DECRETO FORAL 45/2002, DE 25 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS ANTE EL RIESGO DE INUNDACIONES DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
BON N.º 53 - 01/05/2002
ANEXO. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIA ANTE EL RIESGO DE INUNDACIONES EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
La Ley 2/1985, de 21 de enero, define el concepto de Protección Civil como un servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las diferentes Administraciones Públicas, así como los ciudadanos, mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria, en situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad, para la protección y socorro de las personas y los bienes.
En desarrollo de dicha Ley se aprobó, por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, la Norma Básica de Protección Civil, en cuyo Capítulo III, apartado 8.2, se atribuye a cada Comunidad Autónoma la elaboración de los Planes Territoriales y Especiales que no excedan de su ámbito territorial. El artículo 6 de la misma norma establece como riesgo objeto de Planes Especiales las inundaciones.
La Comisión de Protección Civil de Navarra informó favorablemente, con fecha 5 de febrero de 2002, el proyecto de el Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Foral de Navarra, que posteriormente fue homologado por la Comisión Nacional de Protección Civil en sesión celebrada el 21 de febrero de 2002, al contener todos los requisitos que el apartado 3.4 de la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, aprobada por Acuerdo de el Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 1994, exige para los Planes Especiales.
En su virtud, a propuesta de el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de febrero de dos mil dos, decreto:
Se aprueba el Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones de la Comunidad Foral de Navarra, cuyo texto se adjunta como Anexo al presente Decreto Foral.
Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.
ANEXO. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIA ANTE EL RIESGO DE INUNDACIONES EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA