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DECRETO FORAL 3/2020, DE 22 DE ENERO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS

BON N.º 22 - 03/02/2020



Preámbulo

El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su Plantilla Orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de enero de dos mil veinte,

decreto:

Artículo Único. Creación de plazas de la Plantilla Orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La Plantilla Orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en el Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

Departamento de Políticas Migratorias y Justicia

Dirección General de Políticas Migratorias.

- Una vacante de Educador Social, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10905.

- Dos vacantes de Trabajador Social, de régimen funcionarial, nivel B, con nivel B1 de conocimiento de inglés, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 10906 y 10907.

- Tres vacantes de Auxiliar Administrativo, de régimen funcionarial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 10908, 10909 y 10910.

Secretaría General Técnica.

- Dos vacantes de Auxiliar Administrativo, de régimen funcionarial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 10911 y 10912.

Disposición Final Primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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