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DECRETO FORAL 45/2014, DE 28 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS

BON N.º 115 - 13/06/2014



Preámbulo

Diversos Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informan de la necesidad de modificar sus respectivas plantillas orgánicas a fin de ajustarlas a las necesidades reales de los mismos.

Por otro lado, al ser asuntos que se determinan en la plantilla orgánica, se recogen diferentes modificaciones planteadas por los Departamentos afectados sobre los requisitos de acceso a determinadas jefaturas, sobre el grado de dominio de conocimiento del vascuence para el acceso a varias plazas, sobre la promoción restringida del personal de mantenimiento del Departamento de Políticas Sociales encuadrado en el nivel E y sobre la asignación de un complemento de especial riesgo y de prolongación de jornada a sendos puestos de trabajo.

Por último, se introduce una modificación en el Decreto Foral 100/2005, de 27 de julio, por el que se aprueba la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos , con el fin de determinar el complemento de puesto de trabajo que deben percibir los empleados mientras desempeñen una jefatura.

Existe informe favorable del Servicio de Intervención del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiocho de mayo de dos mil catorce,

decreto:

Artículo 1. Amortización y creación de plazas de la plantilla orgánica.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se amortizan las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

Departamento de Economía,

Hacienda, Industria y Empleo

Hacienda Tributaria de Navarra:

- Una vacante de Titulado Superior, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 1165.

Departamento de Educación

Dirección General de Recursos Educativos:

- Una vacante de Auxiliar Sanitario, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 824.

Secretaria General Técnica:

- Una vacante de Auxiliar de Servicios Generales-Conductor, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 35694.

Departamento de Desarrollo Rural,

Medio Ambiente y Administración Local

Dirección General de Agricultura y Ganadería:

- Una vacante de Ingeniero Técnico Agrícola, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 7519;

Dos. Se crean las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

Departamento de Economía,

Hacienda, Industria y Empleo

Hacienda Tributaria de Navarra:

- Una vacante de Gestor e Investigador Auxiliar de Hacienda, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 9768.

Departamento de Educación

Dirección General de Recurso Educativos:

- Una vacante de Conserje, de régimen laboral a tiempo parcial, nivel D, adscrita al Centro Integrado Politécnico ETI de Tudela, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 39023.

- Una vacante de Conserje, de régimen laboral a tiempo parcial, nivel D, adscrita al Centro Integrado Politécnico de Tafalla, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 39024.

Departamento de Desarrollo Rural,

Medio Ambiente y Administración Local

Dirección General de Agricultura y Ganadería:

- Una vacante de Técnico de Grado Medio, con conocimiento de inglés, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 9769.

Artículo 2. Modificación de los requisitos de acceso a determinadas jefaturas.

1. Se modifica el anexo I del Decreto Foral 244/2004, de 28 de junio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado, en el sentido de asignar el nivel B, con el requisito de estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, a la Jefatura del Negociado de Obras Urbanas, plaza número 1412, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local;

2. Se modifica el anexo I del Decreto Foral 111/2005, de 12 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado, en el sentido de asignar el nivel B, con el requisito de haber sido nombrado para un puesto de trabajo de Gestor e Investigador Auxiliar de la Hacienda de Navarra, a la Jefatura del Negociado de Control de Procesos, plaza número 1260, del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra.

3. Se modifica el anexo I del Decreto Foral 111/2005, de 12 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado, en el sentido de asignar el nivel B, con el requisito de estar en posesión del titulo de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, a la Jefatura del Negociado de Infraestructuras Locales, plaza número 4622, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

4. Se modifica el anexo I del Decreto Foral 3/2008, de 4 de febrero, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado, en el sentido de asignar el nivel A o B, sin requisitos específicos, a la Jefatura de la Sección de Información y Educación Ambiental, plaza 5888, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

5. Se modifica el anexo I del Decreto Foral 29/2011, de 4 de abril, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado , en el sentido de asignar el nivel A o B, sin requisitos específicos, a la Jefatura del Negociado de Gestión Económico-Administrativa y Procedimental, plaza número 8645, del organismo autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

Artículo 3. Asignación de grado de dominio de conocimiento del vascuence a dos plazas de los Departamentos de Educación y de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

1. Se asigna el grado de dominio 2 de conocimiento del vascuence a la plaza número 35830 de Conserje, adscrita al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

2. Se asigna el grado de dominio 3 de conocimiento del vascuence a la plaza número 5487 de Auxiliar Administrativo, adscrita al Negociado de Atención al Ciudadano del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Artículo 4. Promoción restringida del personal de mantenimiento del Departamento de Políticas Sociales encuadrado en el nivel E.

1. Se crean, sin consignación presupuestaria, 3 plazas del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento (nivel D) adscritas a la Residencia El Vergel de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas.

2. Las referidas plazas serán efectivas en el momento en que se produzca la toma de posesión en las mismas de los empleados que, reuniendo los requisitos que la convocatoria establezca, realicen y superen las correspondientes pruebas selectivas de carácter restringido, a convocar por el órgano competente con base en lo previsto en el artículo 15.6 del Texto Refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

3. En las pruebas selectivas que se convoquen para la provisión de estas plazas podrá participar el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos encuadrado en el nivel E con el nombramiento de Ayudante de Servicios Técnicos o de Peón Especialista de Mantenimiento. En el momento en el que se produzca la toma de posesión tras el proceso selectivo quedarán automáticamente amortizadas tantas plazas de dichos puestos como el número de aspirantes nombrados para las plazas creadas.

4. El personal incluido en el ámbito de aplicación de esta promoción restringida que no participe en el proceso selectivo, o que participando en el mismo no lo supere, permanecerá en su actual nivel de encuadramiento y puesto de trabajo con la consideración de “a extinguir”.

Artículo 5. Asignación de un complemento de especial riesgo a un puesto de trabajo de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación.

Se asigna un complemento de especial riesgo del 8 por 100 a la plaza 34619 del puesto de trabajo de Conserje, adscrita a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, en tanto en cuanto su titular realice con carácter habitual funciones de conducción de vehículos, según se acredite mediante la oportuna certificación emitida por el órgano competente del referido Departamento.

Artículo 6. Asignación de un complemento de prolongación de jornada a una jefatura del Instituto Navarro de Administración Pública Nota de Vigencia.

Se asigna un complemento de prolongación de jornada del 10 por 100 a la Jefatura del Negociado de Servicios Auxiliares del Instituto Navarro de Administración Pública, en tanto en cuanto su titular continúe realizando con carácter habitual una jornada de trabajo superior a la establecida con carácter general.

Disposición Adicional Única. Modificación del Decreto Foral 100/2005, de 27 de julio, por el que se aprueba la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos Nota de Vigencia.

Se modifica el apartado 4 del artículo 6 del referido Decreto Foral, que queda redactado de la siguiente manera:

“4. Los funcionarios que sean nombrados Jefes de Sección, de Negociado o de Unidades Administrativas asimiladas a las anteriores y que, además de las funciones de la jefatura, continúen realizando las propias de su anterior puesto de trabajo, mantendrán el complemento de puesto de trabajo correspondiente al mismo. En caso contrario, durante el desempeño de la jefatura percibirán el complemento de puesto de trabajo que tengan asignado con carácter general, en función de su nivel de adscripción, las jefaturas de tipo administrativo. En todo caso, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Decreto Foral 318/2004, de 18 de agosto.”

Disposición Transitoria Única. Mantenimiento del actual complemento de puesto de trabajo como situación personal “a extinguir”.

En el supuesto de que alguno de los titulares de puestos de jefatura de Sección, Negociado o Unidades Administrativas asimiladas a las anteriores estén percibiendo en la actualidad un complemento de puesto de trabajo superior al que le corresponde en aplicación de la modificación introducida por la disposición adicional única de este Decreto Foral, se le abonará una compensación personal por la diferencia en tanto se mantenga en el desempeño de la misma.

Disposición Final Primera. Facultades de desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar cuantas disposiciones sean precisas en desarrollo y ejecución del presente Decreto Foral.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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