RESOLUCIÓN 106/2017, DE 20 DE JULIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE LAS INSTALACIONES PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y ASCENSORES
BON N.º 176 - 12/09/2017
La Orden Foral 60/2015, de 5 de marzo, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo (Boletín Oficial de Navarra número 54, de 20 de marzo de 2015), regula el procedimiento que deben seguir los diferentes agentes y los titulares de las instalaciones sujetas al cumplimiento de normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para acreditar el cumplimiento de las condiciones de seguridad de las mismas.
La Disposición Transitoria Primera de la Orden Foral 60/2015 establece que la tramitación electrónica de los procedimientos regulados es obligatoria para las instalaciones de baja tensión, térmicas y frigoríficas, y precisa que, mediante Resolución del Director General competente en materia de industria, se extenderá esta obligación a las restantes instalaciones, conforme se habiliten los procedimientos telemáticos.
En aplicación de las disposiciones reglamentarias citadas y, una vez habilitados los procedimientos telemáticos para el registro de ascensores y de instalaciones de protección contra incendios, procede aplicar la Disposición Transitoria Primera.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
resuelvo:
1. Establecer, para las instalaciones de protección contra incendios y para ascensores, la obligatoriedad de la tramitación electrónica de los procedimientos regulados en la Orden Foral 60/2015, de 5 de marzo, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se regula el procedimiento que deben seguir los diferentes agentes y los titulares de las instalaciones sujetas al cumplimiento de normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para acreditar el cumplimiento de las condiciones de seguridad de las mismas,
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.