(ir al contenido)

navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

LEXNAVARRA


Versión para imprimir

Version en euskera

DECRETO FORAL 20/2022, DE 16 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS

BON N.º 72 - 11/04/2022



Preámbulo

La Dirección General de Función Pública del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con el organismo autónomo Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, propone la modificación de la plantilla orgánica del citado organismo autónomo, a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de marzo de dos mil veintidós, decreto:

Artículo Único. Amortización de plazas de la plantilla orgánica.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se amortizan las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare:

- Una vacante de Titulado de Grado Medio en Formación y Empleo, de régimen funcionarial, nivel B, adscrita a la Agencia de Empleo de Pamplona Segundo Ensanche, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 6241.

- Dos vacantes de Titulado de Grado Medio en Formación y Empleo, de régimen funcionarial, nivel B, adscritas a la Agencia de Empleo de Tudela, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 11093 y 11142.

Disposición Final Primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web