DECRETO FORAL 197/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE EXTINGUE EL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA NAVARRA DE EMERGENCIAS (ANE)
BON N.º 181 - 10/09/2015
La Agencia Navarra de Emergencias (ANE) se reguló como Organismo Autónomo adscrito a la Dirección General de Interior, aprobándose sus Estatutos por Decreto Foral 12/2009, de 16 de febrero , con la finalidad de gestionar los servicios que corresponden a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a protección civil, atención de emergencias y extinción de incendios y salvamento. Con antelación a su creación los servicios públicos de Protección Civil y Bomberos venían siendo regulados de forma independiente, incluso desde el punto de vista de su adscripción orgánica. La experiencia acumulada en la gestión diferenciada de ambos servicios y la concurrencia de nuevas necesidades planteadas en orden a la atención preventiva y de intervención operativa de las emergencias exigieron abordar nuevos retos organizativos que posibilitasen una mejor respuesta y coordinación de estos recursos dando lugar a la creación de este organismo autónomo. Hoy de nuevo es la experiencia acumulada tras la creación de la Agencia Navarra de Emergencias y hasta nuestros días la que también nos exige abordar otro nuevo cambio organizativo, que busca dar solución a los problemas que, desde entonces hasta ahora, han sido detectados en su gestión. Por ello se procede a la extinción de este organismo autónomo integrándolo en la estructura orgánica de la Dirección General de Interior como unidades orgánicas con categoría de Servicios.
Se busca, en esencia, una estructura más sencilla, consiguiendo una misma dependencia directa de todos los servicios de atención de emergencias de un mismo órgano decisor, de la propia Dirección General de Interior, posibilitando con ello, sin duda alguna, la mejora de la coordinación con el resto de servicios de la Dirección General de Interior, logrando además una evidente reducción de costes al amortizar los órganos directivos de la extinta Agencia de Emergencias de Navarra y la reducción de sus jefaturas.
Con la extinción de la Agencia Navarra de Emergencias y la integración de sus unidades en la Dirección General de Interior, el servicio integral a todos los ciudadanos se verá mejorado, y se posibilitará una más ágil respuesta a las necesidades en materia de emergencia, consiguiendo con ello una mayor eficacia y coordinación.
En este sentido, el apartado 2 del artículo único del Decreto Foral 54/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia dispone que la Agencia Navarra de Emergencias (ANE) se integrará en la estructura de la Dirección General de Interior, encomendando a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia que disponga lo necesario para proceder a la extinción y liquidación del citado organismo autónomo.
El artículo 107 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que la extinción de los organismos públicos se producirá por Decreto Foral del Gobierno de Navarra, a propuesta del titular del Departamento de adscripción, y previo informe de los Departamentos competentes en materia de función pública, organización administrativa y economía.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día nueve de septiembre de dos mil quince, decreto;
Artículo 1. Extinción del organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias (ANE).
Queda extinguido el organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias (ANE), regulado por Decreto Foral 12/2009, de 16 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos .
Artículo 2. Régimen de adscripción del personal.
El personal fijo y temporal del organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias (ANE) pasará a depender orgánicamente del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.
Artículo 3. Bienes, derechos y obligaciones.
1. El conjunto de bienes y derechos resultantes de la extinción continúan vinculados a los mismos fines y funciones, quedando adscritos al Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.
2. El Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia queda subrogado en los derechos y obligaciones del organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias (ANE).
Disposición Transitoria Primera. Subsistencia de unidades.
Quedan subsistentes y conservarán su actual denominación y funciones, hasta que se adopten las medidas de desarrollo del Decreto Foral de estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia , las unidades asimiladas a negociados, adscribiéndose provisionalmente a los órganos de la nueva estructura del referido Departamento de acuerdo con las funciones que venían desempeñando.
Disposición Transitoria Segunda. Atribuciones en materia de personal.
En tanto no se modifique el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero , que delimita las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, el Director General de Interior ostentará las atribuciones otorgadas por el artículo 10.1 del citado Decreto Foral también en relación con el personal que ocupe puestos de trabajo de Oficial, Suboficial, Sargento, Cabo y Bombero y el personal del centro de gestión de emergencias-112.
Disposición Derogatoria Única. Derogaciones normativas.
Queda derogado el Decreto Foral 12/2009, de 16 de febrero, por el que se regula la Agencia Navarra de Emergencias y se aprueban sus Estatutos y cuantas otras disposiciones se opongan a lo regulado en este Decreto Foral.
Disposición Final Única. Entrada en vigor.
1. Este decreto foral entrará en vigor y producirá los efectos que en él se establecen cuando entre en vigor el Decreto Foral que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.
2. No obstante lo anterior, los efectos económicos de la extinción del organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias se producirán el 1 de octubre de 2015.