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DECRETO FORAL 88/2019, DE 14 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

BON N.º 159 - 15/08/2019



Preámbulo

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, se ha establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento. En consecuencia, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El artículo 30.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que cada Departamento se estructura en una o varias Direcciones Generales y en una Secretaría General Técnica, que dependen directamente de la persona titular del mismo. Asimismo, el apartado 3 de dicho artículo señala que, no obstante lo anterior, podrán existir dentro de cada Departamento otros órganos dependientes directamente de la persona titular del mismo.

Por otra parte, el artículo 31.2 de la misma Ley Foral 11/2019, señala que la creación, modificación, agrupación y supresión de Direcciones Generales, así como la determinación del área o áreas a las que se extenderá la competencia de cada una de ellas, corresponde al Gobierno de Navarra, mediante decreto foral, a propuesta de la persona titular del respectivo Departamento.

El artículo 46.2 de la referida Ley Foral 11/2019, señala, a su vez, que los organismos autónomos estarán adscritos a un Departamento o a una Dirección General de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de agosto de dos mil diecinueve,

decreto:

Artículo Único. Estructura básica del Departamento de Economía y Hacienda.

1. El Departamento de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

a) Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica.

b) Dirección General de Intervención.

c) Secretaría General Técnica del Departamento.

d) Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra.

e) Instituto de Estadística de Navarra (NASTAT) Nota de Vigencia.

2. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, órgano con independencia funcional, queda adscrito al Departamento de Economía y Hacienda.

La Secretaría del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, con rango de Sección, queda adscrita a la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda.

3. Queda adscrito al Departamento de Economía y Hacienda el organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra.

Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto Foral 53/2015, de 12 de agosto, por el que se determina la estructura básica del Departamento de Hacienda y Política Financiera y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto foral.

Disposición Final Primera. Habilitaciones.

Se habilita a la persona titular del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y a la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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