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DECRETO FORAL 94/2019, DE 14 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES CIUDADANAS

BON N.º 159 - 15/08/2019



Preámbulo

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, se ha establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento. En consecuencia, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El artículo 30.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que cada Departamento se estructura en una o varias Direcciones Generales y en una Secretaría General Técnica, que depende directamente de la persona titular del mismo. Asimismo, el apartado 3 de dicho artículo señala que, no obstante lo anterior, podrán existir dentro de cada Departamento otros órganos dependientes directamente de la persona titular del mismo.

Por otra parte, el artículo 31.2 de la mencionada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, señala que la creación, modificación, agrupación y supresión de Direcciones Generales, así como la determinación del área o áreas a las que se extenderá la competencia de cada una de ellas, corresponde al Gobierno de Navarra, mediante decreto foral, a propuesta de la persona titular del respectivo Departamento.

El artículo 46.2 de la referida Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, señala, a su vez, que los organismos autónomos estarán adscritos a un Departamento o a una Dirección General de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de agosto de dos mil diecinueve,

decreto:

Artículo Único. Estructura básica del Departamento de Relaciones Ciudadanas.

1. El Departamento de Relaciones Ciudadanas, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

a) Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos.

b) Dirección General de Acción Exterior.

c) Secretaría General Técnica del Departamento.

2. Queda adscrito al Departamento de Relaciones Ciudadanas el organismo autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera.

3. La Dirección General de Acción Exterior asumirá el ejercicio de las funciones correspondientes a la Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

Disposición Transitoria Única. Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

El actual Delegado del Gobierno de Navarra en Bruselas seguirá ejerciendo las funciones como tal, en tanto no se nombre a la persona titular de la Dirección General de Acción Exterior.

Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto foral.

Disposición Final Primera. Habilitaciones.

Se habilita a la persona titular del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y a la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.

Disposición Final Segunda. Vigencia.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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