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DECRETO FORAL 230/1996, DE 3 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN TERRITORIAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE NAVARRA

BON N.º 74 - 19/06/1996



Preámbulo

La Ley 2/1985, de 21 de enero , define el concepto de Protección Civil como un servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las diferentes Administraciones Públicas, así como los ciudadanos, mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria, en situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad, para la protección y socorro de las personas y los bienes.

En desarrollo de dicha Ley se aprobó, por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, la Norma Básica de Protección Civil, en cuyo Capítulo III, apartado 8.2 , se atribuye a cada Comunidad la elaboración y aprobación de los Planes Territoriales y Especiales que no excedan de su ámbito.

La Comisión de Protección Civil de Navarra informó favorablemente, con fecha 24 de enero de 1996, el Plan Territorial de Protección Civil de Navarra que posteriormente fue, asimismo, informado favorablemente por la Comisión Nacional de Protección Civil, en sesión de 22 de febrero de 1996, al contener todos los requisitos que el apartado 4, Capítulo II de la citada Norma Básica establece para los Planes Territoriales.

En su virtud, a propuesta de el Consejero de Presidencia y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día tres de junio de mil novecientos noventa y seis, decreto:

Artículo Único

Se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil de Navarra.

Disposición Final Única

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

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