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RESOLUCIÓN 1093/2018, DE 5 DE DICIEMBRE, DEL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS INTERURBANOS DE TAXI

BON N.º 249 - 28/12/2018



Preámbulo

Mediante Resolución 477/2012, de 21 de noviembre, del Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 241, de 12 de diciembre de 2012, se aprobaron las tarifas correspondientes a los servicios interurbanos de taxi, actualmente en vigor.

Con fecha 4 de septiembre de 2018 don Francisco José Asín Pérez, en representación de la Asociación Independiente de Taxistas Autopatronos de Navarra (AITAN) ha solicitado la actualización de las tarifas interurbanas de taxi para 2019, conforme al IPC interanual de agosto de 2018. Asimismo, con el fin de que las tarifas interurbanas y las de la zona B del Área Territorial de Prestación Conjunta del Servicio de Taxi en la Comarca de Pamplona sigan unificadas, ha solicitado la modificación del actual horario de prestación del servicio de la tarifa nocturna ampliándolo dos horas en días laborables para que quede establecido desde las 21:00 a las 7:00 horas así como la consideración como festivos de los días 5 de enero, 24 de diciembre y 31 de diciembre desde las 18:00 horas.

La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi, establece en el apartado 2 de su artículo 40 que corresponde al Departamento competente en materia de Transportes la aprobación del régimen tarifario aplicable a los servicios interurbanos de taxi, previa audiencia de las asociaciones profesionales representativas del sector del taxi y de los consumidores y usuarios.

El Servicio de Transportes considera adecuada la actualización de las tarifas para el año 2019 mediante el incremento del IPC interanual de agosto de 2018, que asciende al 2,4%, por lo que propone las siguientes tarifas de los servicios interurbanos de taxi:

- Kilómetro recorrido: 0,60 euros.

- Hora de espera: 16,71 euros.

- Mínimo de percepción: 3,29 euros.

Los periodos de espera se computarán por fracciones de quince minutos a razón de 4,17 euros cada fracción.

El Servicio de Transportes propone ampliar el horario nocturno a una de las horas solicitadas, desde las 6:00 hasta las 7:00 horas en días laborables, para garantizar la prestación de un mejor servicio en esa franja horaria con alta demanda puntual y asegurar la coordinación tarifaria entre los servicios urbanos e interurbanos. Con los mismos objetivos y teniendo en cuenta las especiales características de dichos días, propone que se consideren como festivos, además de los establecidos en la Resolución 312/2018, de 19 de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2019 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, los días 5 de enero, 24 de diciembre y 31 de diciembre, desde las 18:00 horas.

En los servicios nocturnos prestados desde las 22:00 horas hasta las 7:00 horas en días laborables, así como entre las 0:00 horas y las 24:00 horas de los sábados y festivos, se propone aumentar el importe de la tarifa en un 25% sobre la tarifa diurna en día laborable.

El Servicio de Transportes informa que se ha dado trámite de audiencia a las asociaciones profesionales del sector del taxi y de los consumidores y usuarios, en cumplimiento del artículo 40 de la Ley Foral 9/2005, del 6 de julio, del Taxi. La Asociación de Consumidores y Usuarios de Navarra Irache ha manifestado su disconformidad con el cambio de horarios y la inclusión de un mayor horario festivo en determinados días, por considerar que no existe ninguna razón y produce un perjuicio para los consumidores. El Servicio de Transportes considera que dichas medidas se justifican en la conveniencia de garantizar la prestación de un mejor servicio y en la necesidad de coordinación entre las tarifas urbanas e interurbanas.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de conformidad con lo propuesto por el Servicio de Transportes, resuelvo:

1.º Establecer que los servicios interurbanos de taxi se realizarán con sujeción a las siguientes tarifas máximas:

- Los días laborales en horario diurno (de 07:00 a 22:00 horas):

Kilómetro recorrido: 0,60 euros.

Hora de espera: 16,71 euros.

Mínimo de percepción: 3,29 euros.

Los periodos de espera se computarán por fracciones de quince minutos a razón de 4,17 euros cada fracción.

- Los días laborables en horario nocturno (entre las 22:00 horas y las 7:00 horas) así como los sábados y festivos (entre las 0:00 horas y las 24:00 horas) se aumentará el importe de las tarifas en un 25% sobre la tarifa del día laborable en horario diurno.

A estos efectos, además de los establecidos como festivos en la Resolución 312/2018, de 19 de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2019 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, se considerarán festivos los días 5 de enero, 24 de diciembre y 31 de diciembre desde las 18:00 horas.

Si las tarifas se prorrogaran para futuros años, el calendario de días considerados festivos se obtendría de la resolución dictada referente a los días festivos oficiales de cada año.

2.º Establecer que estas tarifas serán de aplicación desde el 1 de enero de 2019 a todos los servicios interurbanos de taxi realizados al amparo de autorizaciones para la prestación de servicios interurbanos de taxi otorgadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a excepción de los servicios interurbanos realizados por los titulares de las licencias de taxi pertenecientes al Área Territorial de Prestación Conjunta del Taxi en la Comarca de Pamplona quienes aplicarán las tarifas urbanas aprobadas, sin suplementos, cuando circulen por el interior del Área.

3.º Determinar que los vehículos a los que afecta la presente Resolución irán provistos de los oportunos cuadros de tarifas, que deberán ser visados por el Servicio de Transportes.

El cuadro de tarifas vigente deberá exponerse en el interior del vehículo en lugar fácilmente visible para el usuario.

4.º Notificar esta Resolución al Servicio de Transportes, a la Asociación Teletaxi-San Fermín, a la Asociación de Taxistas de Tudela, a la Asociación Independiente de Taxistas Autopatronos de Navarra (AITAN), a Ecotaxi y a la Asociación de Consumidores y Usuarios de Navarra Irache.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Señalar que contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Las Administraciones Públicas, cuando sean interesadas en el expediente, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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