

- Determinar qué aspectos o temas derivados del pacto que correspondan a Comisión de Seguimiento deben tratarse en Mesa Sectorial para su negociación.

- Elaborar la memoria anual sobre el desarrollo del pacto.

- Cuantas otras funciones le encomiende o delegue la Mesa Sectorial sobre el desarrollo del pacto.

- Educación proporcionará a la Comisión de Seguimiento de forma trimestral información sobre el desarrollo del pacto: bolsas de horas generadas, número de personas que han solicitado los permisos, número y motivos de denegación de los mismos, plazos de sustituciones, número de contratos susceptibles de ampliación de verano,...

Se formarán mesas técnicas para estudiar con mayor profundidad los temas que se considere oportuno, tales como el estudio de la repercusión de la regresión de los recortes en horario lectivo del profesorado o la gestión de las sustituciones del profesorado.

Siempre que se cita a la Comisión de Seguimiento del presente pacto se entiende que es para realizar funciones de seguimiento, interpretación, desarrollo y aplicación de las medidas especificadas en el mismo. En ningún caso la Comisión de Seguimiento podrá acordar la modificación o supresión de las medidas aquí contempladas ni la incorporación de nuevas medidas.

3. Publicación.

Este pacto se publicará mediante la correspondiente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

II. El profesorado

1. Reconocimiento público, protección y promoción de la salud del profesorado.

a) El Departamento de Educación, en colaboración con las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial, pondrá en marcha campañas anuales de promoción de la escuela pública, de la salud laboral y reconocimiento de la labor docente, que darán comienzo en el curso 2018/19

El Departamento de Educación convocará premios con carácter anual para el reconocimiento público de buenas prácticas educativas y docentes para centros y/o profesorado, con efectos para las convocatorias de méritos (concurso de traslados, etc.).

b) Medidas para la protección del profesorado ante los conflictos derivados de su actuación profesional. Se garantizará la protección jurídica efectiva de todo el personal del centro en el ámbito de su actuación profesional.

Así mismo en las instrucciones de comienzo de curso y a través de los Equipos Directivos en el Claustro se informará por escrito acerca del protocolo existente sobre agresiones al profesorado.

El Departamento de Educación se compromete a poner en práctica todas las conclusiones que se han alcanzado en el grupo de trabajo, y que se acuerden en el Comité de Seguridad y Salud Laboral, sobre agresiones externas para dotar al profesorado de protección y defensa, velando en todo momento por su salud en el ámbito laboral. En cualquier caso, en tanto no se definan otras medidas a partir de las conclusiones del grupo de trabajo antes enunciado, el Departamento de Educación garantizará la protección y asistencia jurídica efectiva al profesorado en caso de surgimiento de conflictos en el ejercicio de su competencia profesional.

c) Promoción de la Salud Laboral: el Departamento se compromete a continuar con las revisiones médicas específicas periódicas al conjunto del profesorado, garantizando su realización al profesorado que lo solicite y con especial incidencia en aquellos centros con mayor riesgo, así como a impulsar la formación del profesorado en la prevención de riesgos laborales. Este proceso se llevará a cabo mediante la correspondiente planificación anual a través del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

El Departamento realizará un catálogo para Navarra de enfermedades profesionales docentes y enfermedades estacionales, Igualmente realizará un estudio, valoración y catalogación de los puestos de trabajo que pudieran conllevar la valoración de puesto de riesgo psicosocial, así como seguimiento y estudio estadístico de datos de prevención.

2. Formación del profesorado.

a) Formación continua y para la innovación.

El Departamento de Educación volverá a convocar el Consejo de Formación, que reiniciará sus funciones a partir del curso 2018/19, redefinirá sus funciones y le dotará de capacidad (elaborar, aprobar y evaluar el programa de formación, junto con los representantes del Departamento de Educación).

El Departamento de Educación, en colaboración con el Consejo de Formación, elaborará un programa de formación con dos objetivos fundamentales:

- Atender a las necesidades derivadas de los proyectos estratégicos, planes y líneas prioritarias propuestas por el propio Departamento de Educación para la mejora del sistema educativo.

- Atender a las necesidades de formación emanadas del trabajo de los claustros y los equipos docentes de los propios centros.

- Marcar las líneas pedagógicas estratégicas del Departamento.

Este plan de formación ofertará formación en convivencia, coeducación, atención a la diversidad, renovación pedagógica, tratamiento integrado de las lenguas, prevención de riesgos laborales, nuevas tecnologías, formación lingüística en euskera y en lenguas extranjeras, así como la oferta de formación para el profesorado de Formación Profesional de cara a la implantación de nuevos ciclos formativos, teniendo en cuenta el desarrollo de los ciclos en euskera, y a la necesaria actualización de conocimientos que se requiere en estas enseñanzas.

Con el fin de potenciar los programas de formación continua del profesorado, el Departamento de Educación se compromete a incrementar la partida presupuestaria destinada a tal fin durante todo el período 2018-2021 en un 40%. La principal subida se producirá en 2018 y se destinará a acometer la formación del profesorado, equipos directivos, asesorías docentes, personal de orientación e inspección según los indicadores de los planes estratégicos y líneas prioritarias del departamento elaboradas durante 2017 y 2018.

Igualmente, se producirá un aumento del número de personas asesoras dedicados a Formación del Profesorado. Durante 2018 se ampliarán los espacios destinados al Centro de Apoyo al Profesorado en su actual sede y se estudiará la creación de sedes exclusivas para estos centros.

A partir de 2019 se creará una línea específica para ayudas individuales para la formación del profesorado con una dotación anual inicial de 20.000 euros. Estas ayudas se destinarán prioritariamente para la formación en proyectos de innovación pedagógica en los centros y para la promoción de intercambios con otros centros educativos para conocer el desarrollo de proyectos de innovación educativa.

Se revisará normativa de formación institucional para adaptarla a los casos de los interinos que tengan diferentes contratos en varios centros dentro de un mismo curso académico.

Desde el curso 2018/19 se promoverá el intercambio con otros centros, tanto estatales como internacionales, para intercambio de experiencias de personal asesor y profesorado en temas tales como idiomas, mejoras metodológicas y otros que se consideren de interés educativo con el fin de promover la formación en proyectos de innovación.

b) Licencias por estudios:

b.1) Retribuidas: El Departamento de Educación establecerá la oferta de licencias retribuidas.

La oferta anual de licencias retribuidas, que comenzará en el curso académico 2019/2020, se distribuirá por etapas educativas en el seno de la Comisión de Seguimiento (Infantil/Primaria-ESO y Bach-FP-Idiomas y E. Artísticas).

b.2) No retribuidas: El Departamento de Educación se compromete a estudiar con las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial nuevas fórmulas para la implantación de licencias de estudios no retribuidas a lo largo del curso 2018-2019, trasladando en su caso las propuestas resultantes a la Dirección General de la Función Pública.

c) Año sabático o permiso parcialmente retribuido:

Se establece el derecho al disfrute de un curso escolar sin prestación de servicios con retribución parcial para el personal funcionario docente no universitario dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra:

- La medida abarcará un periodo de cinco cursos consecutivos, en los que durante los cuatro primeros cursos se prestará servicio a jornada completa, percibiendo el 84% de las retribuciones, mientras el quinto se disfrutará del permiso, percibiendo la misma retribución parcial.

- Los requisitos de quienes deseen solicitar estos permisos se determinarán en la primera convocatoria que para el 2018/2019 y con carácter extraordinario se concretará en el seno de la Comisión de Seguimiento y la Mesa Sectorial.

d) Permiso de reparto de empleo:

Permiso sin sueldo con una duración de 6 meses (de agosto a enero o de febrero a julio). Se solicitan para un año en el que se cobra el 50% del sueldo y se mantienen las cotizaciones al 100% por lo que no hay pérdida de cara a la jubilación. Habrá posibilidad de encadenar dos permisos seguidos de forma que se pueda disfrutar del permiso por curso completo y se cobrará el 50% durante 2 años y así lo hará constar en la instancia de la solicitud (Decreto Foral 39/2014, de 14 de mayo, por el que se establecen medidas de reparto del empleo en las administraciones públicas de Navarra).

3. Estabilidad de los equipos docentes y movilidad del profesorado.

El Departamento de Educación, con el objetivo de potenciar la estabilidad del profesorado y previa consulta a las organizaciones sindicales, determinará mediante procedimientos objetivos y con criterios consensuados la plantilla orgánica de los centros docentes aproximándola a la plantilla real por medio de las oportunas convocatorias de provisión de puestos de trabajo y ofertas públicas de empleo.

Igualmente, el Departamento de Educación transformará en vacantes de plantilla orgánica aquellas plazas que hayan venido funcionando durante tres cursos consecutivos. En este análisis, que será negociado con los sindicatos, se tendrán en cuenta las necesidades de las plantillas en función de las últimas sentencias europeas.

El Departamento de Educación no suprimirá de manera forzosa ningún puesto de trabajo ocupado por funcionarios de carrera de los Cuerpos Docentes con carácter definitivo, salvo petición voluntaria del interesado, de acuerdo con el procedimiento que se determine.

El Departamento de Educación se compromete a ofertar las vacantes resultantes en Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria y enseñanzas de Régimen Especial en el primer concurso de traslados de ámbito autonómico. Con carácter previo, en el seno de la Mesa Sectorial se llevará a cabo la catalogación de puestos docentes, que incluirá en todo caso los puestos con perfil singular.

En el seno de la Mesa Sectorial y antes de la finalización del curso escolar 2018/2019, se procederá al estudio de las situaciones de desplazamiento, así como de los procedimientos de provisión, reserva y supresión de vacantes y se determinarán los criterios para catalogar las plazas de especial dificultad o difícil provisión, por criterios objetivos, así como las condiciones específicas de provisión de las mismas, de reconocimiento de su desempeño y su incorporación al concurso de traslados. En este sentido se incluirán nuevos tipos de plazas estables que emanen de la nuevas necesidades de los centros educativos, tales como centros que desarrollen proyectos de innovación educativa, nuevas ofertas de modelos lingüísticos, centros con determinados niveles de M.S.D. y nuevas ofertas de ciclos de FP que conlleven especial dificultad, las de Euskera entre otras.

Adicionalmente, y con el fin de facilitar la movilidad del profesorado a nuevos destinos, durante la vigencia del presente acuerdo, se facilitará al profesorado la adquisición de nuevas especialidades, tanto en el Cuerpo de Maestros como en los Cuerpos de Secundaria, mediante los procedimientos y medidas que se establezcan en las normas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades.

Las convocatorias de provisión de puestos irán seguidas de las oportunas Ofertas Públicas de Empleo, de modo que a la finalización de la vigencia del acuerdo se reduzca significativamente el porcentaje de temporalidad de las plantillas hasta alcanzar el objetivo del 8%. Se realizará una calendarización de la oferta de empleo público y en la medida de lo posible el proceso de oferta de empleo público se realizará en coordinación con el resto de las CCAA, según la propuesta de estabilización realizada por el Ministerio de Educación, aunque sea necesario realizar ajustes durante los primeros años de dicho proceso.

De la misma forma, el Departamento de Educación se compromete a:

- Proceder a la estabilización de la plantilla del Conservatorio Superior y a trasladar a función pública la posibilidad de compatibilizar su trabajo con otras administraciones públicas siempre que no se supere el 100% de la jornada de trabajo y a la redacción de un reglamento propio para los conservatorios.

- Estudiar el establecimiento de medidas que aproximen más las plantillas de funcionamiento a las plantillas orgánicas, de manera que el profesorado tenga un destino definitivo a los pocos años del ingreso en el cuerpo.

- Estudiar durante el curso 2018-2019 medidas de estabilización de los puestos necesarios para el desarrollo de la actividad de los centros hasta que estos sean susceptibles de ser convocados en una OPE.

- Estudiar fórmulas de promoción profesional para sustituir los servicios especiales para la formación y de recuperación de la convocatoria de las comisiones de servicios para la Formación, previa revisión en el seno de la Mesa Sectorial.

4. Horario lectivo del profesorado.

El Departamento comenzará un proceso de recuperación de condiciones relativas al horario lectivo del profesorado. En el caso de que se produzcan mejoras en normativa superior de obligado cumplimiento a nivel estatal, estas se trasladarán de forma inmediata a la normativa navarra.

También se compromete a negociar con las organizaciones sindicales un nuevo decreto foral que regule la jornada y el horario del profesorado para actualizarlo e incluir, entre otras que se considere necesarias, las medidas del presente pacto.

- Desde el curso 2018/19 el profesorado de Educación Infantil y Primaria y asimilados que tenga jornada completa impartirá un máximo de 19,5 horas de docencia directa semanales al alumnado. El resto del horario de cómputo lectivo se dedicará labores de coordinación tutorial en Infantil y Primaria, coordinaciones, convivencia, biblioteca, NNTT (...), y otras tareas, planes y proyectos propuestos por el Departamento de Educación o propios del centro educativo.

- Desde el curso 2019/2020 el profesorado de Educación Secundaria, de Enseñanzas de Régimen Especial y de Formación Profesional que tenga jornada completa tendrá un horario lectivo de docencia directa de 18 horas semanales. Se consideran horas de docencia directa aquellas que hasta la fecha eran computadas como horas lectivas. El resto del horario de cómputo lectivo se dedicará a convivencia, biblioteca, TIC y otras tareas, planes y proyectos propuestos por el Departamento de Educación o propios del centro educativo.

Durante la vigencia del pacto y teniendo como punto de partida la disminución de horas descritas en el párrafo anterior, se analizará una nueva disminución de las horas lectivas que dé respuesta a los parámetros de calidad de la enseñanza.

A lo largo del vigente pacto se implantarán progresivamente las siguientes medidas:

Reducciones de horario lectivo del profesorado:

A lo largo de los años de vigencia del pacto se implantará de manera progresiva una reducción de la jornada lectiva del profesorado mayor de 55 años, sustituyendo la docencia directa por la realización de trabajo personal sin reducción retributiva. El profesorado permanecerá en el centro durante todo el horario, pero el tiempo de reducción se utilizará para el trabajo personal. En este período de implantación las reducciones actuales se mantendrán en tanto en cuanto no entren en vigor las siguientes propuestas.

- Reducción por edad: (en todos los casos de docencia directa):

55 años - 1 sesión (2 en Ed. Infantil). Curso 21/22.

56 años - 2 sesiones (3 en Ed. Infantil). Curso 21/22.

57 años - 3 sesiones (4 en Ed. Infantil). Curso 20/21.

A partir de 58 años - 6 sesiones (Ed. Secundaria y Ed. Infantil y Primaria). Curso 19/20.

Estas horas serán compensadas con las horas asignadas al centro.

Esta reducción se aplicará también al personal de orientación.

Estas personas estarán exentas del cuidado de recreos.

Las reducciones se aplicarán desde inicio de curso a las personas que cumplan los años antes del 31 de diciembre.

Se mantendrán las reducciones para coordinación de planes y programas actuales y se establecerán progresivamente otras reducciones de cómputo lectivo para realizar funciones concretas y definidas que se vayan implantando a lo largo del presente pacto en los centros según el desarrollo de planes, sus características o necesidades. Dentro de las funciones referidas, la coordinación de programas y proyectos tendrá consideración de horario de docencia directa durante los periodos de implantación de los planes o proyectos. Los datos globales dedicados a las siguientes reducciones se proporcionarán en la Comisión de Seguimiento a la finalización de la realización de plantillas de cada curso escolar para su evaluación de cara al siguiente curso.

- Reducciones:

Responsable de convivencia.

Responsable de prevención (en centros pequeños podría ser de zona).

Responsable de coeducación (en centros pequeños podría ser de zona).

Responsable de nuevas tecnologías y comunicación.

Responsable de biblioteca (para proyectos específicos de dinamización).

Responsable de implementación de proyectos de innovación.

Responsable de calidad.

Coordinaciones de ciclo o bloque, 1 sesión y otra sesión adicional para quien ejerza la coordinación.

Coordinación de zona.

2 h responsables redes (solidarias, sostenibles, saludables...).

2 h responsables grupos específicos (teatro, música, artes...).

5. Renovación de plantillas.

El Departamento de Educación se compromete a defender las condiciones de jubilación anticipada del personal docente perteneciente al Régimen de Clases Pasivas y a impulsar iniciativas ante el Gobierno para extender estas condiciones de jubilación al personal docente incluido en el Régimen General de la Seguridad Social o en su defecto realizar las gestiones necesarias para poder aplicar al profesorado la normativa de contrato de relevo. Se comenzará una reducción progresiva del horario lectivo del profesorado mencionado según su edad y que en el curso 2019-20 será de 1/3 de jornada tanto del horario de docencia directa como del de cómputo lectivo (sin obligatoriedad de permanecer en el centro durante ese periodo) que irá progresivamente aumentando durante los cursos siguientes.

En caso de que se produzcan cambios normativos a nivel estatal que extiendan las condiciones de jubilación del personal docente perteneciente al Régimen de Clases Pasivas al personal docente incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, estas condiciones serán adaptadas a dichos cambios.

6. Profesorado itinerante.

El Departamento de Educación destinará, a petición de las personas interesadas, a centros escolares sin itinerancia a las profesoras itinerantes durante el periodo de embarazo mediante informe de la Sección de Prevención de Riesgos Laborales acreditativo de posibles situaciones de riesgo para la salud de la futura madre o de su próximo hijo.

El profesorado que tenga destino en un puesto de trabajo itinerante adscrito a un centro, o en un puesto de trabajo ordinario adscrito a un centro con edificios en distintas localidades, computará como horario lectivo de docencia directa y presencial el dedicado a los desplazamientos entre localidades para atención directa a alumnos y reuniones de obligada asistencia que figuren en su horario personal y/o en la programación general anual del centro, de acuerdo con la siguiente tabla:

- Hasta 30 kilómetros semanales: 1 hora lectiva de docencia directa y 2 horas complementarias.

- Hasta 60 kilómetros semanales: 2 horas lectivas de docencia directa y 1 hora complementaria.

- Hasta 90 kilómetros semanales: 3 horas lectivas de docencia directa.

- Hasta 120 kilómetros semanales: 4 horas lectivas de docencia directa.

- Hasta 150 kilómetros semanales: 5 horas lectivas de docencia directa.

- Hasta 180 kilómetros semanales: 6 horas lectivas de docencia directa.

Las siguientes situaciones serán contempladas únicamente de forma excepcional:

- Hasta 210 kilómetros semanales: 7 horas lectivas de docencia directa.

- Hasta 240 kilómetros semanales: 8 horas lectivas de docencia directa.

- Más de 240 kilómetros semanales: 10 horas lectivas de docencia directa.

En la confección de las plantillas, el Departamento de Educación organizará los horarios de los centros a fin de reducir al mínimo los desplazamientos del profesorado itinerante, tendiendo al agrupamiento de las deducciones horarias.

El profesorado que itinere en la misma localidad entre dos o más centros, o edificios distantes entre sí, tendrá una deducción de una hora lectiva. En caso de que por necesidades horarias de los centros atendidos no sea posible deducir la hora lectiva, se deducirán 2 horas complementarias adicionales.

7. Profesorado contratado.

Medidas a implantar a lo largo del presente pacto:

El Departamento de Educación se compromete a considerar a todos los efectos como jornada completa las necesidades que, en la confección de las plantillas de los centros, resulten de al menos 15 horas lectivas en el profesorado de Educación Secundaria y de Enseñanzas de Régimen Especial así como maestros de la ESO, y de al menos 18 horas lectivas para jornadas correspondientes al Cuerpo de Maestros.

El profesorado que sea contratado para prestar servicios en centros de difícil provisión podrá continuar en dicho puesto durante tres cursos si esta plaza no es ocupada por funcionarios. A este respecto, se reconocerá a efectos de méritos la cobertura por el profesorado contratado de plazas de difícil provisión o desempeño. Estas plazas de difícil provisión y desempeño serán estudiadas y el concepto de difícil provisión será revisado y los criterios que las definen serán consensuados en Mesa Sectorial.

A partir del curso 2018/19, inclusive, se extenderá automáticamente el contrato a los meses de verano al personal interino que haya trabajado un mínimo de cinco meses y medio a lo largo del curso.

El Departamento de Educación solicitará a Función Pública la posibilidad de modificar la forma de realización de los contratos docentes de tal manera que se establezca un contrato único para que la persona que cubra una misma necesidad a lo largo del curso no tenga que renovar el contrato cada vez que la persona sustituida modifica su situación laboral antes de finalizar el curso 2018/2019.

Igualmente, el Departamento de Educación trasladará a la Mesa General de la Administración Pública una propuesta para la mejora de las condiciones laborales del profesorado contratado, especialmente en lo referido al cobro del grado, mejora del finiquito y antigüedad, teniendo en cuenta, respecto a este último aspecto, lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público y las últimas sentencias europeas.

Con el fin de proteger al personal con problemas de salud se procederá a revisar el procedimiento disciplinario-sancionador del personal interino.

8. Sustituciones del profesorado.

Además de lo previsto para sustituciones del profesorado en el pacto anterior (referencia al pacto anterior al documento, que fue firmado el 18 de junio de 2007) desde el curso 2018/19 el Departamento de Educación procederá a aplicar nuevos criterios para realizar de la forma más ágil posible las sustituciones del profesorado de todos los cuerpos y del personal no docente asistencial y todas las bajas programadas con antelación.

Asimismo, y de común acuerdo con los sindicatos de la Mesa Sectorial, se estudiará el modo de agilizar los procedimientos de sustitución y de provisión de puestos de trabajo temporal aplicando el sistema telemático de adjudicación de plazas utilizado en la administración.

El Departamento de Educación y los sindicatos realizarán una revisión de los criterios de sustitución durante el curso 2018/19 para establecer un calendario de mejoras cuyo objetivo final sea la sustitución inmediata y por la totalidad del horario del profesorado, que se alcanzará, como muy tarde, al finalizar la vigencia del pacto.

9. Otros colectivos.

En el ámbito de la Comisión de Seguimiento y la Mesa Sectorial se procederá a revisar las condiciones laborales de otros colectivos (maestros con jornada parcial en la ESO, maestros en Programas de Iniciación Profesional, profesorado de Conservatorios y Enseñanzas Artísticas en general, Educación de Adultos, Educación Especial, Educación Compensatoria, Enseñanzas de Idiomas y Orientación) con el fin de establecer e impulsar medidas para la homologación y mejora de las mismas.

El Departamento se compromete a crear los Departamentos Didácticos de Economía e Informática en los centros de Educación Secundaria a lo largo del presente pacto.

De acuerdo con el Plan Estratégico de Atención a la Diversidad, se coordinará la asistencia de los educadores de los Servicios Sociales de Base desde los centros educativos por medio de grupos de trabajo conjuntos.

Se llevará a cabo un estudio conducente a valorar la posibilidad de la inclusión del ciclo 0-3 dentro de la gestión del Departamento de Educación, en coordinación con el resto de las administraciones implicadas.

III. Centros

1. Autonomía de los centros, calidad e innovación educativa.

El Departamento de Educación asume el compromiso de potenciar la autonomía organizativa y de funcionamiento de los centros.

Durante el curso 2018/19 se negociará un nuevo Reglamento Orgánico de Centros (ROC y ROCI) que pueda entrar en vigor para el inicio del curso 2019/2020 y durante el curso 2019/20 se estudiará, propondrá y negociará un nuevo Reglamento propio para Conservatorio Profesional y Superior de Música.

a) Desarrollo de los programas de calidad:

El Departamento de Educación impulsará la implantación del sistema propio de Gestión de Calidad en los centros, incrementando los recursos personales y materiales destinados a tal efecto. De este modo, hasta el final del periodo de vigencia del pacto se mantendrán las horas destinadas a tal fin en los centros de Educación Secundaria y se extenderán progresivamente al conjunto de centros que así lo soliciten en función del calendario que se determine en la Comisión de Seguimiento.

b) Medidas para favorecer la innovación educativa y mejorar la oferta educativa pública:

Se impulsarán las medidas para favorecer el desarrollo de proyectos de innovación en el ámbito de programas curriculares específicos, gestión y organización de centros, proyectos experimentales en nuevas tecnologías, proyectos de Formación Profesional, programas de aprendizaje y tratamiento integrado de lenguas..., a través de las modalidades que el Departamento determine en las convocatorias respectivas.

El Departamento de Educación se compromete a realizar durante el curso 2018/2019 un estudio de las necesidades de cada centro educativo en cuanto a horario de guardias, mantenimiento de servicios (página web, blog, software educativo, etc.), organización de edificios y turnos, mantenimiento educativo de instalaciones (organización y preparación de aulas, laboratorios, talleres, etc.) para detectar carencias, solucionarlas y proponer mejoras que incidan en la calidad educativa.

2. Jornada, calendario y horario del profesorado.

- Calendario: Será el que con carácter general establezca la legalidad vigente para los funcionarios.

- Jornada: Será la que con carácter general establezca para los funcionarios la legalidad vigente y el desarrollo que para el funcionario docente establezca el Departamento.

- Horario: El horario del profesor de Educación Infantil y Primaria podrá desligarse del horario presencial del alumnado en el centro.

El Departamento de Educación y las organizaciones sindicales negociarán a lo largo del curso 2018/2019 la revisión y actualización del Decreto Foral 255/1998 sobre jornada y horario del profesorado basándose en un estudio de todas las funciones que realiza el profesorado y el requerimiento horario de las mismas.

A lo largo del año 2018 y teniendo en cuenta las evaluaciones de la implantación producida en el curso 2017/18, de acuerdo con las organizaciones sindicales, se elaborará una normativa que permita a los centros de Infantil y Primaria, en ejercicio de su autonomía pedagógica y organizativa, la implantación de una jornada escolar flexible y/o continua, conforme a un proyecto de atención para el alumnado en horario de mañana y tarde (servicios complementarios, actividades extraescolares) que deberá contar con la aprobación de la mayoría cualificada de los padres y madres de alumnos matriculados en el centro, expresada en votación específica, y el acuerdo del Consejo Escolar del centro.

En desarrollo de su autonomía, los centros docentes no universitarios podrán organizar sus sesiones de coordinación y otras tareas propias del centro con la misma flexibilidad, en los tiempos que resulten más adecuados para la organización del centro y sin menoscabo de la debida atención educativa al alumnado y sus familias.

3. Convivencia escolar y Coeducación.

El Departamento dotará a la Asesoría de Convivencia de tres puestos de asesoría, que atenderán también las necesidades derivadas de la implantación de la ley LGTB y estarán formadas específicamente para éstas.

El Departamento promoverá los programas de prevención y lucha contra el acoso escolar entre los centros educativos y el plan Estratégico para desarrollar un itinerario de aprendizaje coeducativo con objetivos y pautas concretas para su directa aplicación en las aulas durante todas las etapas educativas. Igualmente, ofrecerá formación para su implantación.

El Departamento revisará durante el curso 2018/2019 con las organizaciones sindicales de este pacto los protocolos de actuación y mediación en situaciones de conflicto.

El Departamento impulsará, dentro del Servicio de Inspección, la figura del inspector coordinador de convivencia, así como su coordinación con la asesoría de convivencia y el resto de las secciones implicadas dentro del propio Departamento.

El Departamento de Educación realizará campañas anuales de sensibilización para la mejora de la convivencia y prevención del acoso escolar en los centros, que tendrá características similares a las campañas ya realizadas al efecto.

Todas estas medidas serán objeto de seguimiento en la Comisión de Seguimiento del acuerdo.

4. Atención a la diversidad:

a) Ratios máximos en las diferentes etapas educativas:

Las ratios que se presentan en el presente pacto serán revisadas durante su vigencia con el fin de reducirlos progresivamente para llegar a los estándares de calidad de la educación.

- Educación Infantil y Primaria: 25 alumnos/as.

- Educación Secundaria Obligatoria: 30 alumnos/as.

- Bachillerato: 33 alumnos/as.

- Ciclos Formativos de Formación Profesional: 20 alumnos/as.

- FPB: 14 alumnos/as.

- Diversificación/PEMAR: 12 alumnos/as (10 horas en 4.º ESO de Aplicadas) Estos ratios serán flexibles en su aplicación en centros con menor posibilidades de implantación por su número de alumnos o tipo de centro.

- Curso de acceso a Grado Superior de FP: 30.

- PILE: 10 alumnos/as (solo quedan dos) (las horas para ellas se quedaron en los centros).

- FP Especial: 10 alumnos/as (8 si es multinivelar).

- PCAs: 10 alumnos/as.

- UTEs: 5 alumnos/as.

- UCESs: 7 (puede llegar a 9).

En todos los casos se mantendrá el cómputo doble del alumnado con NEE con Adaptación Curricular Significativa (ACS) de dos años, en las mismas condiciones del anterior acuerdo.

Durante el procedimiento habitual de matrícula ordinaria y extraordinaria los desdobles serán automáticos. En las fechas posteriores, en caso de superar estas ratios, se procederá a hacer una propuesta educativa al centro. Si no hubiera acuerdo con el centro, la Comisión de Seguimiento estudiará la posibilidad de desdoble automático del grupo.

b) Alumnado con Necesidades Educativas Especiales.

El Departamento de Educación se compromete a continuar con la inclusión siguiendo los objetivos marcados por el Plan Estratégico.

En el seno de la Comisión de Seguimiento se analizarán las medidas necesarias en cuanto a la dotación y provisión de recursos humanos para garantizar la atención educativa al alumnado con NEE escolarizado. A este respecto el Departamento de Educación se compromete a que el alumnado de Necesidades Educativas Especiales reciba la atención específica correspondiente en todos los cursos.

c) Atención a la diversidad en Educación Infantil.

Los centros que escolaricen al alumnado de Segundo Ciclo de Educación Infantil tendrán la siguiente dotación de profesorado de apoyo especialista en Educación Infantil:

- Con 3 o 4 unidades de educación infantil: ½ profesor si la ratio es entre 18 y 22; 1 profesor si la ratio es superior a 22.

- Con 5 o 6 unidades de infantil: 1 profesor de apoyo si la ratio es entre 18 y 22; 1,5 profesores si la ratio es superior a 22.

- Con 7 a 11 unidades de infantil: 1,5 profesores si la ratio es entre 18 y 20; 2 profesores si la ratio es superior a 20.

- A partir de 12 unidades: 2,5 profesores si la ratio es superior a 18 y 3 profesores si la ratio es superior a 22.

d) Atención a la diversidad en Educación Infantil y Primaria.

Los centros de Educación Infantil y Primaria, con una o más líneas y ratio igual o superior a 18, tendrán 1 profesor de apoyo si tienen entre 10-20% de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (inmigrantes, minorías socioculturalmente desfavorecidas, etc.) 1,5 profesores de apoyo si tienen entre 20-30% de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y 2 profesores de apoyo si tienen más de un 30% de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ver Plan estratégico de atención a la diversidad y criterios enviados a los centros).

Estas horas de apoyo serán cubiertas por profesorado de apoyo educativo y/o de la especialidad que determine el centro en ejercicio de su autonomía pedagógica y organizativa, sin perjudicar al profesorado de Minorías Culturales con destino definitivo que preste sus servicios en el centro.

En todos los casos los apoyos generados en las etapas de Infantil y Primaria estarán sujetos al cumplimiento de un plan específico para su utilización que, en conexión con los planes de Atención a la Diversidad y de Acogida al Alumnado Inmigrante y de Minorías del centro, se recogerá en la Programación General Anual de cada curso para su aprobación y evaluación por parte de la Inspección Educativa.

En los centros en los que se impartan los modelos lingüísticos D y A y/o G, la aplicación de las medidas previstas en los epígrafes c) y d) se realizará considerando separadamente los modelos D y A y/o G.

Mediante la normativa Foral que corresponda se determinarán los centros preferentes o de difícil desempeño, que tendrán una consideración especial a efectos de apoyos, ratios y recursos, incluidos los de intervención social, conforme al desarrollo de planes específicos para la compensación de desigualdades que serán objeto de seguimiento en la comisión paritaria.

e) Educación Secundaria Obligatoria.

A todos los grupos de 1.º, 2.º y 3.º de ESO con ratio entre 16 y 20 alumnos por grupo se les dotará de 4 horas para la atención a la diversidad.

Igualmente a todos los grupos de 1.º, 2.º y 3.º de ESO con ratio superior a 20 alumnos se les dotará de 6 horas para la atención a la diversidad.

Finalmente, se dotará a todos los grupos de 1.º, 2.º y 3.º de ESO con más de 20 alumnos/grupo y/o un porcentaje de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (inmigrantes, minorías socioculturalmente desfavorecidas, etc.) entre el 20 y el 30% de 2 horas más para la atención a la diversidad. Si el porcentaje de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo es superior al 30%, la dotación será de 3 horas por grupo.

f) Programas de inmersión lingüística para alumnado extranjero.

Antes de finalizar el curso 2018-2019 se evaluarán los programas de inmersión lingüística para alumnado extranjero que funcionan actualmente y, en caso necesario, se regulará su acceso y su salida y se adoptarán medidas para favorecer la integración del alumnado participante en su centro.

g) Programas de atención hospitalaria y domiciliaria.

A partir de la firma del pacto se reforzará el programa de apoyo a los alumnos en situación de hospitalización y se estudiará la viabilidad de asumir el profesorado dedicado a la atención domiciliaria con personal docente del Departamento de Educación. Se dotará, en su caso, de los recursos necesarios para desarrollar el programa.

El Departamento de Salud, junto con el Departamento de Educación, continuarán con la implantación progresiva de la Enfermera escolar de zona.

h) Intervención social en Secundaria.

Los Departamentos de Educación, de Derechos sociales y de salud continuarán desarrollando una estrategia de trabajo en red dentro del ámbito educativo que permita dar respuesta las necesidades de una intervención social en los centros educativos potenciando las funciones y competencias del Profesorado Técnico de Formación Profesional de la especialidad de Servicios a la Comunidad.

i) Apoyo en escuelas de ámbito rural y/o de aula multigrado.

Se establecen las siguientes zonas de escuelas rurales:

- Zona 1:

Almandoz.

Amaiur.

Arizkun.

Arraioz.

Azpilkueta.

Erratzu.

Gartzain.

Irurita.

Oronoz.

Lekarotz.

Urdazubi/Zugarramurdi.

Ziga.

- Zona 2:

Beintza-Labaien.

Ituren.

Legasa.

Narbarte.

Sunbilla.

Saldias.

- Zona 3:

Areso.

Betelu.

Goizueta.

Jauntsarats.

Leitza.

- Zona 4:

Arantza.

Bera.

Etxalar.

Igantzi.

Lesaka.

- Zona 5:

Roncal/Erronkari.

- Zona 6:

Ochagavía/Otsagabia.

- Zona 7:

Auritz/Burguete.

Aurizberri/Espinal.

Erro.

Garralda.

Luzaide/Valcarlos.

Urrotz.

Zubiri.

- Zona 8:

Altsasu.

Arbizu.

Etxarri Aranatz.

Irurtzun.

Iturmendi.

Lakuntza.

Olazti/Olazagutía.

Uharte Arakil.

Urdiain.

- Zona 9:

Aibar/Oibar.

Cáseda.

Lumbier.

Monreal.

Sada.

- Zona 10:

Añorbe.

Barasoain.

Beire.

Berbinzana.

Mendigorría/ Mendigorria.

Miranda de Arga.

Obanos.

Pitillas.

Ujue/Uxue.

- Zona 11:

Figarol.

Mélida.

Murillo el Fruto.

Rada.

Santacara.

- Zona 12:

Abárzuza/Abartzuza.

Allo.

Ancín/Antzin.

Arróniz.

Carcar.

Dicastillo/Deikaztelu.

Lezáun/Lezaun.

Sartaguda.

Sesma.

Oteiza.

Villatuerta.

Zudaire/Zudairi.

j) A partir del curso 2019/20 las ratios para la escolarización en estas escuelas rurales serán las siguientes:

Educación Infantil:

- Unidades con los 3 niveles agrupados: máximo 14 alumnos.

- Unidades con dos niveles agrupados (3 y 4 años o 4 y 5 años); 16 alumnos.

Educación Primaria:

- Unidades con alumnado de dos cursos de Primaria: 16 alumnos.

- Unidades con tres cursos de Primaria: 14 alumnos.

- Unidades con 4, 5 cursos de Primaria: máximo 12

- Agrupamientos con 6 niveles de Primaria: máximo de 10

Para Aulas Mixtas inter-etapas:

- Unidades con 2 niveles agrupados de dos etapas diferentes: máximo 14 alumnos y alumnas.

- Unidades con 3 niveles agrupados de dos etapas diferentes: máximo 12 alumnos y alumnas.

- Unidades con 4 niveles agrupados de dos etapas diferentes: máximo 10 alumnos y alumnas.

- Unidades con 5 niveles agrupados de dos etapas diferentes: máximo 10 alumnos y alumnas y profesor/a de apoyo 1/2 jornada.

En todos los casos se mantendrá el cómputo doble del alumnado con NEE con Adaptación Curricular Significativa (ACS) de dos años, en las mismas condiciones del anterior acuerdo.

5. Coordinación horizontal y vertical.

a) Función Directiva.

A partir del curso 2020/21 se dotará de horario adicional al existente para la función directiva de los centros públicos, conforme al Anexo I.

Esta medida se aplicará gradualmente a lo largo de la vigencia del pacto conforme al calendario que emane de la Comisión de Seguimiento y, en todo caso, no después del curso 2020/21.

b) Función tutorial.

En Educación Infantil y Primaria los profesores tutores dedicarán 2 horas semanales de cómputo lectivo a las tareas de tutoría.

Con respecto a la función tutorial en la ESO, el Departamento de Educación mantendrá el cómputo horario actual. Se consideran horas de docencia directa aquellas que hasta la fecha eran computadas como horas lectivas.

En Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Superior y curso de acceso a ciclos superiores, los profesores dedicarán tres horas semanales de cómputo complementario para la atención tutorial.

En los grupos de ESO, Bachillerato y cursos de acceso a grado superior que superen los 25 alumnos se podrán establecer fórmulas de tutoría compartida que, en función de los proyectos presentados por los centros, podrán tener una dotación horaria suplementaria al efecto.

c) Personal administrativo.

Durante la vigencia del pacto el Departamento de Educación dotará a todos los centros de Educación Infantil y Primaria de más de 200 alumnos de un administrativo a media jornada. A los centros con menos de 200 alumnos se les dotará de 10 horas de apoyo administrativo a la semana.

Igualmente se dotará de un administrativo a media jornada con carácter zonal para las escuelas rurales o incompletas.

6. Extensión de la oferta educativa pública.

a) Lenguas extranjeras:

Con el fin de mejorar la oferta formativa en idiomas extranjeros, el Departamento realizará un estudio sobre la demanda de francés para implantarlo. El resultado de dicho estudio se trasladará a la Comisión de Seguimiento y a la Mesa Sectorial.

El Departamento continuará elaborando mejoras metodológicas en los programas y modelos lingüísticos propios de la Comunidad Foral.

Para la implementación de nuevos programas se dotará al profesorado de los medios suficientes y se procurará realizar una previsión de implantación con la antelación suficiente que permita contar con el personal cualificado para impartir dichos programas.

El Departamento elaborará un programa de tratamiento integrado de las lenguas que ofrecerá mejoras metodológicas y de gestión para los procesos de aprendizaje y adquisición de lenguas propias y extranjeras que puedan enriquecer dichos procesos aprovechando las aportaciones de los enfoques metodológicos de cada departamento y prestando especial atención al concepto de transferencias lingüísticas entre los idiomas.

b) Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC):

El Departamento de Educación considera necesaria la continua renovación de los medios relacionados con el impulso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la enseñanza, priorizando la utilización software libre, potenciando su integración curricular, y se compromete a las siguientes acciones durante el periodo de vigencia del pacto (comenzando con la subida de la cantidad presupuestada en 2018), de modo que se incrementen en total al menos en un 60% las partidas destinadas a dicho efecto conforme a los siguientes apartados:

- Renovación de equipamiento:

Todos los espacios docentes comunes, aulas de informática y departamentos didácticos de los centros públicos contarán con un equipamiento actualizado, con un plan de actualización progresiva.

Se dotará a los centros de equipos informáticos de aula para la integración de las TICs en el uso diario en las áreas generales (no específicas TICs) con planes específicos de mejora de los equipamientos y formación del profesorado para la integración de las TIC en las líneas metodológicas prioritarias del Departamento.

- Mantenimiento Técnico:

A lo largo de la vigencia del pacto se establecerán las condiciones para dotar progresivamente a los centros de un servicio técnico de mantenimiento informático dependiente del Dpto. de Educación que dará servicio a los centros por centro o zona.

7. Desarrollo de la Formación Profesional.

El Departamento se compromete a impulsar y potenciar los centros integrados de Formación Profesional.

Asimismo, en el seno de la Comisión de Seguimiento se abordará el estudio del actual mapa de oferta de Formación Profesional y se analizarán las medidas necesarias para ampliar la oferta formativa de la misma en determinadas especialidades y también en euskera.

Para la implementación de nuevos ciclos se dotará al profesorado de horas o medios para la preparación o traducción de materiales y se procurará realizar una previsión de implantación con la antelación suficiente que permita contar con el personal cualificado para impartir dichos ciclos.

De igual modo, y con el fin de promover una mejora de la calidad en esta etapa educativa, se procederá a revisar diversos aspectos del funcionamiento de los centros de Formación Profesional antes de finalizar el curso 2018/2019, como las condiciones de las horas de desdoble en los diferentes ciclos, impulsando la autonomía de los centros en su gestión, la organización y dotaciones de los Departamentos, la oferta formativa específica para esta etapa, o las condiciones peculiares de los nuevos Centros Integrados de formación Profesional.

El Departamento de Educación prestará especial atención a las unidades de Formación Profesional Inicial dotándolas de los recursos necesarios para que cumplan su función de forma adecuada: Revisión del horario del profesorado, sustitución inmediata de bajas, determinación de grupos, etc.

A lo largo de la vigencia del pacto el Departamento de Educación procederá a la renovación de la maquinaria de los centros de FP y se revisarán las dotaciones y se procederá a la sustitución de las que no estén actuales.

Se fomentará la Orientación previa desde la perspectiva de género para evitar el sesgo de género en la elección de ciclos.

Se aumentará la utilización de los centros de FP para la formación a lo largo de la vida de personas empleadas o desempleadas.

8. Desarrollo de las Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Deportivas y Enseñanzas de Adultos.

El Departamento de Educación se compromete a impulsar el desarrollo de estas enseñanzas, así como a la estabilización de sus plantillas, conforme a la nueva regulación de la Ley Orgánica. A tal fin se elaborará un Plan específico que, partiendo del análisis la situación actual de estas enseñanzas establezca los objetivos a conseguir a lo largo de la vigencia del acuerdo. Este Plan será presentado previamente en el ámbito de Comisión de Seguimiento del acuerdo para su información.

En todas estas enseñanzas se irá ofertando progresivamente las enseñanzas en euskera, iniciando la oferta en el curso 2019-20 con el personal que ya está habilitado para ofertarlo.

Se hará un plan de estabilidad de todas las plazas que no puedan ser objeto de OPE y se desarrollará de una normativa propia adaptada a las necesidades específicas de los conservatorios.

9. Modernización de la red pública de centros y mejora de sus dotaciones y recursos.

9.1. Plan director de construcciones escolares y Plan de mejora de las dotaciones:

Durante la vigencia de este pacto, el Departamento de Educación se compromete a construir, ampliar o remodelar las instalaciones escolares necesarias para la consecución de los siguientes objetivos: responder a las nuevas necesidades de escolarización y atender la escolarización de alumnos derivada de la nueva reorganización urbanística. Estos objetivos, relativos a la mejora de las infraestructuras escolares, aseguran su cumplimiento al amparo del Plan Director de Construcciones Escolares.

En el seno de la Comisión de Seguimiento del presente acuerdo se analizarán las necesidades actuales de los centros, y establecer los objetivos y plazos de un Plan de mejora de las dotaciones escolares de los centros públicos.

Además se controlará que las nuevas construcciones sean sostenibles y que se utilicen materiales no tóxicos. Así mismo los espacios deberán ser objeto de análisis desde el punto de vista de género y de la inclusión para garantizar su uso para todas las personas con necesidades especiales.

Se revisarán la zonificaciones con el fin de promover la escolarización en el ámbito cercano para evitar el tiempo que requieren los desplazamientos y las emisiones de gases nocivos y se promoverán proyectos de caminos escolares a pié o en bicicleta.

Por otra parte, el Departamento de Educación hará un estudio sobre la gestión de las cocinas escolares y promoverá su integración como parte de la oferta educativa, ya que ofrece una oportunidad pedagógica y de promoción de la salud de valor inestimable.

9.2. Mantenimiento, equipamiento y gastos de funcionamiento de centros escolares.

a) Modernización de la red pública de centros y mejora de sus dotaciones y recursos.

El Departamento de Educación se compromete a elaborar un plan plurianual con una dotación mínima por curso para atender a las necesidades de construcción, mejora y mantenimiento de centros escolares.

El Departamento de Educación, junto con el profesorado y los equipos directivos, elaborará un estudio con el fin de determinar los parámetros mínimos para lograr unas instalaciones escolares de calidad (metros por alumno, por aula, patio, cubiertos, número de aulas específicas por centro, instalaciones deportivas, espacios para atender a familias, enfermería, espacios para departamentos, salas de reuniones...).

Así mismo se implementarán programas específicos de cuidado del entorno para el alumnado, distribuyendo diferentes responsabilidades de forma integrada en el proyecto curricular del centro en todas las etapas.

b) Equipamiento de los centros:

El Departamento de Educación revisará los centros educativos para garantizar que se ajustan a la normativa vigente de seguridad en instalaciones escolares y prevención de riesgos laborales antes de finalizar el curso 2018/2019.

El Departamento de Educación dotará de equipamiento necesario para su adecuado funcionamiento a los centros escolares públicos y a actualizar y mantener en buen estado de uso los equipamientos escolares de los diferentes niveles educativos mediante la inversión necesaria.

c) Gastos de funcionamiento:

Durante el periodo de vigencia del presente pacto, el Departamento de Educación incrementará las cantidades dedicadas al funcionamiento de los centros escolares, con un incremento inicial del 13% en 2018 y que llegará al 20% al final del período. El Departamento consignará una cantidad suficiente para abonar dietas de gastos complementarios, así como para atender de modo específico las demandas de centros con especiales necesidades derivadas de poseer un tipo de alumnado en situación de falta de recursos económicos.

Asimismo, con el fin de garantizar la homologación y revisión periódica de la maquinaria y equipamiento de los centros de FP, de modo que se ajuste a las condiciones de prevención requeridas legalmente, se establecerá una línea presupuestaria específica cuya cuantía y plazos de ejecución serán objeto de seguimiento en la Comisión. De igual modo se procederá a realizar un estudio específico sobre la dotación de gastos de funcionamiento de los diferentes ciclos formativos.

d) Bibliotecas escolares:

Se promoverá, junto con el Departamento de Cultura y las mejoras en la red y en las dotaciones de equipamiento de TIC en los centros, la utilización de los fondos públicos comunes de libros electrónicos para todos los centros educativos.

Igualmente Se destinarán un total de 200.000 euros, distribuidos de la siguiente forma:

- Educación Primaria:

2019: 50.000 euros.

2020: 50.000 euros.

- Educación Secundaria:

2019: 50.000 euros.

2020: 50.000 euros.

10. Transformación de los IESOS en IES.

Durante el curso 2018-2019, la Comisión de Seguimiento del Pacto elaborará un estudio y propuesta para la transformación progresiva de los actuales IESOs en IES en los centros de mayor número de alumnos/as con el fin de que se haga efectiva con la redacción del nuevo ROC/ROCI.

11. Derechos sindicales.

Se mantienen los derechos sindicales de acuerdo con la legislación vigente y se respetan los pactos sindicales anteriores a esta fecha.

El Departamento de Educación garantizará la preservación de todos los derechos profesionales y laborales y la valoración efectiva de todos los méritos del personal docente que realice labores sindicales con crédito horario en idénticas condiciones a las del puesto de trabajo que realizarían en el caso de no realizar dichas labores sindicales.

El Departamento de Educación se compromete a negociar con las organizaciones sindicales los criterios de utilización de crédito sindical antes de finalizar el primer trimestre del curso 2018/19 y a su revisión anual, así como a revisar los criterios para organizar los servicios mínimos.

Las personas que utilicen crédito sindical tendrán derecho a acogerse a los permisos de reparto de empleo o las licencias parcialmente retribuidas.

Se emitirá el carné de acreditación para las personas que cumplen la función de representación sindical y se les garantizará el acceso a los centros escolares para dejar material o reunirse con el profesorado. Así mismo, se recordará en las instrucciones de inicio de curso, la obligatoriedad de los equipos directivos de permitir a las organizaciones sindicales el acceso a los centros y salas de profesores para facilitar la información a los y las trabajadoras.

Se revisarán los criterios vigentes para organizar los servicios mínimos tanto en caso de huelga como para poder asistir a las asambleas que se convoquen.

ANEXO. Acuerdo entre las partes firmantes del pacto para modificar la redacción del apartado 2, Comisión de Seguimiento, del Pacto para la mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra

ANEXO

Por acuerdo de las partes firmantes, se modifica el apartado 2, Comisión de Seguimiento, del Pacto para la mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra, que queda redactado del siguiente modo:

2. Comisión de Seguimiento.

La Comisión de Seguimiento del pacto estará formada por las organizaciones sindicales firmantes y por representantes del Departamento de Educación, de la siguiente manera:

- Presidente/a.

- Vicepresidente/a.

- Secretario/a.

- Vocales (uno por cada sindicato firmante de la Mesa Sectorial en el momento de la firma del pacto).

Su funcionamiento será de una reunión ordinaria por trimestre escolar, pudiendo hacer reuniones extraordinarias si la presidencia o un cuarto de los miembros lo piden por escrito.

La Comisión no podrá reunirse sin la presencia de la mayoría de sus integrantes, entre los que deberán incluirse en todo caso al Presidente/a y al Secretario/a.

La Comisión adoptará sus decisiones por consenso de todos los presentes en la reunión de que se trate.

Funciones:

- Seguimiento del desarrollo de los contenidos del pacto.

- Supervisión del cumplimiento de todos los apartados presupuestados y aprobados y negociación de plazos y criterios.

- Determinar qué aspectos o temas derivados del pacto que correspondan a Comisión de Seguimiento deben tratarse en Mesa Sectorial para su negociación.

- Elaborar la memoria anual sobre el desarrollo del pacto.

- Cuantas otras funciones le encomiende o delegue la Mesa Sectorial sobre el desarrollo del pacto.

- Educación proporcionará a la Comisión de Seguimiento de forma trimestral información sobre el desarrollo del pacto: bolsas de horas generadas, número de personas que han solicitado los permisos, número y motivos de denegación de los mismos, plazos de sustituciones, número de contratos susceptibles de ampliación de verano, …

Se formarán mesas técnicas para estudiar con mayor profundidad los temas que se considere oportuno, tales como el estudio de la repercusión de la regresión de los recortes en horario lectivo del profesorado o la gestión de las sustituciones del profesorado.

Siempre que se cita a la Comisión de Seguimiento del presente pacto se entiende que es para realizar funciones de seguimiento, interpretación, desarrollo y aplicación de las medidas especificadas en el mismo. En ningún caso la Comisión de Seguimiento podrá acordar la modificación o supresión de las medidas aquí contempladas ni la incorporación de nuevas medidas.

Gobierno de Navarra

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