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ORDEN FORAL 148E/2020, DE 17 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA LA DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE RESIDUOS 2020

BON N.º 235 - 09/10/2020; corr. err., BON 30/10/2020



  ANEXO. Criterios distribución del Fondo Residuos 2020


Preámbulo

La Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad, crea el denominado Fondo de Residuos para financiar medidas que tengan por objeto mitigar los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generación y gestión de residuos.

El Fondo de residuos se integra de manera diferenciada en el presupuesto del departamento con competencias en materia de medio ambiente y se provee de los siguientes recursos:

a) La cantidad resultante de la recaudación del impuesto a la eliminación en vertedero y a la incineración de residuos.

b) El importe recaudado de las sanciones impuestas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por la comisión de infracciones a la normativa en materia de residuos.

c) El importe de las garantías financieras depositadas para la gestión de residuos ante Hacienda de Navarra, una vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 41 de esta ley foral.

d) Las aportaciones del presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

e) Las subvenciones y ayudas otorgadas por otros entes.

f) Las donaciones, herencias, las aportaciones y las ayudas que los particulares, las empresas o instituciones destinen específicamente al Fondo.

g) Las aportaciones realizadas directamente al Gobierno de Navarra para las acciones de promoción y comunicación provenientes de los convenios firmados con los sistemas que se establecen para la gestión de los residuos de envases o de otros sistemas de gestión de residuos que se desarrollen en el marco de la responsabilidad ampliada del productor, y, en su caso, las no utilizadas para estos fines por las entidades locales.

h) Cualquier otra aportación destinada a financiar operaciones de gestión de residuos.

El Fondo de residuos de 2020, se compone de 3.358.768 euros procedentes del impuesto sobre la eliminación en vertedero y la incineración de residuos, y unos ingresos de 212.276 euros procedentes de multas por la comisión de infracciones en materia de residuos impuestas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, lo que hace un importe total de 3.571.044 euros. Para el cómputo de estos ingresos se ha tenido en cuenta el periodo que abarca desde el 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019, según lo establecido en el Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos.

A través de la presente Orden Foral de distribución de los ingresos del Fondo de Residuos de 2020 se cumple con el mandato establecido en el Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos, y en el artículo 43 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su fiscalidad, que establece que “la partida presupuestaria ‘Fondo de residuos' se distribuirá anualmente por el departamento con competencias en materia de medio ambiente, previa consulta al Ente Público de Residuos de Navarra, de acuerdo con el criterio de priorización de los escalones superiores de la jerarquía de residuos, el cumplimiento de los objetivos, urgencia ambiental, proporcionalmente a la aportación económica de cada flujo de residuos al mismo y según las siguientes materias (...)”.

Mediante Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, se aprueban los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020. En los presupuestos de gastos se han previsto las partidas de gasto correspondientes al Fondo de Residuos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su fiscalidad. Dentro del citado presupuesto podemos encontrar las siguientes partidas presupuestarias:

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El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, a través del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, ha realizado el análisis anual de la situación en la gestión de residuos en la Comunidad Foral de Navarra y ha realizado una propuesta de distribución del Fondo, que con fecha 7 de agosto de 2020 se ha hecho llegar al Consorcio de Residuos y a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Ambas Entidades, en el plazo estipulado de 15 días, han realizado comentarios respecto a las bases reguladoras, pero ninguna referido al objeto de esta Orden Foral, excepto algunas precisiones respecto su redacción.

Por otro lado, y por motivos de eficiencia en la gestión de los recursos del flujo de construcción y demolición, y materiales naturales excavados, se ha determinado por el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, que se traspasen 60.000 euros de las actuaciones de carácter general y urgencia ambiental de su apartado de actuaciones de restauración de zonas degradadas, a las subvenciones del citado flujo.

Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta las aportaciones recibidas, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, ha propuesto destinar las siguientes cantidades proporcionalmente a la aportación económica de cada flujo de residuos, tal y como se definen en el artículo 3, del Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos, y según las materias del artículo 43 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su fiscalidad:

-Flujo de residuos domésticos. 1.172.590,52 euros para la concesión de subvenciones a entidades locales que tienen atribuida la competencia de la recogida, transporte o gestión de residuos domésticos y que hayan contribuido a la generación del Fondo de Residuos por este concepto. Esta cantidad se distribuirá, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1, del Decreto Foral 49/2020, de 15 de julio, a acciones relacionadas con la prevención y con la recogida selectiva, 850.000,00 euros, y a acciones relacionadas con su gestión, 322.590,52 euros, mediante las dos convocatorias siguientes:

872.590,52 euros para acciones relacionadas con la prevención, la recogida selectiva y la gestión de los residuos domésticos que se vayan a desarrollar a lo largo de 2020.

300.000,00 euros para inversiones relacionadas con la gestión de residuos domésticos que se vayan a realizar en varios ejercicios.

-Flujo de otros residuos no peligrosos. 1.150.000,00 euros para la concesión de subvenciones a empresas para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales.

-Flujo de construcción y demolición, y materiales naturales excavados. 1.060.000,00 euros para la concesión de subvenciones a empresas y entidades locales para optimización y mejora de los sistemas de reciclaje y valorización material de residuos de construcción y demolición, y para la valorización material de materiales naturales excavados.

-Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental. 188.453,48 euros. De los que 10.000 euros son para estudios y trabajos técnicos, 90.000 euros son para dotación de sistemas de trazabilidad y control, caracterizaciones y teletramitación de datos y 88.453,48 euros son para actuaciones de restauración de zonas degradadas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 34/2019, de 6 de agosto, por el que se nombra Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

ordeno:

1.º Aprobar la distribución del Fondo de Residuos 2020, conforme a los criterios de asignación que se recogen en el Anexo de la presente Orden Foral, de tal modo que corresponden:

- 872.590,52 euros para la concesión de subvenciones a entidades locales que tienen atribuida la competencia de la recogida, transporte y gestión de residuos domésticos y que hayan tributado por este concepto. En concreto, para acciones relacionadas con la prevención, la recogida selectiva y la gestión de los residuos domésticos que se vayan a desarrollar a lo largo de 2020. Con cargo a las partidas presupuestarias: 740001 74100 4609 456205 Fondo de residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 272.590,52 euros y 740001 74100 7609 456204 Fondo de residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 600.000 euros.

- 300.000,00 euros para la concesión de subvenciones a entidades locales que tienen atribuida la competencia de la recogida, transporte y gestión de residuos domésticos y que hayan tributado por este concepto. En concreto, para inversiones relacionadas con la gestión de residuos domésticos que se vayan a realizar en varios ejercicios. Con cargo a la partida presupuestaria: 740001 74100 7609 456204 Fondo de residuos. Subvenciones a entidades locales.

- 1.150.000,00 euros para la concesión de subvenciones a empresas para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales. Con cargo a la partida presupuestaria: 740001 74100 7701 456202 Fondo de residuos. Subvenciones sector privado.

- 1.060.000,00 euros para la concesión de subvenciones a empresas y entidades locales para optimización y mejora de los sistemas de reciclaje y valorización material de residuos de construcción y demolición, y para la valoración material de materiales naturales excavados. Con cargo a las partidas presupuestarias: 740001 74100 7701 456202 Fondo de residuos. Subvenciones sector privado por importe de 330.000 euros y 740001 74100 7609 456204 Fondo de residuos. Subvenciones a entidades locales por importe de 730.000 euros.

- 188.453,48 euros a actuaciones de carácter general y urgencia ambiental. De los que 10.000 euros son para estudios y trabajos técnicos, con cargo a la partida 740001 74100 2276 456207 Fondo residuos. Estudios y trabajos técnicos; 90.000 euros son para dotación de sistemas de trazabilidad y control, caracterizaciones y teletramitación de datos, con cargo a la partida 740001 74100 6091 456200 Fondo residuos. Proyectos Técnicos; y 88.453,48 euros son para actuaciones de restauración de zonas degradadas, con cargo a la partida 740001 74100 2279 456200 Fondo residuos. Actuaciones de carácter general y urgencia ambiental sector privado.

2.º Contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, al Servicio Jurídico de Medio Ambiente, al Negociado de Asuntos Económicos, al Consorcio de Residuos de Navarra y a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

ANEXO. Criterios distribución del Fondo Residuos 2020

ANEXO

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