ORDEN FORAL 410/2020, DE 23 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES, POR LA QUE SE ESTABLECEN REQUISITOS, CONDICIONES Y RECOMENDACIONES PARA LA RECEPCIÓN DE VISITAS Y SALIDAS DE RESIDENTES EN CENTROS RESIDENCIALES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y CENTROS RESIDENCIALES DE PERSONAS MAYORES
BON N.º 276 - 25/11/2020
ANEXO I. Condiciones y recomendaciones sobre salidas de residentes y visitas de familiares para los centros residenciales de personas con discapacidad
ANEXO II. Condiciones y recomendaciones sobre salidas de residentes y visitas de familiares para los centros residenciales de personas mayores
La situación epidemiológica en Navarra ha mejorado en las últimas semanas, con una reducción de las cifras de incidencia, si bien se siguen manteniendo en valores que obligan a ser prudentes en las estrategias de control.
Dadas las nuevas cifras, se van a articular medidas que permitan a las personas residentes de los centros sociosanitarios, recibir visitas de sus familiares, extremando las actuaciones preventivas para evitar los contagios lo máximo posible.
Por todo ello, y de conformidad con habilitación prevista en la Orden Foral de la Consejera de Salud de 25 de noviembre de 2020,
ordeno:
1.º Autorizar las visitas y salidas en centros residenciales de personas con discapacidad en los términos y condiciones señaladas en el Anexo I.
2.º Autorizar las visitas y salidas en centros residenciales de personas mayores en los términos y condiciones señaladas en el Anexo II.
3.º Notificar la orden foral a los centros de ambos tipos.
4.º Publicar la orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.
ANEXO I. Condiciones y recomendaciones sobre salidas de residentes y visitas de familiares para los centros residenciales de personas con discapacidad
Visitas a las personas residentes.
A partir del próximo 26 de noviembre se permitirán las visitas programadas a las personas usuarias. Con el objeto de reducir el riesgo de contagio asociado al incremento del tránsito de personas dentro de los centros, éstos deberán tomar las medidas oportunas para que dichas visitas puedan realizarse en espacios anexos a los que habitualmente utilizan las personas usuarias, espacios en los que se dispondrán los medios preventivos necesarios. Así mismo, las personas visitantes deberán seguir rigurosamente las normas establecidas, con el fin de preservar la salud de los y las residentes.
En aquellos centros en los que haya un brote activo de COVID-19 y no dispongan de un área totalmente independiente para la atención de las personas afectadas, las personas usuarias no podrán recibir visitas mientras dure dicho brote, exceptuando aquellas que pudieran encontrarse en situación de últimas días, que se llevarán a cabo con las medidas preventivas adecuadas al nivel de riesgo.
Medidas a tomar por parte de los centros residenciales.
1. Espacios.
Se dispondrá de un lugar específico para la realización de las visitas. Este espacio podrá ubicarse:
- En un espacio exterior, con las adaptaciones necesarias para reguardar a las personas usuarias y visitantes de las inclemencias del tiempo (carpas, calefactores...).
- En un espacio interior que se destine exclusivamente para este fin y que pueda estar bien ventilado. Dicho espacio tendrá un acceso independiente del resto del centro. De no ser posible, se establecerán circuitos para la recepción de las visitas, independientes del tránsito habitual de personas usuarias.
La dimensión de estos espacios condicionará el número de visitas que pueda realizarse simultáneamente, asegurando la distancia entre los visitantes y evitando el contacto de personas usuarias con otras diferentes a sus propias familias.
Dichos espacios contarán con cartelería para recordar las medidas preventivas generales (uso de mascarillas, lavado de manos), así como de gel hidroalcohólico para la higiene de manos y papelera.
Después de cada visita se realizará la limpieza del espacio utilizado (mesas, etc.) con virucidas autorizados, asegurando en todo momento una ventilación adecuada. En caso de espacios interiores con ventilación natural, ésta deberá ser cruzada para asegurar la renovación del aire.
También se permitirá a los familiares, salir con la persona usuaria al espacio exterior próximo al centro durante el tiempo que dure la visita, manteniendo en todo momento la distancia física con terceros.
2. Organización.
Todos los centros tendrán un procedimiento para la realización de las visitas.
Los centros definirán el número diario de visitas que permita una adecuada higiene y ventilación de los recintos, número que estará en función del espacio disponible para las mismas y de la capacidad de la residencia, intentando asegurar que cada residente que lo desee pueda recibir una visita semanal.
El centro designará una persona responsable para asegurar el control de las medidas preventivas durante las visitas, que actuará de supervisora.
Las visitas se concertarán previamente mediante cita, habilitando horario de mañana y de tarde.
Sólo se permitirá la visita simultánea de dos personas por cada residente. Si se diera la situación, las personas encamadas, podrán también recibir a su visitante en su habitación, estableciéndose individualmente el circuito de acceso y con las medidas preventivas acordes al nivel de riesgo.
Las visitas tendrán una duración efectiva máxima de 60 minutos.
Se establecerá un sistema de registro de visitas que incluya:
I. Fecha y hora de la visita.
II. Datos identificativos y de localización de los visitantes para facilitar estudio de contactos si fuera necesario.
3. Deberes de los y las familiares y visitantes.
A su llegada, el o la familiar deberá firmar una declaración responsable en la que verifique la ausencia de síntomas compatibles con COVID-19 ni haber estado en contacto estrecho con un caso positivo, así como de su compromiso de cumplimiento de las medidas preventivas durante su visita.
El o la familiar deberá portar una mascarilla FFP 2 y realizará higiene de manos al entrar en el recinto.
Se recomienda que la persona visitante acuda directamente desde su domicilio (se entiende que si acude desde otro lugar hay más riesgo de contagio).
No se permitirá entregar objetos directamente al o a la residente. Estos serán entregados al personal de la residencia para que los desinfecte antes de darlos a las personas usuarias. No se hará entrega de alimentos o similares.
Se recordará el compromiso de cada visitante de informar a la dirección del centro si presentase síntomas compatibles con COVID-19 en los 14 días posteriores a la visita.
4. Medidas a tomar por los y las residentes durante la visita.
Antes de la visita procederá a la higiene de manos.
Si la persona residente ha pasado la COVID-19 llevará una mascarilla quirúrgica durante la visita; si no la ha padecido, se le proporcionará una FFP2 que deberá mantener durante todo el tiempo que dure la misma (siempre que sea posible). Si por las características de la persona residente, no tolerara una mascarilla FFP2, se le proporcionará una quirúrgica IIR.
Se reducirá el contacto físico al imprescindible teniendo en cuenta las características de las personas usuarias.
Al finalizar la visita, y antes de incorporarse a su actividad habitual, se tomarán las medidas higiénicas generales necesarias para reducir el riesgo de contagio (retirada de mascarilla, higiene de manos, cambio de ropa si fuera necesario, etc.).
Salidas de las personas residentes fuera del centro.
En ningún caso se permitirán salidas fuera del centro a las personas con COVID-19 o aquellas en situación de cuarentena por contacto estrecho.
Se permitirán las salidas en las siguientes circunstancias:
- Salidas que tengan como finalidad las consultas médicas (o afines, como podología), la realización de trámites administrativos, actividades laborales o de índole similar. Igualmente, se posibilitarán las salidas en aquellas situaciones de necesidad, como el acompañamiento a familiares o allegados/as en el final de vida de los mismos.
- Se permitirán, así mismo, los paseos terapéuticos, que serán considerados como salidas de bajo riesgo, y que podrán realizarse con los o las profesionales del centro, o con los y las familiares en los periodos habilitados para las visitas (máximo de dos familiares de la misma unidad de convivencia). En dichos paseos no está permitido el uso del vehículo privado, acudir a terrazas del ámbito de hostelería, ni acudir a espacios cerrados públicos o privados.
Todas las salidas deberán realizarse manteniendo las medidas de seguridad exigidas para el conjunto de la población:
- Será obligatorio el uso de mascarilla (salvo que existan condiciones de salud que eximan de esta obligación). Las personas que hayan pasado la COVID-19 podrán salir con una mascarilla quirúrgica. Aquellas que no la hayan padecido, se les proporcionará una FFP2 o un mascarilla quirúrgica IIR en caso de mala tolerancia de las anteriores.
- Se asegurará la higiene de manos antes de la salida y a la entrada de la persona residente al centro.
- Durante dichas salidas solo se establecerá contacto con las personas ajenas a su unidad de convivencia indispensables para el desarrollo de la actividad autorizada. En ningún caso se llevarán a cabo otras actividades fuera de las citadas.
- También se autorizarán salidas grupales, como actividad del propio centro, a espacios exteriores, siempre y cuando se realicen con su grupo de convivencia habitual, en transporte independiente y en las salidas no se entre en contacto con ninguna otra persona.
ANEXO II. Condiciones y recomendaciones sobre salidas de residentes y visitas de familiares para los centros residenciales de personas mayores
Visitas a las personas residentes.
Estarán permitidas en todo momento, independientemente de la situación epidemiológica, las visitas a personas mayores en los siguientes supuestos:
- Situación de final de vida.
- Alivio de descompensación neurocognitiva del residente.
- En aquellas situaciones de grave deterioro de la situación psicoafectiva del residente.
Estos supuestos serán determinados según criterio del personal técnico del centro. En estos casos, las visitas se realizarán siguiendo las medidas de prevención exigidas y con los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, tanto por parte de los familiares como de los residentes.
También estará permitido, independientemente de la situación epidemiológica, el contacto visual y verbal con los familiares desde el perímetro residencial. En este caso será de obligado cumplimiento el respeto de las medidas preventivas establecidas para la población general.
A partir del próximo 26 de noviembre se permitirán las visitas programadas a las personas usuarias. Con el objeto de reducir el riesgo de contagio asociado al incremento del tránsito de personas dentro de los centros, éstos deberán tomar las medidas oportunas para que dichas visitas puedan realizarse en espacios anexos a los que habitualmente utilizan las personas usuarias, espacios en los que se dispondrán los medios preventivos necesarios. Así mismo, las personas visitantes deberán seguir rigurosamente las normas establecidas, con el fin de preservar la salud de los y las residentes.
En aquellos centros en los que haya un brote activo de COVID-19 y no dispongan de un área totalmente independiente para la atención de las personas afectadas, las personas usuarias no podrán recibir visitas mientras dure dicho brote, exceptuando los tres supuestos mencionados inicialmente.
Medidas a tomar por parte de los centros residenciales.
1. Espacios.
Se dispondrá de un lugar específico para la realización de las visitas. Este espacio podrá ubicarse:
- En un espacio exterior, con las adaptaciones necesarias para reguardar a las personas usuarias y visitantes de las inclemencias del tiempo (carpas, calefactores...).
- En un espacio interior que se destine exclusivamente para este fin y que pueda estar bien ventilado. Dicho espacio tendrá un acceso independiente del resto del centro. De no ser posible, se establecerán circuitos para la recepción de las visitas, independientes del tránsito habitual de personas usuarias.
La dimensión de estos espacios condicionará el número de visitas que pueda realizarse simultáneamente, asegurando la distancia entre los visitantes y evitando el contacto de personas usuarias con otras diferentes a sus propias familias.
Dichos espacios contarán con cartelería para recordar las medidas preventivas generales (uso de mascarillas, lavado de manos), así como de gel hidroalcohólico para la higiene de manos y papelera.
Después de cada visita se realizará la limpieza del espacio utilizado (mesas, etc) con virucidas autorizados, asegurando en todo momento una ventilación adecuada. En caso de espacios interiores con ventilación natural, ésta deberá ser cruzada para asegurar la renovación del aire.
2. Organización.
Todos los centros tendrán un procedimiento para la realización de las visitas.
Los centros definirán el número diario de visitas que permita una adecuada higiene y ventilación de los recintos, número que estará en función del espacio disponible para las mismas y de la capacidad de la residencia, intentando asegurar que cada residente que lo desee pueda recibir una visita semanal.
El centro designará una persona responsable para asegurar el control de las medidas preventivas durante las visitas, que actuará de supervisora.
Las visitas se concertarán previamente mediante cita, habilitando horario de mañana y de tarde.
Sólo se permitirá la visita de un o una familiar o allegado o allegada en cada visita. Excepcionalmente se permitirá la visita de 2 familiares simultáneamente, como en la situación de últimos días, en cuyo caso dichas visitas podrán realizarse en la propia habitación de la persona usuaria. Las personas encamadas, podrán también recibir a su visitante (uno/a) en su habitación, estableciéndose individualmente el circuito de acceso y con las medidas preventivas acordes al nivel de riesgo.
Las visitas tendrán una duración de 30 minutos.
Se establecerá un sistema de registro de visitas que incluya:
I. Fecha y hora de la visita.
II. Datos identificativos y de localización de los visitantes para facilitar estudio de contactos si fuera necesario.
3. Deberes de los familiares y visitantes.
A su llegada, el familiar deberá firmar una declaración responsable en la que verifique la ausencia de síntomas compatibles con COVID-19 y no haber estado en contacto estrecho con un caso positivo, así como de su compromiso de cumplimiento de las medidas preventivas durante su visita.
El familiar deberá portar una mascarilla FFP 2 y realizará higiene de manos al entrar en el recinto.
Se recomienda que la persona visitante acuda directamente desde su domicilio (se entiende que si acude desde otro lugar hay más riesgo de contagio).
No se permitirá entregar objetos directamente al o a la residente. Estos serán entregados al personal de la residencia para que los desinfecte antes de darlos a las personas usuarias. No se hará entrega de alimentos o similares.
Se recordará el compromiso del o de la visitante de informar a la dirección del centro si presentase síntomas compatibles con COVID-19 en los 14 días posteriores a la visita.
4. Medidas a tomar por los y las residentes durante la visita.
Antes de la visita procederá a la higiene de manos.
Si la persona residente ha pasado la COVID-19 llevará una mascarilla quirúrgica durante la visita; si no la ha padecido, se le proporcionará una FFP2 que deberá mantener durante todo el tiempo que dure la misma (si es posible). Si por las características de la persona residente, no tolerara una mascarilla FFP2, se le proporcionará una quirúrgica IIR.
Se permitirá el contacto físico a través de las manos (estrechar las manos entre el residente y el familiar) siempre que se haya procedido previamente a la limpieza de las mismas con hidrogel.
Al finalizar la visita, y antes de incorporarse a su actividad habitual, se retirará la mascarilla y volverá a realizar higiene de manos mediante gel hidroalcohólico.
Salidas de las personas residentes fuera del centro.
En ningún caso se permitirán salidas fuera del centro a las personas con COVID-19 o aquellas en situación de cuarentena por contacto estrecho.
En estos momentos, solo están permitidas las salidas que tengan como finalidad las consultas médicas (o afines, como podología), la realización de trámites administrativos, actividades laborales o de índole similar. Igualmente, se posibilitarán las salidas en aquellas situaciones de necesidad como el acompañamiento a familiares o allegados en el final de vida de los mismos.
Si las residencias cuentan con “espacios seguros”, las personas residentes podrán salir a pasear a estos espacios, solas o acompañadas por personal del centro, y en los horarios en los que dichos espacios estén habilitados como tales.
Todas las salidas deberán realizarse manteniendo las medidas de seguridad exigidas para el conjunto de la población:
- Será obligatorio el uso de mascarilla (salvo que existan condiciones de salud que eximan de esta obligación). Se aconseja el uso de mascarillas quirúrgicas tipo IIR para las salidas de las personas residentes.
- Se asegurará la higiene de manos antes de la salida y a la entrada de la persona residente al centro.
- Durante dichas salidas solo se establecerá contacto con las personas ajenas a su unidad de convivencia indispensables para el desarrollo de la actividad autorizada. En ningún caso se llevarán a cabo otras actividades fuera de las citadas.