ORDEN FORAL 4/2019, DE 22 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERA DE RELACIONES CIUDADANAS, POR LA QUE SE APRUEBA LA IDENTIDAD GRÁFICA DE LOS LUGARES DE MEMORIA HISTÓRICA DE NAVARRA
BON N.º 175 - 05/09/2019
ANEXO.
La Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de Memoria Histórica de Navarra, establece como una de sus finalidades la divulgación y difusión de los mencionados lugares.
Para ello, el artículo 15.2 del citado texto legislativo dispone que el departamento competente en materia de Memoria Histórica establecerá la identidad gráfica de los lugares de memoria histórica para su señalización y difusión oficial de acuerdo con la normativa vigente en materia de identidad corporativa y en materia de uso oficial de los topónimos de la Comunidad Foral.
Visto informe de la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos por el que se propone la aprobación de la identidad gráfica de los lugares de memoria histórica de Navarra, así como las aplicaciones y usos de la misma.
En su virtud, en ejercicio de las facultades que me corresponden como Consejera del Departamento de Relaciones Ciudadanas, según el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, ordeno:
1.º Aprobar la identidad gráfica para la señalización de los espacios, inmuebles o parajes declarados como Lugares de Memoria Histórica e inscritos en el Registro de Lugares de Memoria Histórica de Navarra, que se adjunta como Anexo a la presente Orden Foral.
2.º Las especificaciones del diseño son las siguientes:
- Descripción: logotipo a color configurado por dos formas simétricas de la grafía “m” en letra Toon Around Regular, separadas a forma espejo por una banda central y enmarcadas en cuadro de color negro. Debajo de la grafía se incluye leyenda bilingüe, legible en forma tanto horizontal como vertical (Lugares de Memoria/Memoria Tokiak).
- Color: la grafía superior del logotipo se plasma en tinta Pantone Process Black C 0 C, 0 M, 0 Y, 100 K RAL 9011. La parte inferior de la grafía se realiza en tinta Pantone 4715C 34 C, 58 M, 64Y, 14 K, RAL 8024. Todo ello sobre fondo blanco enmarcado en color negro.
- Aplicaciones en soportes de información: según lo establecido para monolitos, atriles y banderolas en el Anexo adjunto.
3.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.
4.º Contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
ANEXO.