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ORDEN FORAL 43E/2024, DE 21 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE VIVIENDA, JUVENTUD Y POLÍTICAS MIGRATORIAS, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA DEL DEPARTAMENTO A NIVEL DE NEGOCIADOS

BON N.º 76 - 16/04/2024



  CAPÍTULO I. Objeto y estructura general


  CAPÍTULO II. Dirección General de Vivienda


  CAPÍTULO III. Dirección General de Políticas Migratorias


Preámbulo

Mediante decreto foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y mediante Decreto Foral 66/2023, de 30 de agosto, se estableció la estructura básica del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.

A su vez, mediante Decreto Foral 241/2023, de 15 de noviembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, en el cual se regula la estructura hasta el nivel de Sección.

Dichos decretos forales exigen adaptar la estructura de Negociados y unidades inferiores a la Sección a los mismos.

La Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en su artículo 34.4, establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante orden foral de la persona titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, ordeno:

CAPÍTULO I. Objeto y estructura general

Artículo 1. Objeto.

La presente orden foral tiene por objeto el desarrollo de la estructura del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias a nivel de negociados.

Artículo 2. Estructura de la Dirección General de Vivienda.

La Dirección General de Vivienda se estructura en los siguientes negociados:

- Negociado de Asistencia Administrativa, adscrito a dicha Dirección General.

- Negociado de Vivienda Protegida, adscrito a la Sección de Edificación.

- Negociado de Tramitación de Expedientes de Rehabilitación, adscrito a la Sección de Rehabilitación Residencial.

- Negociado de Financiación de Viviendas, adscrito a la Sección de Ayudas y Planificación.

- Negociado de Arrendamiento Protegido, adscrito a la Sección de Ayudas y Planificación.

Artículo 3. Estructura de la Dirección General de Políticas Migratorias.

La Dirección General de Políticas Migratorias se estructura en:

- Negociado de Proyectos Europeos y Cooperación, adscrito a dicha Dirección General.

CAPÍTULO II. Dirección General de Vivienda

Artículo 4. Negociado de Asistencia Administrativa.

El Negociado de Asistencia Administrativa se adscribe a la Dirección General de Vivienda y ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación, impulso y control de la actividad administrativa de la Dirección General de Vivienda.

b) Coordinación de la información y comunicación con el resto de unidades orgánicas del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.

c) Organización, mantenimiento e inventario de base de datos de relaciones institucionales y con actores del sector de vivienda liderados por la Dirección General de Vivienda.

d) Referente TIC de la Dirección General de Vivienda.

e) Seguimiento de las cuentas de anticipos de fondos librados a justificar.

f) Seguimiento de los expedientes de modificación presupuestaria.

g) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 5. Negociado de Vivienda Protegida.

El Negociado de Vivienda Protegida se adscribe a la Sección de Edificación y ejercerá las siguientes funciones:

a) Informar los expedientes de calificación de vivienda protegida, en régimen de compraventa, adjudicación, arrendamiento o uso propio.

b) Propuesta de concesión de subvenciones a promotores de viviendas protegidas en régimen de arrendamiento.

c) Propuesta de concesión de subvenciones a promotores de viviendas protegidas en régimen de uso propio.

d) Estudio de la normativa comparada en materia de edificación.

e) Colaboración con la carga e implementación de la información relativa al Censo de Vivienda.

f) Apoyo técnico en los expedientes de protección de la legalidad en materia de vivienda protegida.

g) Asesoramiento a otros organismos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, organismos públicos y entidades locales en las materias relacionadas con la promoción de vivienda protegida.

h) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 6. Negociado de Tramitación de Expedientes de Rehabilitación.

El Negociado de Tramitación de Expedientes de Rehabilitación se adscribe a la Sección de Rehabilitación Residencial y ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación de la recepción, tramitación y gestión de expedientes y traslado de comunicaciones en materia de rehabilitación de viviendas y edificios.

b) Tramitación de las subvenciones aplicables a los expedientes de rehabilitación protegida de viviendas o asimilables.

c) Organización de la atención de consultas verbales y escritas en materia de rehabilitación protegida.

d) Tramitación de las declaraciones de áreas de rehabilitación preferente.

e) Asesoramiento y apoyo técnicos a las oficinas de rehabilitación.

f) Gestión, depuración y carga de datos de expedientes de rehabilitación protegida financiados con fondos estatales o europeos.

g) Planificación de las necesidades técnicas y presupuestarias de la rehabilitación protegida en la Comunidad Foral de Navarra.

h) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 7. Negociado de Financiación de Viviendas.

El Negociado de Financiación de Viviendas se adscribe a la Sección de Ayudas y Planificación y ejercerá las siguientes funciones:

a) Autorización de firma de los contratos de adquisición de vivienda protegida.

b) Visado administrativo de los contratos de adquisición de vivienda protegida.

c) Propuesta de concesión y pago de las subvenciones personales aplicables a los expedientes de vivienda protegida, vivienda usada, o asimilables.

d) Tramitación del pago de subvenciones a promotores de viviendas protegidas en régimen de arrendamiento.

e) Tramitación de expedientes de subsidiación de préstamos aplicables a actuaciones protegibles en materia de vivienda, así como de los procesos de reconocimiento y conformación de préstamos, seguimiento y estadística de los mismos como consecuencia de su formalización con entidades financieras.

f) Tramitación de expedientes de contenido económico o administrativo relativos a transmisiones de viviendas y liquidación de afianzamientos.

g) Administración y control de las viviendas propiedad del Gobierno de Navarra adscritas a la Dirección General de Vivienda para los fines de su competencia.

h) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 8. Negociado de Arrendamiento Protegido.

El Negociado de Arrendamiento Protegido se adscribe a la Sección de Ayudas y Planificación y ejercerá las siguientes funciones:

a) Informe y propuesta en los expedientes de abono de subvenciones por arrendamiento protegido.

b) Tramitación de subvenciones a arrendatarios de viviendas protegidas o que gocen de ayudas a los inquilinos.

c) Visado de contratos de arrendamiento protegido.

d) Información a la ciudadanía de los derechos y obligaciones inherentes al arrendamiento protegido.

e) Asesoramiento y apoyo administrativo a las empresas arrendadoras de viviendas protegidas.

f) Gestión de los expedientes del derecho subjetivo a la vivienda.

g) Ejecución de los procesos de participación de la ciudadanía en el diseño y ejecución de las políticas públicas en materia de arrendamiento protegido.

h) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

CAPÍTULO III. Dirección General de Políticas Migratorias

Artículo 9. Negociado de Proyectos Europeos y Cooperación.

El Negociado de Proyectos Europeos y Cooperación, adscrito a la Dirección General de Políticas Migratorias, ejercerá las siguientes funciones:

a) Seguimiento de las políticas y programas comunitarios relacionados con la Dirección General de Políticas Migratorias.

b) Relación y seguimiento de las estructuras europeas donde participe el Gobierno de Navarra en el ámbito de las migraciones, el asilo o refugio, la convivencia intercultural y la lucha contra el racismo.

c) Relación con la Oficina Permanente de Navarra ante la Unión Europea y con el Servicio de Acción Europea, Cooperación Interregional y Ciudadanía Exterior de Gobierno de Navarra.

d) Identificación de líneas prioritarias en temas de interés, y oportunidades de proyectos para las materias de la Dirección General de Políticas Migratorias.

e) Definición, preparación de propuestas y dinamización de proyectos para la captación de recursos en las áreas estratégicas de la Dirección General de Políticas Migratorias.

f) Gestión de recursos públicos para la financiación de proyectos promovidos por la Dirección General de Políticas Migratorias.

g) Realización del seguimiento y control de proyectos europeos en los que participe la Dirección General de Políticas Migratorias.

h) Participación y seguimiento de redes nacionales e internacionales en las materias de interés y actividad de la Dirección General de Políticas Migratorias.

Disposición Adicional Primera. Supresión de negociados.

Se suprimen los siguientes negociados:

- Negociado de Tramitación de Expedientes en Materia de Edificación.

- Negociado de Rehabilitación, Renovación y Regeneración Urbanas.

Disposición Adicional Segunda. Creación de Negociados.

Se crean los siguientes Negociados:

- Negociado de Asistencia Administrativa.

- Negociado de Vivienda Protegida.

- Negociado de Tramitación de Expedientes de Rehabilitación.

Disposición Adicional Tercera. Nombramientos.

Se confirman o consolidan, en las mismas condiciones que se produjeron, los nombramientos de las jefaturas de negociado de aquellos Negociados que, existentes en la estructura orgánica del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, mantienen su denominación en la estructura de Negociados establecida en esta orden foral y además el de la jefa del Negociado de Tramitación de Expedientes en Materia de Edificación, que pasará a desempeñar el puesto de jefa del Negociado de Tramitación de Expedientes de Rehabilitación.

Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden foral y, concretamente:

- El artículo 3 y el capítulo III de la Orden Foral 16/2020, de 29 de junio, del consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se desarrolla la estructura orgánica de dicho Departamento a nivel de Negociados, así como cualquier otra disposición de dicha norma que se oponga a lo dispuesto en esta orden foral.

- El artículo 2 y capítulo II de la Orden Foral 5/2020, de 6 de marzo, del consejero de Políticas Migratorias y Justicia por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia a nivel de Negociados, así como cualquier otra disposición de dicha norma que se oponga a lo dispuesto en esta orden foral.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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