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ORDEN FORAL 34/2010, DE 12 DE MAYO, DE LA CONSEJERA DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, POR LA QUE SE APRUEBA EL CATÁLOGO DE CARRETERAS DE NAVARRA Y EL MAPA OFICIAL DE CARRETERAS DE NAVARRA Nota de Vigencia

BON N.º 77 - 25/06/2010



  ANEXO. CATÁLOGO DE CARRETERAS DE NAVARRA


Preámbulo

Mediante Orden Foral 67/2009, de 3 de julio, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se aprobó el Catálogo de Carreteras de Navarra . Con posterioridad se han producido una serie de modificaciones en la Red de Carreteras de Navarra como consecuencia de la entrada en servicio de diversas obras que estaban en ejecución.

El artículo 4.4 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, establece que el Catálogo de Carreteras de Navarra se actualizará, como mínimo, anualmente, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y a la edición del mapa oficial de carreteras correspondiente. Por su parte, el artículo 69.5 de la citada Ley Foral dispone que el listado de las travesías de la Red de Carreteras se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, conjuntamente con el Catálogo de Carreteras.

El Servicio de Conservación ha procedido a la actualización del Catalogo de Carreteras de Navarra y el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas ha elaborado el correspondiente mapa oficial de carreteras de Navarra.

En fecha de 26 de enero de 2010, se comunica a los ayuntamientos afectados las modificaciones en el listado de travesías respecto al último aprobado, en cumplimiento de lo estipulado en el articulo 69.4 de la Ley Foral 5/2007, 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

Transcurrido el plazo de 15 días establecido, se ha recibido la siguiente alegación:

Alegación:

El Ayuntamiento de Arróniz expone que el tramo de carretera de la NA-7400 debería desaparecer del listado al tratarse de una vía de titularidad municipal según dispone la Cláusula 8 del Convenio firmado con el Departamento de Obras Públicas, Transporte y Comunicaciones el 14 de junio de 2007.

Contestación:

La desafección de la travesía y su cesión al Ayuntamiento se producirá mediante resolución del Director General de Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda. Hasta que dicha resolución no se produzca la travesía de la carretera NA-7400 pertenece a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y debe figurar en el listado de travesías.

Se desestima la alegación.

En fecha 8 de abril de 2010 se comunica a los Ayuntamientos de Murieta y Enériz los límites modificados de las distintas travesías de dichos municipios, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 69.4 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

Transcurrido el plazo de 15 días establecidos, se ha recibido la siguiente alegación:

Alegación:

El Ayuntamiento de Enériz expone que el tramo de travesía en la carretera NA-8105 debería tener su inicio en el p.k. 0+000 y el final en el p.k. 1+460.

Contestación:

Los límites de la travesía de la carretera NA-8105 tendrán su inicio en el límite del término municipal de Enériz cuyo punto kilométrico es el 0+070 y su final en el punto kilométrico 1+460, lugares donde se colocarán los carteles de entrada y salida de población.

En consecuencia, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.3 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, ordeno:

Primero

Aprobar el Catálogo de Carreteras de Navarra, que se adjunta como Anexo a esta Orden Foral, y el mapa oficial de carreteras de Navarra.

Segundo

Dejar sin efecto la Orden Foral 67/2009, de 3 de julio, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones .

Tercero

Notificar esta Orden Foral al Servicio de Conservación, al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas y a los Ayuntamientos de Arróniz y Eneriz, señalándose que la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cuarto

Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO. CATÁLOGO DE CARRETERAS DE NAVARRA

ANEXO

Vínculo a objeto

Gobierno de Navarra

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