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RESOLUCIÓN 2701/2005, DE 16 DE JUNIO, DEL DIRECTOR-GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE BIENESTAR SOCIAL, POR LA QUE SE ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER TÉCNICO DEL PROGRAMA SOCIAL DE ATENCIÓN A PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE

BON N.º 93 - 05/08/2005



Preámbulo

La Direccion General de Bienestar Social ha elaborado un Programa Social de Atención a Personas con Trastorno Mental Grave que contiene actuaciones a desarrollar por diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, correspondiendo parte de ellos al Instituto Navarro de Bienestar Social.

Dada la necesidad de implantar lo antes posible dicho Programa, razones de eficacia aconsejan que se encomiende la realización de determinadas actividades a la Dirección General de Bienestar Social, que en estos momentos puede hacerse cargo de las mismas.

El artículo 39 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra , regula la encomienda de gestión entre órganos de un Departamento y organismos autónomos adscritos al mismo, precisando de la autorización del Consejero correspondiente.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 20/2004, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social , resuelvo;

Primero

Encomendar a la Dirección General de Bienestar Social las siguientes actividades de carácter técnico del Programa Social de Atención a Personas con Trastorno Mental Grave:

a) La elaboración de los pliegos de cláusulas técnicas y cláusulas administrativas que han de regir la contratación de la prestación de un servicio de Centro de Rehabilitación Psicosocial para Personas con Trastorno Mental Grave en Tudela, Pamplona, Elizondo y Estella y de un servicio de residencia, en la modalidad de piso supervisado en Tudela, así como la elaboración de la propuesta de resolución e informe jurídico al respecto.

b) La elaboración de los pliegos de cláusulas técnicas y cláusulas administrativas que han de regir la contratación de sendos equipos de intervención sociocomunitaria, en Pamplona y Tudela, así como la elaboración de la propuesta de resolución e informe jurídico al respecto.

Segundo

Las unidades técnicas correspondientes, una vez realizadas las actuaciones objeto de la encomienda, presentarán éstas a la Subdirección de Atención a las Dependencias del Instituto Navarro de Bienestar Social, quien realizará las actuaciones oportunas para el inicio del correspondiente expediente de contratación.

Tercero

El Instituto Navarro de Bienestar Social prestará la colaboración técnica necesaria para la efectividad de la encomienda.

Cuarto

La encomienda tendrá la duración necesaria para llevar a cabo dichas actividades no pudiendo exceder en ningún caso de cuatro meses.

Quinto

La encomienda se regirá por lo dispuesto en el artículo 39, apartados 1, 2 y 5 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra .

Sexto

Notificar esta Resolución a la Dirección General de Bienestar Social, a la Secretaría General Técnica de el Departamento y a las Subdirecciones de Atención a las Dependencias, de Gestión y de Recursos Humanos y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Bienestar Social y publicarla en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

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