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DECRETO FORAL 51/2021, DE 23 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS

BON N.º 170 - 22/07/2021



Preámbulo

El Departamento de Educación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintitrés de junio de dos mil veintiuno,

decreto:

Artículo Único. Creación de plazas de la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en el Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

Dirección General de Educación

- Una vacante de Asesor, de régimen funcionarial, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 39459.

- Una vacante de Técnico de Administración Pública (Rama Económica), de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 39460.

- Una vacante de Administrativo, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 39461.

Disposición Final Primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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