(ir al contenido)

navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

LEXNAVARRA


Versión para imprimir


ACUERDO DEL GOBIERNO DE NAVARRA, DE 12 DE ABRIL DE 2017, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES Y SE APRUEBAN SUS FUNCIONES Y COMPOSICIÓN Nota de Vigencia

BON N.º 89 - 10/05/2017



Preámbulo

La transversalidad de género y la igualdad entre mujeres y hombres sigue siendo una de las prioridades de la agenda europea. Tras la transposición de las directivas comunitarias, en el ámbito estatal, los avances en política pública en materia de igualdad de género, tienen en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, un verdadero punto de inflexión. Esta ley orgánica consolida un marco legislativo garante de una intervención institucional que promueva activamente la igualdad de género en todos los niveles y en todos los ámbitos de actuación.

El Gobierno de Navarra, y especialmente desde la creación del Instituto Navarro para la Igualdad (1995), ha dado ya importantes pasos en este sentido. En el ámbito legislativo destaca la Ley Foral 33/2002, de 28 de noviembre, de fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En este marco, la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, ya incide en la necesidad de aplicar la estrategia de transversalidad de género.

Igualmente la Ley Foral 14/2015 de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres, también incide en que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra promoverá la coordinación de las instituciones con competencias en las materias previstas en dicha ley.

En estos cambios legislativos subyace un nuevo planteamiento en la aplicación práctica de las políticas de igualdad y contra la violencia hacia las mujeres basado en la utilización de la estrategia de transversalidad de género que implica la integración de la dimensión de género en cuantas actividades se lleven a cabo, afectando a todas las fases y niveles de la gestión pública.

El I Plan de Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres de la Comunidad Foral de Navarra, cuya vigencia permanece hasta que no se elabore otro plan en la materia, entre sus objetivos específicos relativos a las instituciones públicas se encuentra ofrecer herramientas para la inclusión del enfoque de género en el diseño y la gestión de las políticas de cada departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra e implicar a los Departamentos, en la puesta en marcha de medidas, considerando sus áreas de competencia. Por otro lado, entre las acciones que responden a los objetivos específicos que afectan a las Administraciones Públicas se indica el crear unidades administrativas de carácter funcional de políticas de igualdad.

El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, de acuerdo con el Decreto Foral 240/2015, de 30 de septiembre, que regula sus estatutos, tiene como competencias la coordinación y gestión de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, así como la coordinación y gestión de las medidas de actuación integral frente a la violencia contra las mujeres o violencia de género. Para lo cual, entre otras funciones, impulsará la incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas de igualdad entre mujeres y hombres y violencia contra las mujeres, programas y acciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a todos sus niveles y en todas sus fases.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

acuerda:

1.º Crear la Comisión Interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres, órgano de colaboración, cooperación y coordinación de carácter intersectorial para la integración del principio de igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia hacia las mujeres en todas las políticas de la Administración de la Comunidad Foral.

2.º La Comisión Interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres ejercerá las siguientes funciones:

a) Contribuir al cumplimiento de la normativa existente en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

b) Conocer y apoyar cuantas medidas considere convenientes para afrontar y mejorar la situación de desigualdad en la que se encuentran las mujeres navarras.

c) Estudiar y proponer los recursos necesarios para el desarrollo de la estrategia de implantación de la transversalidad de género en todos los Departamentos del Gobierno de Navarra.

d) Impulsar los planes, programas y líneas de actuación interdepartamentales para la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la violencia hacia las mujeres, además de hacer la evaluación y el seguimiento de los mismos.

e) Establecer los comités y grupos de trabajo interdepartamentales necesarios para desarrollar las líneas de actuación priorizadas.

3.º La Comisión Interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres, está integrada por las personas titulares de las Direcciones Generales o Gerencias y cuyo ámbito de trabajo sea estratégico para incorporar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y tendrá la siguiente composición:

a) Presidencia:

La presidencia la ejercerá la persona que ejerza la Presidencia del Gobierno de Navarra.

b) Vicepresidencia:

La vicepresidencia la ejercerá la persona titular del Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de igualdad de género.

c) Vocales representantes de los diferentes Departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra:

-La persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

- La persona titular de la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales.

- La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Empleo/Nafar Lansare.

- La persona titular de la Dirección General de Inclusión y Protección Social.

- La persona titular de la Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo.

- La persona titular de la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

- La persona titular de la Dirección General de Educación.

- La persona titular de la Dirección General del Presupuesto.

- La persona titular de la Dirección General de Función Pública.

- La persona titular de la Dirección General de Justicia.

- La persona titular de la Dirección General de Interior.

- La persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

- La persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto de Salud Pública y Laboral.

- La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O).

- La persona titular de la Subdirección de Promoción y Gestión del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

d) La Secretaría será ejercida por la persona titular de la Subdirección de Planificación y Programas del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

4.º Dejar sin efecto el Acuerdo de Gobierno de 18 de mayo de 2016, por el que se aprobó la creación de la Comisión para la Transversalidad de Género en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, entendiendo que asume las funciones para las que fue creada esta comisión.

5.º Trasladar este acuerdo a las personas interesadas y publicarlo en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web