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ORDEN FORAL 1/2022, DE 13 DE ENERO, DE LA CONSEJERA DE CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO NAVARRO DEL DEPORTE, A NIVEL DE NEGOCIADOS

BON N.º 19 - 27/01/2022



  CAPÍTULO I. Objeto y estructura general


  CAPÍTULO II. Instituto Navarro del Deporte

  Sección 1.ª. Dirección gerencia

  Sección 2.ª. Subdirección de deporte

  Sección 3.ª. Subdirección de infraestructuras y desarrollo estratégico


Preámbulo

Por Decreto Foral 326/2019, de 15 de noviembre, se transforma el Instituto Navarro de Deporte y Juventud en Instituto Navarro del Deporte, y se aprueban sus Estatutos.

En dicho decreto foral se establece la estructura orgánica del Instituto Navarro del Deporte hasta el nivel de secciones.

A través de su Disposición Adicional Quinta, se ha modificado el artículo 3 del Decreto Foral 273/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Deporte, señalando que el Instituto Navarro del Deporte queda adscrito a dicho departamento.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, los negociados y otras unidades inferiores a las secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante orden foral de la persona titular del departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

Con objeto de adecuar la estructura a nivel de negociados del Organismo Autónomo Instituto Navarro del Deporte, procede aprobar una nueva regulación.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, ordeno:

CAPÍTULO I. Objeto y estructura general

Artículo 1. Objeto.

La presente orden foral tiene por objeto el desarrollo de la estructura, a nivel de negociados y otras unidades inferiores a la sección, del organismo autónomo Instituto Navarro del Deporte.

Artículo 2. Estructura del Instituto Navarro del Deporte.

El Instituto Navarro del Deporte se estructura en los siguientes negociados:

a) Dependiendo de la Dirección Gerencia:

- Negociado de Gestión Económico-Administrativa y Procedimental.

- Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal.

b) Dependiendo de la Subdirección de Deporte:

- Negociado de Fomento Deportivo.

- Negociado de Juegos Deportivos.

- Negociado de Federaciones Deportivas.

- Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo.

El Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte (CEIMD) se estructura en las siguientes unidades administrativas con rango de negociado:

- Unidad Técnica de Asistencia al Entrenamiento Deportivo e Investigación.

- Unidad Técnica de Asistencia Médica.

- Unidad Técnica de Formación.

c) Dependiendo de la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico.

- Negociado de Gestión de la Residencia Fuerte del Príncipe.

CAPÍTULO II. Instituto Navarro del Deporte

Sección 1.ª. Dirección gerencia

Artículo 3. Negociado de Gestión EconómicoAdministrativa y Procedimental.

El Negociado de Gestión Económica-Administrativa y Procedimental, adscrito a la Sección de Administración y Gestión, ejercerá las siguientes funciones:

a) Seguimiento y análisis de la ejecución presupuestaria, de los procedimientos y de los procesos económico-administrativos y del presupuesto, teniendo en cuenta la información emitida por unidades orgánicas del Instituto Navarro del Deporte.

b) Acciones de apoyo en la elaboración del anteproyecto de Presupuestos Generales del Organismo Autónomo en el seguimiento y control del mismo, así como en la elaboración de los informes presupuestarios, económicos, administrativos y procedimentales que, en su caso, sean requeridos.

c) Seguimiento de los procesos de tramitación de expedientes ordinarios a la Intervención Delegada.

d) Apoyo administrativo de expedientes específicos de gastos plurianuales, modificaciones presupuestarias, autorizaciones de Gobierno y otras que pudieran producirse.

e) Apoyo y seguimiento de la contabilidad general de los centros del Instituto Navarro del Deporte.

f) Apoyo, seguimiento, tramitación y cierre de los expedientes hasta completar el contenido documental de los mismos, y entrega al Archivo General del Instituto Navarro del Deporte.

g) Seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

h) Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas por la Sección de Administración y Gestión.

Artículo 4. Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal.

El Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal, adscrito a la Sección de Administración y Gestión, ejercerá las siguientes funciones:

a) Organización y seguimiento de las dependencias centrales del organismo autónomo, en general, así como el mantenimiento y las tareas administrativas que originen las mismas, en especial el archivo general, el registro, el almacén y el depósito de suministros.

b) Propuesta y seguimiento de las actuaciones en inversiones propias y en gastos en bienes corrientes referidos al catálogo de servicios, en el que figuran: servicios de modernización; servicios a las personas usuarias, entre los que se encuentran las telecomunicaciones con sus incidencias, las estaciones de trabajo, los sistemas de información, así como los espacios de seguridad; servicios referidos a proyectos y experiencias de casos de éxito u otros servicios que se pudieran incluir.

c) Propuesta y seguimiento de las actuaciones en la central de compras a través de inversiones propias -para mobiliario, equipamiento, vehículos y otros- y de gasto en bienes corrientes para material de oficina y papel u otros que se pudieran incluir y controlar los procesos que a tal fin se desarrollen.

d) Acciones de apoyo para la consolidación, la adecuación y la formación de la plantilla de funcionarios del Instituto Navarro del Deporte.

e) Tramitación y seguimiento de los asuntos derivados del marco laboral y en él encuadrados, correspondientes al personal adscrito al Instituto, para conseguir una optimización de los recursos y la realización eficaz de las funciones que el propio organismo tiene encomendadas.

f) Propuesta y coordinación de las actividades y procesos previstos encaminados a conseguir la prevención de riesgos laborales y a promover una adecuada salud laboral en el centro de trabajo.

g) Custodia y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

h) Ejercer, dentro del ámbito del Instituto Navarro del Deporte, las funciones de responsable de seguridad de la información definidas en la Política de Protección de Datos y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con el objetivo de asegurar y vigilar el cumplimiento de la normativa vigente relativa a la seguridad de la información, incluida la protección de datos personales.

i) Funciones de unidad responsable de accesibilidad delegada de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del Instituto Navarro del Deporte.

j) Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas por la Sección de Administración y Gestión.

Sección 2.ª. Subdirección de deporte

Artículo 5. Negociado de Fomento Deportivo.

El Negociado de Fomento Deportivo, adscrito a la Sección de Promoción Deportiva, ejercerá las siguientes funciones:

a) Organización y seguimiento de las campañas escolares u otras de promoción deportiva.

b) Promoción de la suscripción de acuerdos con entidades para el desarrollo de la práctica deportiva.

c) Promoción de las actividades y campañas encaminadas a la relación entre deporte, cultura y arte.

d) Promoción de las actividades destinadas a la recopilación y difusión de materiales de la historia del deporte en Navarra.

e) Colaborar en la elaboración de un plan de trabajo transversal con las entidades locales.

f) Tramitación de las ayudas a entidades locales para la organización del deporte municipal.

g) Apoyo técnico a las entidades locales y a entidades deportivas, para la organización del deporte municipal.

h) Elaboración y seguimiento de los acuerdos de colaboración con diferentes agentes de desarrollo deportivo, cuyo fin primordial sea la promoción y la práctica deportiva.

i) Gestión, coordinación y control de las ayudas a entidades deportivas para la realización de actividades y así como para la organización de acontecimientos y espectáculos deportivos.

j) Promoción de las ayudas a entidades y personas en organización de actuaciones puntuales de interés para el Instituto Navarro del Deporte.

k) Seguimiento y utilización de los soportes distintivos de la imagen corporativa en la actividad de las campañas deportivas escolares y municipales.

l) Promoción de la organización de congresos y jornadas en materia de deporte y de interés general.

m) Seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

n) Cualquier otra función similar o complementaria a las anteriores, así como aquellas otras que la Sección de Promoción Deportiva le encomiende.

Artículo 6. Negociado de Juegos Deportivos.

El Negociado de Juegos Deportivos, adscrito a la Sección de Promoción Deportiva, ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaboración, en colaboración con las federaciones deportivas, del diseño y programa de los Juegos Deportivos de Navarra, así como las propuestas de incorporación de nuevos programas.

b) Coordinación del desarrollo de los Juegos Deportivos de Navarra con las federaciones deportivas y entidades locales de Navarra, así como con otros departamentos del Gobierno de Navarra.

c) Elaboración de los anexos a los convenios de colaboración entre las federaciones deportivas y el Instituto Navarro del Deporte, referidos a los Juegos Deportivos de Navarra.

d) Seguimiento de la calidad de los programas en desarrollo en sus aspectos organizativo, deportivo y formativo.

e) Colaboración en la preparación de los equipos o selecciones que representan a Navarra en los Campeonatos organizados por la Administración Deportiva del Estado u organismos oficiales.

f) Coordinación e información en materia de Juegos Deportivos de Navarra.

g) Planificación de la regulación del deporte en el menor y su seguimiento en las categorías de menores.

h) Coordinación y seguimiento de los programas deportivos promovidos desde la Administración Deportiva del Estado, en colaboración con la misma.

i) Propuesta de las ayudas y contratos para la organización de eventos deportivos relacionados con el punto anterior.

j) Seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

k) Cualquier otra función similar o complementaria a las anteriores, así como aquellas otras que la Sección de Promoción Deportiva le encomiende.

Artículo 7. Negociado de Federaciones Deportivas.

El Negociado de Federaciones Deportivas, adscrito a la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo, ejercerá las siguientes funciones:

a) Impulso del fomento del patrocinio deportivo, así como información y gestión de la tramitación de los expedientes relativos a solicitudes de declaración de interés social de determinadas actividades deportivas.

b) Coordinación y seguimiento de las ayudas a federaciones deportivas de Navarra impulsando su desarrollo deportivo integral y de gestión, su extensión y, en especial, la ejecución de las funciones públicas de carácter administrativo que ejercen por delegación de la Administración Deportiva de Navarra.

c) Coordinación de la gestión de los espacios utilizados por las federaciones deportivas de Navarra dentro de la Casa del Deporte, así como de los servicios generales y comunes de la misma.

d) Registro y seguimiento del Registro del Deporte de Navarra.

e) Seguimiento de las propuestas de estatutos, reglamentos y procesos electorales de las federaciones deportivas de Navarra, así como el reconocimiento de las modalidades deportivas y otras autorizaciones.

f) Promoción de los acuerdos de ordenación deportiva a través de las federaciones deportivas de Navarra.

g) Promoción, coordinación y apoyo a la colaboración entre federaciones deportivas navarras y federaciones deportivas de ámbito nacional o supranacional.

h) Promoción y colaboración en el desarrollo de modalidades deportivas que no disponen de federación deportiva constituida en Navarra.

i) Colaboración, a través de las federaciones deportivas de Navarra, en la gestión de la presencia institucional.

j) Registro, seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

k) Promoción de las condiciones, diseño, puesta en marcha y seguimiento de los programas relativos al deporte de rendimiento de Navarra, elaborando la propuesta de ayudas y, en su caso, los correspondientes Acuerdos de Colaboración.

l) Coordinación de las necesidades del deporte de rendimiento en Navarra, en colaboración con las federaciones deportivas y otras entidades de carácter deportivo de ámbito navarro o estatal.

m) Promoción de los intercambios deportivos como instrumento de desarrollo del rendimiento deportivo y las selecciones navarras.

n) Promoción de medidas que faciliten la compatibilidad entre la actividad deportiva y las ocupaciones académicas, personales y laborales.

ñ) Coordinación con los centros que en su caso procedan, para mejorar las condiciones de entrenamiento de los y las deportistas incluidos/as en el deporte de rendimiento de Navarra.

o) Coordinación y seguimiento, en colaboración con la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico, de los acuerdos de usos, tanto los referidos a instalaciones subvencionadas de forma convenida por el Instituto Navarro del Deporte, como a instalaciones en general.

p) Cualquier otra función similar o complementaria a las anteriores, así como aquellas otras que la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo le encomiende.

Artículo 8. Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo.

El Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo, adscrito a la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo, ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión, coordinación y seguimiento de las ayudas dirigidas a clubes deportivos y a deportistas, para la participación en actividades deportivas y competiciones tanto de carácter nacional como internacional, a través de convocatorias y convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de rendimiento.

b) Gestión, coordinación y seguimiento de las ayudas a entidades y deportistas, para la organización de acontecimientos y espectáculos deportivos de competiciones tanto de carácter nacional como internacional de repercusión social y actividades deportivas de especial interés, a través de convocatorias y convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de rendimiento.

c) Promoción y gestión de acuerdos de colaboración con fundaciones y clubes deportivos en temas de especial interés en función del nivel deportivo que, en su caso, correspondan.

d) Tramitación y seguimiento de los soportes distintivos de la imagen corporativa y/o aquella que se determine en la actividad deportiva, de los clubes deportivos y de las actividades de alto nivel que se realicen, con repercusión en los medios de comunicación y en la sociedad.

e) Coordinación y colaboración en el desarrollo de las actividades y competiciones deportivas de las universidades ubicadas en Navarra.

f) Coordinación y seguimiento del proceso de concesión de las distinciones deportivas de la Comunidad Foral de Navarra.

g) Seguimiento y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

h) Seguimiento e inventario del marco de ordenación del deporte de rendimiento de Navarra, según las directrices marcadas en los objetivos del Instituto Navarro del Deporte.

i) Promoción, sistematización y coordinación de los programas de detección de talentos deportivos.

j) Asesoramiento y coordinación, con las fundaciones de carácter deportivo, del desarrollo de programas destinados a la mejora del deporte de Rendimiento de Navarra.

k) Tramitación y seguimiento de la utilización de los elementos distintivos de la marca corporativa de las Selecciones de Navarra.

l) Cualquier otra función similar o complementaria a las anteriores, así como aquellas otras que la Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo le encomiende.

Artículo 9. Unidad Técnica de Asistencia al Entrenamiento Deportivo e Investigación.

La Unidad Técnica de Asistencia al Entrenamiento Deportivo e Investigación, adscrita al Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte, ejercerá las siguientes funciones:

a) Planificación, de forma global, de las actuaciones en materia de asistencia al entrenamiento deportivo a deportistas, con carácter general, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por la dirección del centro.

b) Realizar el control o seguimiento de la condición física a los y las deportistas que participen en los programas de promoción del deporte de alto nivel, programas de tecnificación deportiva, programas de perfeccionamiento, selecciones navarras, programas de la Fundación Miguel Induráin, promovidos por la Administración deportiva de la Comunidad Foral.

c) Prestar servicios asistenciales en el campo del acondicionamiento físico para la mejora del rendimiento deportivo.

d) Ejercer funciones de asesoramiento en los procesos de selección de los deportistas de alto nivel de la Comunidad Foral.

e) Ejercer funciones de asesoramiento en las convocatorias de ayudas a clubes y a federaciones relacionadas con el deporte de rendimiento.

f) Apoyo y coordinación al rendimiento deportivo de Navarra, en especial a los programas del IND y entidades colaboradoras, así como a los equipos considerados de primer nivel de Navarra.

g) Planificación, de forma global, de las actuaciones en materia de investigación, con carácter general, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por la dirección del Centro.

h) Promover y fomentar la investigación en el campo de las actividades deportivas, impulsando y llevando a cabo proyectos de investigación de calidad.

i) Apoyo a las actividades de asistencia médica y de formación, que se planifiquen, con las implicaciones a dictaminar por la dirección del centro.

j) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas o que sea encomendada por la dirección del CEIMD.

Artículo 10. Unidad Técnica de Asistencia Médica.

La Unidad Técnica de Asistencia Médica, adscrita al Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte, ejercerá las siguientes funciones:

a) Planificación, de forma global, de las actuaciones en materia de asistencia médica a deportistas, con carácter general, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por la dirección del centro.

b) Realizar el control o seguimiento médico a los y las deportistas que participen en los programas de promoción del deporte de alto nivel, programas de tecnificación deportiva, programas de perfeccionamiento, selecciones navarras, programas de la Fundación Miguel Induráin, promovidos por la Administración deportiva de la Comunidad Foral.

c) Realizar el control o seguimiento médico a las personas participantes en los programas de ejercicio físico y salud promovidos por el Instituto Navarro del Deporte.

d) Colaborar en la elaboración de la carta de servicios médicos asistenciales del CEIMD.

e) Colaborar y participar en los programas de educación, control, tratamiento y prevención de la obesidad infantil y de las enfermedades crónicas ligadas al sedentarismo y en los programas de educación, control, y prevención del dopaje deportivo,

f) Prestar servicios asistenciales en el campo de la medicina del deporte.

g) Ejercer funciones de coordinación con la administración sanitaria de la Comunidad Foral, al objeto de optimizar los recursos humanos y materiales de la Administración de la Comunidad Foral, especialmente relacionados con el ejercicio físico y el rendimiento.

h) Apoyo a las actividades de asistencia al entrenamiento deportivo e investigación, y de formación, que se planifiquen, con las implicaciones a dictaminar por la dirección del Centro.

i) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas o que sea encomendada por la dirección del CEIMD.

Artículo 11. Unidad Técnica de Formación.

La Unidad Técnica de Formación, adscrita al Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte, ejercerá las siguientes funciones:

a) Planificación, desarrollo, seguimiento y evaluación de las actividades dirigidas a la formación inicial de monitores y entrenadores deportivos.

b) Promoción y desarrollo de actividades de formación permanente dirigidas a los diferentes agentes que intervienen en el ámbito de la actividad física y el deporte.

c) Propuesta de innovaciones y cambios dirigidos a la ampliación y mejora de la oferta formativa y de los recursos didácticos disponibles.

d) Propuesta y gestión de las ayudas destinadas a la realización de cursos de formación inicial de monitores y entrenadores deportivos.

e) Inventario y seguimiento del equipamiento, la documentación, el procedimiento económico-administrativo y los recursos, que en general tenga asignados la unidad técnica.

f) Información y asesoramiento a entidades, alumnos y personas en general, sobre aspectos relacionados con la formación deportiva.

g) Colaborar y asesorar en la dirección, organización y seguimiento de la Escuela Navarra del Deporte.

h) Actualización, administración de modificaciones y mantenimiento del aula virtual para la formación deportiva del centro formativo del CEIMD.

i) Seguimiento, reconocimiento y registro de las actividades de formación reguladas por la normativa del periodo transitorio hacia las titulaciones regladas de régimen especial del deporte.

j) Seguimiento y aplicación de las novedades normativas que afectan a la formación de entrenadores y monitores deportivos en el ámbito de Navarra.

k) Participación y representación en comisiones y grupos de trabajo promovidos por el Consejo Superior de Deportes con otras comunidades autónomas para el desarrollo de las formaciones deportivas.

l) Participación en grupos de trabajo con otros centros para la innovación y el desarrollo de la formación.

m) Colaboración con la administración educativa en relación con el desarrollo de las enseñanzas deportivas en el ámbito de la Comunidad Foral.

n) Realización de informes, memorias y estudios relacionados con la actividad de la Unidad Técnica de Formación.

ñ) Apoyo a las actividades de asistencia al entrenamiento deportivo e investigación y asistencia médica que se planifiquen, con las implicaciones a dictaminar por la dirección del centro.

o) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas o que sea encomendada por la dirección del CEIMD.

Sección 3.ª. Subdirección de infraestructuras y desarrollo estratégico

Artículo 12. Negociado de Gestión de la Residencia Fuerte del Príncipe.

El Negociado de Gestión de la Residencia Fuerte del Príncipe, adscrito a la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico, ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión y control económico y administrativo de la Residencia Fuerte del Príncipe.

b) Gestión y control de los procedimientos de contratación para el funcionamiento de la Residencia Fuerte del Príncipe.

c) Control y coordinación del personal adscrito a la Residencia Fuerte del Príncipe.

d) Gestión de inversiones y material de la Residencia Fuerte del Príncipe.

e) Gestión de control de la cesión de espacios a Federaciones deportivas y Entidades. Coordinación con otros Departamento del Gobierno de Navarra en la cesión de espacios y sus procedimientos.

f) Gestión de los usuarios en los procedimientos e selección y en su control diario.

g) Gestión y control de la Residencia Fuerte del Príncipe en mantenimiento y conservación.

h) Gestión de procedimientos administrativos relacionados con la Sección de Gestión de Infraestructuras.

i) Gestión de pliegos de licitación y contratos de servicios de gestión tramitados por la Sección de Gestión de Infraestructuras.

j) Seguimiento y control de la actualización del censo y la seguridad en las instalaciones deportivas de Navarra.

k) Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas por la Subdirección de Infraestructuras y Desarrollo Estratégico.

Disposición Adicional Primera. Supresión de unidades.

Se suprimen la Unidad Técnica de Asistencia y la Unidad Técnica de Investigación.

Disposición Derogatoria Única. Derogaciones normativas.

Se derogan:

a) La Orden Foral 38/2015, de 23 de noviembre, de la consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y del Organismo Autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a nivel de negociados, excepto los artículos que regulan los negociados de la Subdirección de Juventud y el Negociado de Centros de Juventud.

b) Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden foral.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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