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ORDEN FORAL 86/2022, DE 17 DE NOVIEMBRE, DEL CONSEJERO DE COHESIÓN TERRITORIAL, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE COHESIÓN TERRITORIAL A NIVEL DE NEGOCIADOS

BON N.º 257 - 22/12/2022



  CAPÍTULO I. Dirección General de Administración Local y Despoblación

  Sección 1.ª. Servicio de Infraestructuras Locales

  Sección 2.ª. Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales


  CAPÍTULO II. Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras Nota de Vigencia

  Sección 1.ª. Servicio de Proyectos y Obras

  Sección 3.ª. Servicio de Conservación


  CAPÍTULO III. Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible

  Sección 1.ª. Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes

  Sección 2.ª. Servicio de Inspección, Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad


  CAPÍTULO IV. Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto Nota de Vigencia


  CAPÍTULO V. Secretaría General Técnica Nota de Vigencia


  CAPÍTULO VI. Dirección General de Ordenación del Territorio Nota de Vigencia


Preámbulo

Por Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial en la que se recogen las Direcciones Generales, Servicios y Secciones que se integran en la misma.

Por parte de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras se propone la adecuación a lo dispuesto en el citado Decreto Foral de su estructura orgánica a nivel de Negociados. Asimismo, la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible propone la modificación de su estructura orgánica a este nivel. Dada la existencia de varias Órdenes Forales que regulan, de forma parcial, la estructura orgánica del Departamento a nivel de Negociados, se estima oportuno integrar en un sólo texto normativo la citada estructura orgánica.

En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

ordeno:

CAPÍTULO I. Dirección General de Administración Local y Despoblación

Sección 1.ª. Servicio de Infraestructuras Locales

Artículo 1. Estructura y adscripción de Negociados.

Las Secciones del Servicio de Infraestructuras Locales se estructuran en los siguientes Negociados:

a) Sección de Obras e Infraestructuras Locales:

- Negociado de Infraestructuras Locales.

b) Sección de Planificación, Estudios y Ciclo Integral del Agua:

- Negociado de Control de Planes Directores.

Artículo 2. Negociado de Infraestructuras Locales.

El Negociado de Infraestructuras Locales ejercerá las siguientes funciones:

a) Estudio y seguimiento de los expedientes relacionados con los distintos Planes de Inversiones elaborados por la Dirección General.

b) Colaboración con la Jefatura de Sección a la que se encuentra adscrito en la elaboración, priorización y gestión de los nuevos Planes de Inversión Local.

c) Análisis técnico y de calidad de las obras existentes en los Planes de Inversiones elaborados por la Dirección General.

d) Incorporación de la tecnología GIS a la gestión y mecanización de los expedientes.

e) Asesoramiento técnico a las Entidades Locales en materia de infraestructuras locales vinculadas a los programas propuestos por la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

f) Elaboración de informes y propuestas técnico-administrativas.

g) Gestión técnica, asesoramiento en la valoración y control de las ayudas introducidas a través de trasferencias de capital, así como de las convocatorias de subvenciones en materia de infraestructuras locales.

h) Colaboración con otras unidades de la Dirección General en la gestión y control de obras y reparaciones ordinarias en edificios adscritos.

i) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 3. Negociado de Control de Planes Directores.

El Negociado de Control de Planes Directores ejercerá las siguientes funciones:

a) La organización, coordinación y ejecución de inspecciones y controles necesarios para la tramitación de los expedientes de obras relacionados con el Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano y resto de Planes Directores.

b) Obtención, elaboración y coordinación de las estadísticas e indicadores de seguimiento del Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano.

c) Coordinación, en colaboración con la jefatura de Sección, del Comité de Coordinación y Grupos de Trabajo del Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano.

d) Gestión y mantenimiento de SIAB, Sistema de Información del Plan Director de Abastecimiento en Alta.

e) Coordinación del SIAB con otros SIGs de las entidades locales competentes.

f) Elaboración de propuestas de actualización o de realización de nuevos estudios necesarios para conformar los Planes Directores.

g) Colaboración con la Jefatura de Sección a la que se encuentra adscrito y resto de Departamentos competentes en la elaboración de los Planes Directores.

h) Asesoramiento técnico a las Entidades Locales en relación a inversiones de Planes Directores.

i) Elaboración de informes y propuestas técnico-administrativas de modernización de la gestión y mecanización de expedientes.

j) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Sección 2.ª. Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales

Artículo 4. Estructura y adscripción de Negociados.

Las Sección de Información Local y Estrategia de Lucha contra la Despoblación del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales se estructura en los siguientes Negociados:

- Negociado de Información Local.

- Negociado de Asistencia Administrativa.

Artículo 5. Negociado de Información Local.

El Negociado de Información Local ejercerá las siguientes funciones:

a) Administración y soporte del Portal Web Infolocal y de los entornos de gestión del conocimiento de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

b) Asesoramiento a las Entidades Locales de Navarra en materia de Administración electrónica, digitalización y simplificación de procedimientos administrativos.

c) Apoyo a la gestión y modernización de los sistemas de información de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

d) Apoyo a las unidades de la Dirección General de Administración Local y Despoblación en materia de simplificación de procedimientos e implantación en el gestor de expedientes corporativo.

e) Gestión de inventario del equipamiento informático de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

f) Coordinación con la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización en lo relativo a las Entidades Locales y proyectos de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

g) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 6. Negociado de Asistencia Administrativa.

El Negociado de Asistencia Administrativa ejercerá las siguientes funciones:

a) Colaboración y apoyo a la Dirección del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales.

b) Organización del trabajo administrativo de las Secciones y Negociados del Servicio.

c) Control y Registro de entradas y salidas de documentos relativos a la Dirección General.

d) Atención a demandas externas y telefónicas.

e) Gestión y control del archivo, fondo bibliográfico y documental del Servicio.

f) Control de acceso al archivo del Servicio.

g) Gestión y control de los expedientes tramitados por el Servicio.

h) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO II. Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras Nota de Vigencia

Sección 1.ª. Servicio de Proyectos y Obras

Artículo 7. Estructura y adscripción de Negociados.

1. Las secciones del Servicio de Proyectos y Obras se estructuran en los siguientes Negociados:

a) Sección de Estudios, Proyectos y Obras.

- Negociado de Proyectos y Obras.

b) Sección de Estudios Singulares y Obras.

- Negociado de Proyectos y Obras Singulares.

c) Sección de Estudios, Obras y Planificación de Movilidad.

- Negociado de Dirección y Ejecución de Proyectos y Obras.

d) Sección de Proyectos y Obras de Acondicionamiento.

- Negociado de Ejecución y Control de Proyectos y Obras de Acondicionamiento.

e) Sección de Proyectos y Obras de Construcción de Nuevas Infraestructuras.

- Negociado de Ejecución y Control de Proyectos y Obras.

f) Sección de Obras y Seguridad en la Construcción y Control de Calidad.

- Negociado de Control de Calidad.

- Negociado de Ensayos y Laboratorio.

- Negociado de Obras y Seguridad en la Construcción.

Artículo 8. Negociado de Proyectos y Obras.

El Negociado de Proyectos y Obras ejercerá las siguientes funciones:

a) Establecimiento y comprobación de pautas generales para la redacción de los proyectos adaptados a las nuevas tecnologías, y adaptación a la normativa vigente.

b) Dirección de proyectos y estudios encargados a empresas consultoras.

c) Análisis de las alegaciones relativas a bienes y derechos afectados en la fase de información pública de los proyectos.

d) Realización de informes técnicos, urbanísticos y de afección a la programación o proyectos de la Red de Carreteras de Navarra.

e) Participación en la Dirección de Obra.

f) Comprobación de la vialidad de los proyectos y de las obras en el ámbito de las materias asignadas.

g) Tareas relacionadas con la documentación previa al inicio de los trabajos.

h) Comprobación del replanteo de la obra.

i) Seguimiento y control del plan de seguridad y salud y de los trámites relacionados con la seguridad.

j) Control geométrico y cualitativo en el ámbito de las materias asignadas.

k) Elaboración de relaciones valoradas, revisiones de precios, certificaciones e informes mensuales.

l) Seguimiento y control de las medidas ambientales.

m) Gestión de los contratos de asistencia.

n) Elaboración de proyectos propios.

o) Seguimiento de proyectos ajenos.

p) Gestión integral de proyectos y obra.

q) Inspección final de obra, recepción de la misma y traslado al Servicio de Conservación.

r) Seguimiento de las obras durante el periodo de garantía, redacción de informes referidos a cualquier aspecto relacionado con las obras.

s) Elaboración de la documentación final de obra y de la liquidación.

t) Apoyo a la jefatura de la Sección de Estudios, Proyectos y Obras en las tareas de análisis de la viabilidad de trazados de proyectos y comprobación sobre el terreno.

u) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 9. Negociado de Proyectos y Obras Singulares.

El Negociado de Proyectos y Obras Singulares ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaboración, gestión, control y seguimiento de proyectos.

b) Integración en la Dirección de obra y relación con el contratista.

c) Comprobación de la viabilidad de los proyectos y de las obras en el ámbito de las materias asignadas. Estudio de alegaciones.

d) Comprobación de la viabilidad de los proyectos y de las obras en el ámbito de las materias asignadas. Estudio de alegaciones.

e) Atención a los distintos organismos, entidades y particulares relacionados con los proyectos y las obras. Control y seguimiento de los trámites correspondientes.

f) Realización de relaciones valoradas, elaboración de reformados de obra en el ámbito de las materias asignadas.

g) Control geométrico y de calidad en el ámbito de las materias asignadas.

h) Seguimiento y control del plan de seguridad y salud en el ámbito de las materias asignadas.

i) Elaboración de mediciones finales, relaciones valoradas y certificación final.

j) Inspección final de obra, recepción de la misma y traslado al Servicio de Conservación.

k) Seguimiento de las obras durante el periodo de garantía, redacción de informes referidos a cualquier aspecto relacionado con las obras.

l) Elaboración de la documentación final de obra y de la liquidación.

m) Gestión integral de proyectos y obras.

n) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 10. Negociado de Dirección y Ejecución de Proyectos y Obras.

El Negociado de Dirección y Ejecución de Proyectos y Obras ejercerá las siguientes funciones:

a) Confección de proyectos y estudios.

b) Establecimiento y comprobación de pautas generales para la redacción de los proyectos adaptados a las nuevas tecnologías.

c) Dirección de proyectos y estudios encargados a empresas consultoras.

d) Análisis de las alegaciones relativas a bienes y derechos afectados en la fase e información pública de los proyectos.

e) Realización de informes técnicos, urbanísticos y de afección a la programación o proyectos de la Red de Carreteras de Navarra.

f) Participación en la Dirección de Obra.

g) Tareas relacionadas con la documentación previa al inicio de los trabajos.

h) Comprobación del replanteo de la obra.

i) Seguimiento y control del plan de seguridad y salud y de los trámites relacionados con la seguridad.

j) Control geométrico y cualitativo en el ámbito de las materias asignadas.

k) Elaboración de relaciones valoradas, revisiones de precios, certificaciones e informes mensuales.

l) Seguimiento y control de las medidas ambientales.

m) Gestión de los contratos de asistencia.

n) Elaboración de proyectos propios.

o) Seguimiento de proyectos ajenos.

p) Gestión integral de proyectos y obra.

q) Inspección final de obra, recepción de la misma y traslado al Servicio de Conservación.

r) Seguimiento de las obras durante el periodo de garantía, redacción de informes referidos a cualquier aspecto relacionado con las obras.

s) Elaboración de la documentación final de obra y de la liquidación.

t) Apoyo a la jefatura de la Sección de Estudios, Obras y Planificación de Movilidad en las tareas de análisis de la viabilidad de trazados de proyectos y comprobación sobre el terreno.

u) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 11. Negociados de Ejecución y Control de Proyectos y Obras y, de Ejecución y Control de Proyectos y Obras de Acondicionamiento.

Los Negociados de Ejecución y Control de Proyectos y Obras y, de Ejecución y Control de Proyectos y Obras de Acondicionamiento centrarán su actividad, tanto en relación con la revisión de los proyectos como para la gestión de las obras, en las materias de movimiento de tierras, estructuras y túneles, medio ambiente y arqueología, obras complementarias y tratamiento de residuos, y ejercerán las funciones que a continuación se indican, comunes a ambos pero aplicadas al ámbito de proyectos y obras que en cada momento tenga asignado cada Negociado:

a) Establecimiento y comprobación de pautas generales para la redacción de los proyectos adaptados a las nuevas tecnologías, y adaptación a la normativa vigente.

b) Dirección de proyectos y estudios encargados a empresas consultoras.

c) Realización de informes técnicos, urbanísticos y de afección a la programación o proyectos de la Red de Carreteras de Navarra.

d) Análisis de las alegaciones relativas a bienes y derechos afectados en la fase de información pública de los proyectos.

e) Participación en la Dirección de obra.

f) Comprobación de la viabilidad de los proyectos y de las obras en el ámbito de las materias asignadas.

g) Tareas relacionadas con la documentación previa al inicio de los trabajos.

h) Comprobación del replanteo de la obra.

i) Seguimiento y control del plan de seguridad y salud y de los trámites relacionados con la seguridad.

j) Control geométrico y cualitativo en el ámbito de las materias asignadas.

k) Elaboración de relaciones valoradas, revisiones de precios, certificaciones e informes mensuales.

l) Seguimiento y control de las medidas ambientales.

m) Gestión de los contratos de asistencia.

n) Elaboración de proyectos propios.

o) Seguimiento de proyectos ajenos.

p) Gestión integral de proyectos y obras.

q) Inspección final de obra, recepción de la misma y traslado al Servicio de Conservación.

r) Seguimiento de las obras durante el periodo de garantía, redacción de informes referidos a cualquier aspecto relacionado con las obras.

s) Elaboración de la documentación final de obra y de la liquidación.

t) Gestión integral de proyectos y obras.

u) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 12. Negociado de Control de Calidad.

El Negociado de Control de Calidad ejercerá las siguientes funciones:

a) Control de Calidad de Obras.

b) Control de Laboratorios externos.

c) Control de ensayos con aparatos nucleares.

d) Control de plantas asfálticas.

e) Confección y valoración del Plan de Control de Calidad en las Obras.

f) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 13. Negociado de Ensayos y Laboratorio.

El Negociado de Ensayos y Laboratorio ejercerá las siguientes funciones:

a) Ensayos de firmes.

b) Auscultación de firmes (viga Benkelman, deflectógrafo, etc.).

c) Control de permeabilidad en firmes drenantes.

d) Control de calidad en señalización y balizamiento.

e) Realización de ensayos químicos (pinturas, ligantes bituminosos, etc.).

f) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 14. Negociado de Obras y Seguridad en la Construcción.

El Negociado de Obras y Seguridad en la Construcción ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaboración, gestión, control y seguimiento de proyectos.

b) Integración en la Dirección de obra y relación con contratistas.

c) Comprobación de la viabilidad de los proyectos y de las obras en el ámbito de las materias asignadas. Estudio de alegaciones.

d) Atención a los distintos organismos, entidades y particulares que tengan relación con los proyectos y las obras. Control y seguimiento de los trámites correspondientes.

e) Seguimiento estadístico de todo aquello relacionado con la seguridad y salud en las obras.

f) Relación con otros órganos competentes en materia de seguridad y salud.

g) Realización de relaciones valoradas, elaboración de reformados de obra en el ámbito de las materias asignadas.

h) Control geométrico y de calidad en el ámbito de las materias asignadas.

i) Seguimiento y control del plan de seguridad y salud en el ámbito de las materias asignadas.

j) Elaboración de mediciones finales, relaciones valoradas y certificación final.

k) Inspección final de obra, recepción de la misma y traslado al Servicio de Conservación.

l) Seguimiento de las obras durante el periodo de garantía, redacción de informes referidos a cualquier aspecto relacionado con las obras.

m) Elaboración de la documentación final de obra y de la liquidación.

n) Gestión integral de proyectos y obras.

o) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Sección 2.ª

Servicio de Gestión Técnica y Administrativa

Artículo 15. Estructura y adscripción de Negociados.

1. Las secciones del Servicio de Gestión Técnica y Administrativa se estructuran en los siguientes Negociados:

a) Sección de Gestión Ambiental de Infraestructuras:

- Negociado de Gestión Ambiental de Obras y Conservación.

b) Sección de Gestión y Administración Integral.

- Negociado de Asuntos Administrativos.

Artículo 16. Negociado de Gestión Ambiental de Obras y Conservación.

El Negociado de Gestión Ambiental de Obras y Conservación ejercerá las siguientes funciones:

a) Control y gestión de las medidas relativas al tratamiento estético, ecológico y ambiental de las obras públicas.

b) Gestión, en su caso, de las inversiones correspondientes a la integración medioambiental y ornamental de las obras.

c) Asesoramiento a las direcciones de obra para la obtención de mejoras ambientales en materia de obras públicas.

d) Gestionar y dirigir las relaciones de las direcciones de obra con las unidades administrativas competentes en materia de medio ambiente y patrimonio arqueológico.

e) Aplicación del tratamiento adecuado para vertederos relacionados con las obras públicas.

f) Mantenimiento, mejora y adecuación de las zonas verdes correspondientes a la Red de Carreteras de Navarra.

g) Mantenimiento de los tratamientos medioambientales y ornamentales aplicados a la Red de Carreteras de Navarra y su entorno.

h) Mantenimiento, mejora y adecuación de las áreas de descanso y parada.

i) Plantación, mantenimiento y mejora de bosquetes y plantaciones para la mejora estética del entorno de las obras públicas.

j) Gestión y aplicación de normas de implantación y mantenimiento en tratamiento vegetal de taludes.

k) Informes y memorias estadísticas.

l) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 17. Negociado de Asuntos Administrativos.

El Negociado de Asuntos Administrativos ejercerá las siguientes funciones:

a) Instrucción y tramitación de expedientes y resto de trabajos propios de la administración del Servicio.

b) Coordinación, desde el punto de vista administrativo, del conjunto de secciones y negociados que integran el Servicio.

c) Cooperación en el control y gestión del archivo de proyectos y obras.

d) Apoyo en el desarrollo de las funciones y ejecución de los trabajos que se encomienden desde la Sección de Gestión y Administración Integral.

e) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Sección 3.ª. Servicio de Conservación

Artículo 18. Estructura y adscripción de Negociados.

1. Las secciones del Servicio de Conservación se estructuran en los siguientes Negociados:

a) Sección de Conservación Centro:

- Negociado de Explotación Centro.

b) Sección de Conservación Norte:

- Negociado de Explotación Norte.

c) Sección de Conservación Sur:

- Negociado de Explotación Sur.

d) Sección de Instalaciones, Tecnología y Seguridad Vial:

- Negociado de Seguridad Vial.

- Negociado de Aforos, Inventarios y Estudios.

- Negociado de Centro de Control, Instalaciones y Vialidad Invernal.

Artículo 19. Adscripción de los Centros de Conservación.

1. Se adscriben al Negociado de Explotación Centro los Centros de Conservación de Aoiz y Pamplona.

2. Se adscriben al Negociado de Exploración Norte los Centros de Conservación de Irurtzun y Mugairi.

3. Se adscriben al Negociado de Explotación Sur los Centros de Conservación de Estella, Tafalla y Tudela.

Artículo 20. Negociados de Explotación Centro, Norte y Sur.

Los Negociados de Explotación Centro, Explotación Norte y Explotación Sur realizarán, en cada una de las áreas geográficas asignadas, las siguientes funciones:

a) Confección de programas de conservación de la Red de Carreteras de Navarra.

b) Gestión y seguimiento de los contratos de conservación.

c) Planificación y control de las labores de conservación realizadas con medios propios.

d) Atención a actuaciones urgentes de la Red de Carreteras de Navarra que afecten al Servicio.

e) Planificación, organización y control de la vialidad invernal.

f) Desarrollo de lo estipulado en los Planes de actuación e intervención en relación con la atención de incidentes en la Red de Carreteras de Navarra.

g) Supervisión y control de los medios móviles, fijos e inmuebles asignados al Servicio de Conservación.

h) Conservación de la señalización vertical y de balizamiento de la Red de Carreteras de Navarra.

i) Elaboración de informes relativos a iniciativas urbanísticas o de terceros que afecten a la red viaria.

j) Levantamiento de actas de replanteo y recepción de aquellos trabajos autorizados previamente que permitan un mejor control sobre los mismos y un resultado final satisfactorio en lo que a la explotación de la carretera se refiere.

k) Instrucción, tramitación y seguimiento de los expedientes sancionadores en materia de defensa de las carreteras.

l) Intervención y control en materia de defensa de las carreteras de Navarra, mediante la vigilancia adecuada, así como instrucción, tramitación y seguimiento de expedientes en dicha materia.

m) Tramitación de informes y autorizaciones de obras que afectan a las carreteras del Gobierno de Navarra.

n) Tramitación y seguimiento administrativo de las reclamaciones económicas a terceros por imputación directa de responsabilidad en los daños ocasionados a cualquier elemento de la infraestructura de la Red de Carreteras de Navarra.

o) Colaboración con las unidades competentes para la simplificación y tramitación electrónica de los formularios y modelos de tramitación de solicitudes.

p) Relación y coordinación con organismos, entidades y particulares.

q) Funciones auxiliares en materia de transportes y de ordenación del territorio.

r) Elaboración de proyectos y realización y gestión de obras relacionadas con las labores de conservación integral en la Red de Carreteras de Navarra, incluidos los refuerzos de aglomerado, los convenios de reformas de travesías y las mejoras de puntos singulares.

s) Elaboración de inventarios, informes, estadísticas y memorias, en la labor de conservación de la Red de Carreteras de Navarra.

t) Supervisión y control de los tramos de Autovías en concesión por el sistema de peaje en sombra.

u) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 21. Negociado de Seguridad Vial.

El Negociado de Seguridad Vial ejercerá las siguientes funciones:

a) Estudios y normalización de las medidas de diseño, señalización y balizamiento en la Red de Carreteras de Navarra, desde el punto de vista de la seguridad vial.

b) Estudios e informes derivados del seguimiento de siniestralidad en las carreteras de Navarra.

c) Participación y diseño en campañas de seguridad vial, inventarios, memorias, informes y estadísticas.

d) Proyectos y ejecución de obras relacionadas con puntos peligrosos y tramos de concentración de accidentes.

e) Informes y memorias estadísticas.

f) Relación con organismos y particulares.

g) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 22. Negociado de Aforos, Inventarios y Estudios.

El Negociado de Aforos, Inventarios y Estudios ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaboración del Plan de Aforos anual correspondiente a la Red de Carreteras de Navarra.

b) Estudios de tráfico, información técnica y estadística.

c) Mantenimiento y control de las estaciones de aforos existentes en la Red de Carreteras de Navarra.

d) Supervisión y control de aforos de los tramos de Autovías en concesión por el sistema de peaje en sombra.

e) Participación en los Comités Técnicos que se designe.

f) Relación con organismos y particulares.

g) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 23. Negociado de Centro de Control, Instalaciones y Vialidad Invernal.

El Negociado de Centro de Control, Instalaciones y Vialidad Invernal ejercerá las siguientes funciones:

a) Participación en la Dirección de los contratos de explotación y mantenimiento de las instalaciones del Centro de Control, túneles, alumbrado y semáforos de la Red de Carreteras de Navarra, incluidos los tramos en régimen de concesión de obras públicas.

b) Comprobación de la viabilidad de los proyectos y de las obras de explotación y mantenimiento de las instalaciones del Centro de Control, túneles, alumbrado y semáforos de la Red de Carrete-ras de Navarra, incluidos los tramos en régimen de concesión de obras públicas.

c) Control cualitativo y de seguridad.

d) Control y supervisión de los equipos y medios humanos asignados a los contratos de explotación y mantenimiento de las instalaciones afectas al Centro de Control de la Red de Carreteras de Navarra.

e) Elaboración de modificaciones en las instalaciones a su cargo.

f) Elaboración de relaciones valoradas, certificaciones y liquidaciones y participación en recepciones.

g) Elaboración de informes.

h) Seguimiento de proyectos ajenos relacionados con sus funciones.

i) Cooperación en las labores de cumplimiento de los contratos de concesión de obras públicas.

j) Relación con organismos y particulares.

k) Planificación, organización y control de la vialidad invernal.

l) Desarrollo de lo estipulado en los planes de actuación e intervención en relación con la atención de incidentes en la Red de Carreteras de Navarra.

m) Implementación de lo estipulado en los planes de actuación e intervención en relación con la atención de incidentes en la Red de Carreteras de Navarra.

n) Gestión de los sistemas de información del Centro de Control alojados en la infraestructura del Gobierno de Navarra.

o) Gestión de la plataforma de integración tecnológica centralizada para sistemas avanzados en tecnologías de la información en infraestructura vial.

p) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO III. Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible

Sección 1.ª. Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes

Artículo 24. Estructura y adscripción de Negociados.

1. Las Secciones del Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes se estructuran en los siguientes Negociados:

a) Sección de Régimen Jurídico del Transporte.

- Negociado de Control Jurídico de Transportes.

b) Sección de Transporte Público por Carretera.

- Negociado de Planificación.

c) Sección de Modernización.

- Negociado de Gestión y Desarrollo Tecnológico.

2. Se adscribe a la Dirección del Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes el Negociado de Asistencia Administrativa.

Artículo 25. Negociado de Control Jurídico de Transportes.

El Negociado de Control Jurídico de Transportes ejercerá las siguientes funciones:

a) Informe y tramitación de los recursos administrativos interpuestos en materia de transporte.

b) Asesoramiento e informes de carácter jurídico.

c) Informes en la contratación de servicios de transporte y en el otorgamiento de subvenciones, promovidas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que tengan por objeto actividades de transporte.

d) Recopilación de normativa foral, estatal y comunitaria en materia de transportes.

e) Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.

f) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 26. Negociado de Planificación.

El Negociado de Planificación ejercerá las siguientes funciones:

a) Realización de la planificación y promoción de la participación pública para los procesos de renovación de los servicios de transporte público por carretera titularidad de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

b) Gestión y control de los contratos para la prestación de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera.

c) Aquellas otras que se le encomienden dentro de su actividad.

Artículo 27. Negociado de Gestión y Desarrollo Tecnológico.

El Negociado de Gestión y Desarrollo Tecnológico ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión de los sistemas tecnológicos actualmente en funcionamiento.

b) Propuestas de nuevas soluciones tecnológicas relacionadas con las tareas realizadas en el Servicio y gestión posterior.

c) Desarrollo e implantación de los nuevos sistemas tecnológicos en colaboración con la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

d) Impulso y apoyo a consultorías relacionadas con los puntos anteriores.

e) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 28. Negociado de Asistencia Administrativa.

El Negociado de Asistencia Administrativa ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación y enlace con la Dirección General correspondiente para el mantenimiento de la información de la página web en materia de transporte.

b) Tratamiento de la información de publicaciones del sector, distribución y organización de la misma.

c) Impulso y desarrollo informático de los Servicios de la Dirección General.

d) Organización, control y seguimiento del Registro de documentos y expedientes de los Servicios de la Dirección General.

e) Control, seguimiento y contabilidad interna de las operaciones de la aplicación presupuestaria de los Servicios de la Dirección General.

f) Tramitación ante la Secretaría General Técnica del Departamento de asuntos relacionados con el personal de los Servicios de la Dirección General, así como de cualquier otra competencia de aquella.

g) Tramitación ante la Secretaría General Técnica de Órdenes Forales y Acuerdos de Gobierno propuestos por los Servicios de la Dirección General.

h) Tramitación de adquisiciones de mobiliario, material informático y cualquier tipo de aprovisionamiento para los Servicios de la Dirección General.

i) Control e impulso de la actividad administrativa de los Servicios de la Dirección General.

j) Apoyo administrativo a todas las Secciones de los Servicios de la Dirección General.

k) Secretariado de la Dirección del Servicio. Confección de la agenda y organización del archivo de la misma.

l) Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.

m) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Sección 2.ª. Servicio de Inspección, Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad

Artículo 29. Estructura y adscripción de Negociados.

Las Secciones del Servicio de Inspección, Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad se estructuran en los siguientes Negociados:

a) Sección de Movilidad, Logística y Transporte.

- Negociado de Infraestructuras.

b) Sección de Inspección y Junta Arbitral del Transporte:

- Negociado de Inspección de Transportes.

- Negociado de Sanciones de Transportes.

c) Sección de Gestión:

- Negociado de Autorizaciones de Transporte.

- Negociado de Convocatorias y Tarjetas.

- Negociado de Gestión de Actividades de Transporte.

Artículo 30. Negociado de Infraestructuras.

El Negociado de Infraestructuras ejercerá las siguientes funciones:

a) Dirección de proyectos y estudios en el ámbito de las infraestructuras ciclistas.

b) Realización de informes técnicos relativos a proyectos de las infraestructuras ciclistas.

c) Análisis de la viabilidad de los proyectos y las obras en el ámbito de las materias asignadas.

d) Participación en la dirección de obras y seguimiento de las mismas.

e) Gestión integral de proyectos y obras.

f) Gestión de las ayudas estatales y europeas que se puedan recibir para la realización de los proyectos y la ejecución de las obras.

g) Realización de estudios de movilidad en el ámbito de las funciones de la Dirección General.

h) Mantenimiento y actualización de los sistemas de información de la Dirección General relacionados con la movilidad.

i) Elaboración y actualización de los indicadores del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra.

j) Gestión de ayudas a entidades públicas o privadas y a particulares para el impulso de la movilidad sostenible.

k) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 31. Negociado Inspección de Transportes.

El Negociado de Inspección de Transportes ejercerá las siguientes funciones:

a) Colaboración en la propuesta, elaboración y seguimiento de los Planes de Inspección e inspección en general en materia de transportes.

b) Calificación de denuncias, instrucción de los expedientes sancionadores y estudio de alegaciones a los mismos.

c) Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.

d) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 32. Negociado de Sanciones de Transportes.

El Negociado de Sanciones de Transportes ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión y control de expedientes sancionadores relativos a infracciones cometidas contra la normativa de transportes.

b) Exacción de sanciones de transportes.

c) Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.

d) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 33. Negociado de Autorizaciones de Transporte.

El Negociado de Autorizaciones de Transporte ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión, control y expedición de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera y actividades auxiliares y complementarias.

b) Gestión, control y expedición de autorizaciones de transporte de viajeros por carretera.

c) Gestión, control y expedición de autorizaciones de transporte de viajeros de uso especial.

d) Gestión y expedición del visado de las autorizaciones de transporte de mercancías y viajeros por carretera, y actividades auxiliares y complementarias.

e) Gestión del Registro de Empresas y Actividades de Transporte en cuanto al ámbito de las autorizaciones de transporte.

f) Atención telefónica y presencial en materias relacionadas con la gestión de las autorizaciones.

g) Tramitación de los expedientes de subvenciones o ayudas.

h) Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.

i) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 34. Negociado de Convocatorias y Tarjetas.

El Negociado de Convocatorias y Tarjetas ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión de las convocatorias de las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte público por carretera y del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de las personas conductoras de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

b) Gestión y expedición de tarjetas del certificado de aptitud profesional (CAP).

c) Gestión y expedición de tarjetas de tacógrafo digital.

d) Homologación, validación y organización de la inspección de los cursos CAP.

e) Homologación e inspección de centros para la impartición de cursos CAP.

f) Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.

g) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 35. Negociado de Gestión de Actividades de Transporte.

El Negociado de Gestión de Actividades de Transporte ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión de subvenciones y ayudas al sector de transportes.

b) Gestión de altas y bajas de consejeros y consejeras de seguridad y los establecimientos o instalaciones en los que se desarrollen actividades con mercancías peligrosas, así como de las modificaciones que se produzcan en el sistema de gestión de mercancías peligrosas.

c) Gestión de las convocatorias de las pruebas para la obtención y renovación de los certificados de consejero y consejera de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril.

d) Atención a consultas en materia de transporte de mercancías peligrosas y perecederas.

e) Apoyo administrativo al resto de Negociados de la Sección de Gestión.

f) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO IV. Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto Nota de Vigencia

Artículo 36. Estructura y adscripción de Negociados.

La Sección de Gestión Económico Presupuestaria del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto se estructura en el siguiente Negociado:

- Negociado de Gestión Económica.

La Sección de Gestión Económica de Obras en Concesión y Control del Gasto se estructura en el siguiente Negociado:

- Negociado de Canal de Navarra y Obras en Concesión.

Artículo 37

El Negociado de Gestión Económica ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión del Centro Contable de la Dirección General de Obras Públicas e infraestructuras, de la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible, del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto y de la Secretaría General Técnica.

b) Gestión contable de los expedientes de gastos que se produzcan en la ejecución presupuestaria.

c) Mantenimiento y coordinación como administrador departamental del Registro de Facturas.

d) Seguimiento de los gastos plurianuales en coordinación con el Departamento de Economía y Hacienda.

e) Tramitación de modificaciones presupuestarias.

f) Gestión, seguimiento y justificación de las órdenes de pago a justificar y gestión y control de las cuentas de anticipos de caja.

g) Elaboración de los documentos de cobro inherentes a la ejecución del presupuesto de ingresos.

h) Colaboración con las distintas unidades administrativas de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, de la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible y de la Secretaría General Técnica en la elaboración y seguimiento de los documentos de cobro y pago.

i) Coordinación y colaboración con otros centros contables del Departamento de Cohesión Territorial, Intervención Delegada y Servicio de Contabilidad General y Presupuestaria del Departamento de Economía y Hacienda.

j) Desarrollo de información en materia contable, presupuestaria y estadística para la realización de los informes económicos que se precisen.

k) Gestión y archivo de los expedientes propios del área competencial.

l) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 37 bis. Negociado de Canal de Navarra y Obras en Concesión Nota de Vigencia.

El Negociado de Canal de Navarra y Obras en Concesión ejercerá las siguientes funciones:

a) Asistencia en el seguimiento económico-financiero de los contratos de concesión de Canal de Navarra en colaboración con los servicios técnicos correspondientes.

b) Colaboración con los órganos competentes en la gestión y tramitación de expedientes de contenido económico relacionados con los contratos de concesión de Canal de Navarra.

c) Participación en la elaboración de previsiones anuales y a medio plazo del gasto derivado de los contratos de concesión de Canal de Navarra.

d) Gestión de la documentación económica derivada de los contratos de concesión de Canal de Navarra.

e) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO V. Secretaría General Técnica Nota de Vigencia

Artículo 38. Estructura y adscripción de Negociados Nota de Vigencia.

La Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica se estructura en los siguientes Negociados:

- Negociado de Asistencia Jurídica.

- Negociado de Apoyo Jurídico a la Gestión.

Artículo 39. Negociado de Asistencia Jurídica

El Negociado de Asistencia Jurídica ejercerá las siguientes funciones:

a) Seguimiento, impulso y tramitación de los expedientes de reclamaciones por responsabilidad patrimonial cuya resolución está atribuida a la Secretaría General Técnica.

b) Gestión, en colaboración con el mediador, de las cuestiones relacionadas con el contrato de seguro de responsabilidad patrimonial.

c) Seguimiento y colaboración en la ejecución de las resoluciones judiciales dictadas en los expedientes de responsabilidad patrimonial cuya resolución está atribuida a la Secretaría General Técnica.

d) Colaboración en la elaboración de informes y propuestas en materias propias de la Sección de Régimen Jurídico.

e) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 40. Negociado de Apoyo Jurídico a la Gestión Nota de Vigencia.

El Negociado de Apoyo Jurídico a la Gestión ejercerá las siguientes funciones:

a) Seguimiento y apoyo jurídico a los expedientes de contratación pública en los que participa la Secretaría General Técnica.

b) Seguimiento y apoyo jurídico a los expedientes de convenios en los que participa la Secretaría General Técnica.

c) Colaboración en la elaboración de informes y propuestas en materias propias de la Sección de Régimen Jurídico.

d) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

CAPÍTULO VI. Dirección General de Ordenación del Territorio Nota de Vigencia

Artículo 41. Negociado de Planes Supramunicipales.

El Negociado de Planes Supramunicipales se adscribe a la Sección de Planes y Proyectos Supramunicipales y ejercerá las siguientes funciones:

a) Preparación y examen de las propuestas de intervención a escala comarcal.

b) Elaboración de informes sobre las propuestas de planeamiento supramunicipal o comarcal.

c) Asesoramiento al resto de unidades del servicio acerca del planeamiento supramunicipal.

d) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación."

Artículo 42. Negociado de Paisaje.

El Negociado de Paisaje se adscribe a la Sección de Paisaje y Suelo Rústico y ejercerá las siguientes funciones:

a) Desarrollo de la Estrategia Navarra del paisaje.

b) Desarrollo y aplicación de las acciones de protección, gestión y ordenación del paisaje.

c) Aplicación de los criterios y directrices para la gestión del paisaje.

d) Desarrollo y aplicación de las medidas de restauración, rehabilitación y mejora de los paisajes.

e) Implantación y desarrollo de medidas específicas de sensibilización en materia de paisaje.

f) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 43. Negociado de Suelo Rústico.

El Negociado de Suelo Rústico se adscribe a la Sección de Paisaje y Suelo Rústico y ejercerá las siguientes funciones:

g) Tramitación de informes sobre las propuestas de planeamiento urbanístico relativas al suelo no urbanizable.

h) Tramitación de informes sobre los expedientes de autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable.

i) Tramitación de informes sobre los expedientes de autorización de actuaciones en entidades locales sin planeamiento urbanístico.

j) Asesoramiento a otros organismos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, organismos públicos y Entidades Locales en las materias relacionadas con la protección y gestión del suelo no urbanizable.

k) Respuesta a las consultas privadas sobre usos y actividades en suelo no urbanizable.

l) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 44. Negociado de Cooperación Urbanística.

El Negociado de Cooperación Urbanística se adscribe al Servicio Jurídico-Administrativo y ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaboración y tramitación de informes y propuestas de resolución para la tramitación y aprobación del planeamiento urbanístico municipal.

b) Cooperación y asesoramiento técnico a las entidades locales y otros organismos públicos en materia de planeamiento urbanístico.

c) Participación en las Comisiones de Seguimiento.

d) Control y seguimiento de los plazos previstos en las distintas etapas de realización y aprobación de los Planes Urbanísticos municipales.

e) Apoyo técnico en los expedientes de protección de la legalidad urbanística.

f) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Disposición Adicional Única. Supresión de unidades.

1. Se suprimen las siguientes unidades orgánicas de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras:

- El Negociado de Estudios y Planificación.

- El Negociado de Expropiaciones.

- El Negociado de Seguridad en la Construcción.

2. Se suprimen las siguientes unidades orgánicas de la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible:

- El Negociado de Explotación.

-El Negociado de Movilidad Sostenible.

Disposición Derogatoria Única. Derogaciones normativas.

Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) Los artículos 33 a 53 de la Orden Foral 137/2017, de 30 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico a nivel de Negociados.

b) La Orden Foral 94/2020, de 29 de diciembre, del Consejero de Cohesión Territorial, por la que se establece la estructura orgánica a nivel de Negociados de la Dirección General de Administración Local y Despoblación y del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto.

c) La Orden Foral 44/2021, de 2 de julio, del Consejero de Cohesión Territorial, por la que se establece la estructura orgánica a nivel de Negociados de la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible.

d) Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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