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DECRETO FORAL 81/2022, DE 14 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO FORAL 58/2022, DE 25 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA PARCIAL DE EMPLEO PÚBLICO DEL PERSONAL SANITARIO DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA Y DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA Y LABORAL DE NAVARRA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL AÑO 2022, CORRESPONDIENTE A LA TASA DE ESTABILIZACIÓN CONFORME AL DECRETO-LEY FORAL 2/2022, DE 23 DE MAYO, DE MEDIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN DERIVADOS DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA

BON N.º 191 - 26/09/2022; corr. err., BON 14/10/2022



Preámbulo

El Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, determina una oferta parcial de un total de 1.417 plazas, distribuidas en 34 plazas relativas al personal sanitario del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y 1.383 plazas relativas al personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, correspondientes a la tasa de estabilización del año 2022.

Mediante Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, se aprobaron medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra.

Con fecha 15 de julio entra en vigor la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra, en cuyo artículo 4 se regula el cómputo de las plazas a incluir en la oferta pública de empleo de estabilización.

Del análisis de los datos de la plantilla del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, conforme a la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, se extrae que conforme a los nuevos criterios deben incluirse 17 nuevas plazas, que se encuentran desempeñadas por personal con vinculación temporal, 1 plaza relativa al personal sanitario del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y 16 plazas relativas al personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de las cuales 6 plazas son estructurales por lo que resulta preciso consolidarlas en plantilla.

En consecuencia, procede la creación de 6 plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para la consolidación de empleo estructural, que serán financiadas con la dotación de las plazas estructurales.

Asimismo, procede la inclusión de 17 nuevas plazas (las referidas 6 de consolidación de empleo estructural y otras 11 plazas de plantilla) que cumplen con los requisitos de inclusión, en la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Existe informe de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de septiembre de 2022, decreto:

Artículo 1. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para la consolidación de empleo estructural.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se crean las plazas de la plantilla orgánica, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuestos de Gastos.

DEPARTAMENTO DE SALUD

Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

Servicios Centrales:

- Una vacante de Enfermero especialista en Enfermería del Trabajo, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 73069.

Atención Primaria:

- Dos vacantes de Enfermero, de régimen funcionarial, nivel B, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 73070 y 73071.

Hospital Universitario de Navarra:

- Una vacante de Enfermero, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 73072.

- Una vacante de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en plantilla orgánica con el número de plaza 73073.

Área Salud de Tudela:

- Una vacante de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en plantilla orgánica con el número de plaza 73074.

Dos. Las plazas creadas en el apartado anterior se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias previstas para financiar las plazas estructurales, señaladas en la parte expositiva, del capítulo I del vigente Presupuestos de Gastos.

Tres. Las referidas plazas vacantes continuarán siendo cubiertas temporalmente por el mismo personal, tras la oportuna modificación contractual.

Artículo 2. Modificación de la oferta parcial de empleo público en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos modificando del Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de SaludOsasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022, correspondiente a la tasa de estabilización conforme al Decretoley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra.

Se modifica el Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022 en los siguientes términos:

Uno. Plazas nuevas a incluir mediante el sistema de provisión de concurso de méritos en el Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022, conforme al artículo 4 Ley Foral 19/2022, de 1 de julio.

El detalle de las 17 plazas, cuyo sistema de provisión será el concurso de méritos y se añaden al anexo I del Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, es el siguiente:

Dos. Plazas incluidas en el Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022 a modificar el sistema de provisión a concurso de méritos, conforme al artículo 4 Ley Foral 19/2022, de 1 de julio.

El detalle de las 3 plazas, cuyo sistema de provisión será el concurso de méritos y pasan del anexo II al anexo I del Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, es el siguiente:

Disposición Final Primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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