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ORDEN FORAL 63/2016, DE 22 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA ASISTENCIAL Y NO ASISTENCIAL DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARIA

BON N.º 174 - 08/09/2016; corr. err., BON 3/10/2016



Preámbulo

El Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, señala en el artículo 2 que corresponde al Consejero de Salud la creación, modificación y supresión de los Servicios, Secciones y Unidades necesarias para el mejor desarrollo funcional de la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

A su vez, el artículo 19.2 del referido Decreto Foral establece que los Servicios asistenciales y demás unidades orgánicas inferiores se establecerán por Orden Foral del Consejero de Salud a propuesta de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

La nueva estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea diferencia de forma nítida la alta dirección, que se sitúa en los Órganos Centrales, de la de Estructura Periférica que asume la gestión de los centros sanitarios: Complejo Hospitalario de Navarra, Salud Mental, Gerencia de Atención Primaria y Áreas de Salud de Tudela y Estella/Lizarra.

La Atención Primaria constituye el primer nivel asistencial de atención sanitaria para los ciudadanos a los que presta un modelo de atención accesible, integral, integrado y personalizado tanto en lo que respecta al diagnóstico y curación como en la prevención y formación en autocuidados, por lo que es preciso adaptar la estructura a los fines indicados.

Teniendo en consideración las premisas indicadas, la Gerencia de Atención Primaria realiza una propuesta de reorganización de la estructura existente para la consecución de los objetivos indicados, estableciéndose en una única norma la totalidad de la estructura de la misma.

Por todo ello, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, ordeno:

Artículo 1. Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto establecer la estructura asistencial y no asistencial de la Gerencia de Atención Primaria, para el mejor desarrollo de sus tareas y cometidos.

Artículo 2. Estructura de la Subdirección de Atención Primaria y Continuidad Asistencial Navarra Norte.

1. La Subdirección de Atención Primaria y Continuidad Asistencial de Navarra Norte se estructura en los siguientes centros:

a) EAP Altsasu/Alsasua.

b) EAP Ansoain.

c) EAP Aoiz.

d) EAP Auritz/Burguete.

e) EAP Barañain.

f) EAP Berriozar.

g) EAP Buztintxuri.

h) EAP Casco Viejo.

i) EAP Doneztebe/Santesteban.

j) EAP Elizondo.

k) EAP Ermitagaña.

l) EAP Etxarri Aranatz.

m) EAP Huarte.

n) EAP Irurtzun.

ñ) EAP Leitza.

o) EAP Lesaka.

p) EAP Orkoien.

q) EAP Rochapea.

r) EAP San Jorge.

s) EAP San Juan.

t) EAP Ultzama.

v) EAP Villava.

2. Los Equipos de Atención Primaria detallados en el apartado anterior disponen de la siguiente estructura orgánica:

a) EAP Altsasu/Alsasua: Dirección del EAP de Alsasua, Jefatura de Unidad de Enfermería de Alsasua y Jefatura de Unidad de Administración de Alsasua.

b) EAP Ansoain: Dirección del EAP de Ansoain, Jefatura de Unidad de Enfermería de Ansoain y Jefatura de Unidad de Administración de Ansoain.

c) EAP Aoiz: Dirección del EAP de Aoiz y Jefatura de Unidad de Enfermería de Aoiz.

d) EAP Auritz/Burguete: Dirección del EAP de Auritz/Burguete y Jefatura de Unidad de Enfermería de Auritz/Burguete.

e) EAP Barañain: Dirección del EAP de Barañain, Jefatura de Unidad de Enfermería de Barañain y Jefatura de Unidad de Administración de Barañain.

f) EAP Berriozar: Dirección del EAP de Berriozar, Jefatura de Unidad de Enfermería de Berriozar y Jefatura de Unidad de Administración de Berriozar.

g) EAP Buztintxuri: Dirección del EAP de Buztintxuri, Jefatura de Unidad de Enfermería Buztintxuri y Jefatura de Unidad de Administración Buztintxuri.

h) EAP Casco Viejo: Dirección del EAP del Casco Viejo, Jefatura de Unidad de Enfermería del Casco Viejo y Jefatura de Unidad de Administración del Casco Viejo.

i) EAP Doneztebe/Santesteban: Dirección del EAP de Doneztebe/Santesteban y Jefatura de Unidad de Enfermería de Doneztebe/Santesteban.

j) EAP Elizondo: Dirección del EAP de Elizondo y Jefatura de Unidad de Enfermería de Elizondo.

k) EAP Ermitagaña: Dirección del EAP de Ermitagaña, Jefatura de Unidad de Enfermería de Ermitagaña y Jefatura de Unidad de Administración de Ermitagaña.

l) EAP Etxarri Aranatz: Dirección del EAP de Etxarri Aranatz y Jefatura de Unidad de Enfermería de Etxarri Aranatz.

m) EAP Huarte: Dirección del EAP de Huarte, Jefatura de Unidad de Enfermería de Huarte y Jefatura de Unidad de Administración de Huarte.

n) EAP Irurtzun: Dirección del EAP de Irurtzun y Jefatura de Unidad de Enfermería de Irurtzun.

ñ) EAP Leitza: Dirección del EAP de Leitza y Jefatura de Unidad de Enfermería de Leitza.

o) EAP Lesaka: Dirección del EAP de Lesaka, Jefatura de Unidad de Enfermería de Lesaka y Jefatura de Unidad de Administración de Lesaka.

p) EAP Orkoien: Dirección del EAP de Orkoien y Jefatura de Unidad de Enfermería de Orkoien.

q) EAP Rochapea: Dirección del EAP de Rochapea, Jefatura de Unidad de Enfermería de Rochapea y Jefatura de Unidad de Administración de Rochapea.

r) EAP San Jorge: Dirección del EAP de San Jorge, Jefatura de Unidad de Enfermería de San Jorge y Jefatura de Unidad de Administración de San Jorge.

s) EAP San Juan: Dirección del EAP de San Juan, Jefatura de Unidad de Enfermería de San Juan y Jefatura de Unidad de Administración de San Juan.

t) EAP Ultzama: Dirección del EAP de Ultzama y Jefatura de Unidad de Enfermería de Ultzama.

v) EAP Villava: Dirección del EAP de Villava, Jefatura de Unidad de Enfermería de Villava y Jefatura de Unidad de Administración de Villava.

Artículo 3. Estructura de la Subdirección de Atención Primaria y Continuidad Asistencial Navarra Este.

1. La Subdirección de Atención Primaria y Continuidad Asistencial de Navarra se estructura en los siguientes centros:

a) EAP Artajona-Larraga.

b) EAP Azpilagaña.

c) EAP Burlada.

d) EAP Carcastillo.

e) EAP Cizur-Echavacoiz.

f) EAP Chantrea.

g) EAP II Ensanche.

h) EAP Isaba.

i) EAP Iturrama.

j) EAP Mendillorri.

k) EAP Milagrosa.

l) EAP Noain.

m) EAP Olite.

n) EAP Peralta.

ñ) EAP Puente la Reina.

o) EAP Salazar.

p) EAP Sangüesa.

q) EAP Sarriguren.

r) EAP Tafalla.

2. Los Equipos de Atención Primaria detallados en el apartado anterior disponen de la siguiente estructura orgánica:

a) EAP Artajona-Larraga: Dirección del EAP de Artajona-Larraga y Jefatura de Unidad de Enfermería de Artajona-Larraga.

b) EAP Azpilagaña: Dirección del EAP de Azpilagaña, Jefatura de Unidad de Enfermería de Azpilagaña y Jefatura de Unidad de Administración de Azpilagaña.

c) EAP Burlada: Dirección del EAP de Burlada, Jefatura de Unidad de Enfermería de Burlada y Jefatura de Unidad de Administración de Burlada.

d) EAP Carcastillo: Dirección del EAP de Carcastillo y Jefatura de Unidad de Enfermería Carcastillo.

e) EAP Cizur-Echavacoiz: Dirección del EAP de Cizur-Echavacoiz, Jefatura de Unidad de Enfermería de Cizur-Echavacoiz y Jefatura de Unidad de Administración de Cizur-Echavacoiz.

f) EAP Chantrea: Dirección del EAP de Chantrea, Jefatura de Unidad de Enfermería de Chantrea y Jefatura de Unidad de Administración de Chantrea.

g) EAP II Ensanche: Dirección del EAP de II Ensanche, Jefatura de Unidad de Enfermería de II Ensanche y Jefatura de Unidad de Administración de II Ensanche.

h) EAP Isaba: Dirección del EAP de Isaba y Jefatura de Unidad de Enfermería de Isaba.

i) EAP Iturrama: Dirección del EAP de Iturrama, Jefatura de Unidad de Enfermería de Irurrama y Jefatura de Unidad de Administración de Iturrama.

j) EAP Mendillorri: Dirección del EAP de Mendillori, Jefatura de Unidad de Enfermería de Mendillori y Jefatura de Unidad de Administración de Mendillorri.

k) EAP Milagrosa: Dirección del EAP de Milagrosa, Jefatura de Unidad de Enfermería de Milagrosa y Jefatura de Unidad de Administración de Milagrosa.

l) EAP Noain: Dirección del EAP de Noain, Jefatura de Unidad de Enfermería de Noain y Jefatura de Unidad de Administración de Noain.

m) EAP Olite: Dirección del EAP de Olite y Jefatura de Unidad de Enfermería de Olite.

ñ) EAP Peralta: Dirección del EAP de Peralta, Jefatura de Unidad de Enfermería de Peralta y Jefatura de Unidad de Administración de Peralta.

o) EAP Puente la Reina: Dirección del EAP de Puente la Reina y Jefatura de Unidad de Enfermería de Puente la Reina.

p) EAP Salazar: Dirección del EAP de Salazar y Jefatura de Unidad de Enfermería de Salazar.

q) EAP Sangüesa: Dirección del EAP de Sangüesa, Jefatura de Unidad de Enfermería de Sangüesa y Jefatura de Unidad de Administración de Sangüesa.

r) EAP Sarriguren: Dirección del EAP de Sarriguren, Jefatura de Unidad de Enfermería de Sarriguren y Jefatura de Unidad de Administración de Sarriguren.

s) EAP Tafalla: Dirección del EAP de Tafalla, Jefatura de Unidad de Enfermería de Tafalla y Jefatura de Unidad de Administración de Tafalla.

3. Se adscribe la Sección de Salud Bucodental, de carácter asistencial, a la Subdirección de Atención Primaria y Continuidad Asistencial Navarra Este.

Artículo 4. Funciones de la Sección de Salud Bucodental.

La Sección de Salud Bucodental desarrollará las siguientes funciones:

a) Gestión y control del PADI, así como la realización de medidas preventivas y asistenciales de la población infantil de acuerdo con los programas establecidos.

b) Información, educación para la salud y adiestramiento en materia de higiene u salud bucodental.

c) Tratamiento de procesos agudos odontológicos, entendiendo por tales los procesos infecciosos y/o inflamatorios que afectan al área de bucodental.

d) Tratamiento de traumatismos oseodentarios, heridas y lesiones en la mucosa oral.

e) Tratamiento de la patología aguda de las articulaciones temporo-mandibular.

f) Exodoncias y exodoncias quirúrgicas.

g) Cirugía menor de la cavidad oral.

h) Revisión oral para la detección precoz de lesiones premalignas.

i) Biopsia de lesiones mucosas.

j) Exploración preventiva de la cavidad oral a mujeres embarazadas, instrucciones sanitarias en materia de dieta y salud bucodental, así como el adiestramiento en higiene bucodental y aplicación de fluor tópico.

k) Atención a pacientes discapacitados según lo establecido en el Decreto Foral 70/2013, de 7 de abril, por el que se modifica el Programa de Atención Dental a Minusválidos.

l) Colaboración con la Sección de Reumatología para la realización de biopsias de glándulas salivales menores.

m) Colaboración con los Servicios de Radioterapia, Oncología Médica y Hematología para revisión de pacientes que reciben tratamientos que afectan a la boca.

n) Docencia al personal MIR y TCAE de la IES Sanitaria.

o) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

p) Cualquier otra relacionada con las anteriores que le sean encomendadas por la Subdirección de Atención Primaria y Continuidad Asistencial Navarra Este.

Artículo 5. Estructura del Servicio de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria.

1. El Servicio de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria se estructura en las siguientes unidades:

a) Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Norte.

b) Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Norte-Este.

c) Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Este.

d) Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias Nota de Vigencia.

e) Unidad de Cuidados y Atención Sociosanitaria.

Artículo 6. Funciones de la Jefatura de Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria.

Corresponde a la Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria, en los Equipos de Atención Primaria que se les asignen, desarrollar las siguientes funciones:

a) Coordinar y evaluar el funcionamiento de las unidades de enfermería de Atención Primaria.

b) Asegurar la unidad de criterios en los aspectos de gestión de personal, docencia y formación.

c) Promover y evaluar la calidad de las actividades de atención, docencia e investigación en materia de cuidados sanitarios y sociales desarrolladas por el personal de enfermería diseñando programas de formación conjunta de las enfermeras de ambos niveles asistenciales.

d) Impulsar la atención domiciliaria y la atención sociosanitaria de nivel primario.

e) Gestionar y coordinar las necesidades y disponibilidades del personal de enfermería.

f) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

g) Asumir aquellas otras funciones que, expresamente, le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio Jefatura del Servicio de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria.

Artículo 7. Estructura de la Jefatura de la Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias Nota de Vigencia.

La Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias se estructura en la Unidad de Enfermería de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias.

Artículo 8. Funciones de la Jefatura de la Unidad de Enfermería de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias Nota de Vigencia.

La Unidad de Enfermería de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Evaluar el funcionamiento y garantizar el desarrollo adecuado de las actividades del personal perteneciente al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

b) Garantizar la organización del personal de enfermería adscrito al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

c) Evaluación de la calidad de de la asistencia sanitaria desarrollada por el personal de enfermería.

d) Coordinación del personal de enfermería, garantizando la unidad de criterios en los aspectos más relevantes del cuidado y atención al paciente.

e) Evaluación, control y mantenimiento de los recursos materiales necesarios para el funcionamiento del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

f) Implantación y evaluación de los planes y proyectos que se desarrollen.

g) Evaluación anual de los planes y objetivos del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

h) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura de Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias.

Artículo 9. Funciones de la Unidad de Cuidados y Atención Sociosanitaria.

La Unidad de Cuidados y Atención Sociosanitaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Coordinación del funcionamiento y garantizar el desarrollo adecuado de las actividades sociosanitarias en los Equipos de Atención Primaria.

b) Evaluación de la calidad de la actividad desarrollada en el área sociosanitaria.

c) Establecer y garantizar la unidad de criterios en los aspectos más relevantes del servicio prestado a los pacientes.

d) Implantación y evaluación de los planes y proyectos que se desarrollen.

e) Evaluación anual de los planes y objetivos anuales que se establezcan.

f) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria.

Artículo 10. Estructura del Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial.

1. El Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial se estructura en las siguientes unidades:

a) Sección de Capacidad Resolutiva y Continuidad Asistencial.

b) Sección de Formación e Investigación.

c) Unidad de Apoyo Administrativo.

Artículo 11. Funciones de la Sección de Capacidad Resolutiva y Continuidad Asistencial.

La Sección de Capacidad Resolutiva y Continuidad Asistencial desarrollará las siguientes funciones:

a) Impulsar el pleno desarrollo en todos los Equipos de Atención Primaria de Navarra del Plan de Mejora de Atención Primaria.

b) Impulsar, en el ámbito de Atención Primaria de toda Navarra, la extensión de la Estrategia de Pacientes Crónicos y Pluripatológicos, de la Estrategia Socio-sanitaria así como las Estrategias que se determinen.

c) Promover la mejora de la calidad científico-técnica, la efectividad y la capacidad resolutiva en Atención Primaria.

d) Mejora la eficiencia organizativa, desarrollando un modelo de atención que elimine tareas de escaso valor y optimice la gestión del tiempo.

e) Prestar apoyo técnico a los profesionales asistenciales en relación a su actividad asistencial, para evaluar y mejorar la práctica clínica y la organización de los Equipos de Atención Primaria.

f) Desarrollar un plan de formación dirigido a los profesionales de Atención Primaria de acuerdo con las líneas estratégicas establecidas y fomente el desarrollo profesional de todos los estamentos.

g) Fomentar la coordinación con el ámbito de asistencia especializada y salud mental, favoreciendo la continuidad asistencial de la atención al paciente.

h) Participar en el establecimiento de necesidades y definición funcional de las herramientas de los sistemas de información en el ámbito de Atención Primaria.

i) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

j) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial.

Artículo 12. Funciones de la Sección de Formación e Investigación.

La Sección de Formación e Investigación desarrollará las siguientes funciones:

a) Participar en el fomento de la gestión del conocimiento y de la investigación en Atención Primaria, contribuyendo a seleccionar las intervenciones que mejoren resultados hayan demostrado.

b) Coordinar la formación pregrado, planificar y desarrollar la formación postgrado, tanto del personal médico residente de medicina familiar y comunitaria, como del personal de enfermería residente de enfermería comunitaria, así como del resto de profesionales que soliciten adiestramiento.

c) Impulsar el Programa de Promoción de la Investigación del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en coordinación con la Fundación Miguel Servet.

d) Actuar como Unidad Docente de Medicina Familiar y Comunitaria de Navarra.

e) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

f) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial.

Artículo 13. Funciones de la Unidad de Apoyo Administrativo.

La Unidad de Apoyo Administrativo desarrollará las siguientes funciones:

a) Realizar la gestión administrativa de las actividades derivadas de la implantación del Plan de Mejora de Atención Primaria.

b) Desarrollar la gestión administrativa de las actividades de formación continuada e investigación de los profesionales de Atención Primaria, con independencia del órgano organizador.

c) Actuar como Secretaría de la Comisión de Euskera de Atención Primaria.

d) Realizar la gestión administrativa de las actividades de formación postgrado de la especialidad de Medicina de Familia y Salud Comunitaria, tanto del personal médico como de enfermería.

e) Mantenimiento de los sistemas de información relacionados con la docencia y cuadro de mandos de Atención Primaria.

f) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial.

Artículo 14. Estructura del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias Nota de Vigencia.

La Sección de gestión administrativa ejercerá las siguientes funciones:

a) Garantizar el desarrollo adecuado de las actividades correspondientes a los dispositivos adscritos al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

b) Organizar y gestionar los recursos humanos y materiales del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

c) Gestionar la documentación y el archivo correspondiente al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

d) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

e) Garantizar el adecuado aprovisionamiento de los centros dependientes del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

f) Gestionar, supervisar y coordinar los servicios generales y mantenimiento que se presten en los diferentes Centros.

g) Asumir las funciones delegadas por las Jefaturas de Servicio de Profesionales y de Gestión Económica y Servicios Generales de la Gerencia de Atención Primaria.

h) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la persona titular de la Jefatura del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

Artículo 15. Funciones de la Sección de gestión administrativa Nota de Vigencia.

La Sección de Gestión Administrativa desarrollará las siguientes funciones:

a) Garantizar el desarrollo adecuado de las actividades correspondientes a los dispositivos adscritos al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

b) Organizar y gestionar los recursos humanos y materiales del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias

c) Gestionar la documentación y el archivo correspondiente al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

d) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

e) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

Artículo 15 bis. Funciones de la Sección de emergencias y transporte sanitario urgente Nota de Vigencia.

La Sección de emergencias y transporte sanitario ejercerá las siguientes funciones:

a) Asumir la responsabilidad técnica de la Red de Emergencias Sanitarias de Navarra

b) Asumir la Coordinación Sanitaria de SOS Navarra

c) Establecer directrices y protocolos específicos de utilización y movilización de recursos sanitarios por parte de SOS Navarra y garantizar el cumplimiento

d) Elaborar propuestas de directrices, procedimientos, normas de funcionamiento y protocolos de la asistencia sanitaria urgente extrahospitalaria y del transporte sanitario de urgencia para toda la Región Sanitaria de Navarra.

e) Asumir la organización de todos los recursos sanitarios que participen en la Coordinación Sanitaria de SOS Navarra.

f) Gestionar todos los recursos humanos y materiales de los servicios de emergencias extrahospitalarias del Área de Pamplona.

g) Llevar la gestión operativa y organización de todos los recursos, tanto propios como concertados, que participen en el Transporte Sanitario de Urgencias y Emergencias de todo el territorio de la Comunidad Foral

h) Elaborar y participar en la organización del Plan de Formación Continuada de todo el personal, tanto propio como concertado, que participa en la Red de Emergencias Sanitarias de Navarra.

i) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la persona titular de la Jefatura del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias”.

Artículo 15 ter. Estructura de la Sección de emergencias y transporte sanitario Nota de Vigencia.

Se adscribe a la Sección de emergencias y transporte sanitario la Unidad de transporte sanitario urgente que ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestionar los recursos públicos de transporte sanitario.

b) Llevar la gestión operativa y organización de todos los recursos, tanto propios como concertados, que participen en el Transporte Sanitario de Urgencias y Emergencias de todo el territorio de la Comunidad Foral. Monitorizar, evaluar y controlar el cumplimiento de los tiempos y criterios de calidad establecidos.

c) Controlar el cumplimiento de las condiciones del contrato de las ambulancias concertadas que formen parte de la Red de Emergencias y Urgencias, informando al Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

d) Elaborar la memoria anual de la Unidad.

e) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la persona titular de la Jefatura de la Sección de emergencias y transporte sanitario urgente”.

Artículo 15 quater. Funciones de la Sección de urgencias extrahospitalarias del Área de Pamplona Nota de Vigencia.

La Sección de urgencias extrahospitalarias del Área de Pamplona ejercerá las siguientes funciones:

a) Asumir la responsabilidad técnica y garantizar el desarrollo adecuado de las actividades de las Urgencias Extrahospitalarias del Área de Pamplona.

b) Gestionar todos los recursos humanos y materiales de los servicios de Urgencias Extrahospitalarias del Área de Pamplona.

c) Elaborar procedimientos, normas de funcionamiento y protocolos de la asistencia sanitaria.

d) Implantar los planes y proyectos que le sean encomendados.

e) Promover y organizar la formación continuada del personal a su cargo.

f) Evaluar el cumplimiento de objetivos y la calidad de la asistencia sanitaria desarrollada.

g) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la persona titular de la Jefatura del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias”.

Artículo 15 quater. Estructura de la Sección de urgencias extrahospitalarias del Área de Pamplona Nota de Vigencia.

Se adscribe a la Sección de urgencias extrahospitalarias del Área de Pamplona la Unidad de enfermería de urgencias extrahospitalarias que ejercerá las siguientes funciones:

a) Evaluar el funcionamiento y garantizar el desarrollo adecuado de las actividades del personal perteneciente al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

b) Garantizar la organización del personal de enfermería adscrito al Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

c) Evaluación de la calidad de la asistencia sanitaria desarrollada por el personal de enfermería.

d) Coordinación del personal de enfermería, garantizando la unidad de criterios en los aspectos más relevantes del cuidado y atención al paciente.

e) Evaluación, control y mantenimiento de los recursos materiales necesarios para el funcionamiento del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

f) Implantación y evaluación de los planes y proyectos que se desarrollen.

g) Evaluación anual de los planes y objetivos del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

h) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura de Sección de Urgencias Extrahospitalarias del Área de Pamplona.

Artículo 16. Estructura del Servicio de Profesionales de Atención Primaria.

El Servicio de Profesionales de Atención Primaria se estructura en las siguientes unidades:

a) Sección de Administración de Profesionales.

b) Sección de Gestión de Retribuciones de Profesionales.

Artículo 17. Funciones de la Sección de Administración de Profesionales.

La Sección de Administración de Profesionales de Atención Primaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Creación, mantenimiento y actualización del registro integrado de los expedientes del personal de Atención Primaria y su plantilla orgánica.

b) Formalizar la contratación del personal temporal de acuerdo con los procedimientos legalmente establecidos, gestionando los llamamientos y las listas de contratación vigentes.

c) Tramitación de los expedientes relativos a la toma de posesión, traslados, reducciones de jornada, permisos y situaciones administrativas en general.

d) Tramitación de los procedimientos de movilidad del personal adscrito a la Gerencia de Atención Primaria, así como las solicitudes en materia de personal que se planteen.

e) Elaboración de informes, estudios y proyectos en materia de personal que sean solicitados.

f) Colaboración en la elaboración de los cuadros de mandos que se determinen y las estadísticas en materia de personal que se determinen.

g) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

h) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Profesionales de Atención Primaria.

Artículo 18. Estructura de la Sección de Administración de Profesionales.

La Sección de Administración de Profesionales se estructura en la Unidad de Gestión Administrativa de Profesionales.

Artículo 19. Funciones de la Unidad de Gestión Administrativa de Profesionales.

La Unidad de Gestión Administrativa de Profesionales desarrollará las siguientes funciones:

a) Preparación de los expedientes relativos a la toma de posesión, traslados, reducción de jornada y situación administrativas en general del personal adscrito a la Gerencia de Atención Primaria.

b) Gestionar el presupuesto del personal adscrito a la Gerencia de Atención Primaria, así como las incidencias administrativas que se produzcan en relación con el gasto en materia de personal y pactos de gestión.

c) Colaborar en la elaboración del cuadro de mandos y estadísticas en materia de personal.

d) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura Sección de Administración de Profesionales de Atención Primaria.

Artículo 20. Funciones de la Sección de Gestión de Retribuciones de Profesionales.

La Sección de Gestión de Retribuciones de Profesionales desarrollará las siguientes funciones:

a) Tramitación y gestión de las nóminas, sistemas de previsión social, asistencia sanitaria y prestaciones económicas del personal adscrito a la Gerencia de Atención Primaria.

b) Tramitación y control de los partes de alta y baja por incapacidad temporal del personal adscrito a la Gerencia de Atención Primaria.

c) Elaboración de los informes, estudios de seguimiento, control del gasto en materia de personal y retribuciones que sean solicitados.

d) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

e) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Profesionales de Atención Primaria.

Artículo 21. Estructura del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales de Atención Primaria.

El Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales de Atención Primaria se estructura en las siguientes unidades:

a) Sección de Aprovisionamiento.

b) Sección de Servicios Generales y Mantenimiento.

c) Sección de Gestión Contable y Facturación.

Artículo 22. Funciones de la Sección de Aprovisionamiento.

La Sección de Aprovisionamiento desarrollará las siguientes funciones:

a) Gestionar las operaciones de compras, almacenamiento y distribución a los Centros de los productos necesarios para su funcionamiento.

b) Programación y realización de los pedidos a los proveedores.

c) Gestionar los stocks de materiales.

d) Conformar las facturas de los proveedores y tramitarlas para su abono.

e) Tramitación de los expedientes correspondientes a las compras de materiales de la Gerencia de Atención Primaria y colaborar en la tramitación de los expedientes correspondientes a comprar centralizadas.

f) Elaboración de informes relativos a compras, consumos y stocks que se determinen.

g) Gestionar los productos relativos a los centros de Atención Primaria, proponiendo la introducción de nuevos productos.

h) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

i) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales.

Artículo 23. Estructura de la Sección de Aprovisionamiento.

La Sección de Aprovisionamiento se estructura en la Unidad de Almacén.

Artículo 24. Funciones de la Unidad de Almacén.

La Unidad de Almacén desarrollará las siguientes funciones:

a) Recepción de los productos, gestionar su almacenamiento y organizar su distribución a los Centros.

b) Organizar y gestionar adecuadamente el almacén de Atención Primaria.

c) Gestionar los stocks de los materiales optimizando la gestión del almacén.

d) Organizar los almacenamientos con los Centros de Atención Primaria.

e) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura de Servicio de Aprovisionamiento.

Artículo 25. Funciones de la Sección de Servicios Generales y Mantenimiento.

La Sección de Servicios Generales y Mantenimiento desarrollará las siguientes funciones:

a) Gestionar, supervisar y coordinar los servicios generales y mantenimiento que se presten en los diferentes Centros.

b) Asegurar la conservación, mantenimiento y correcto funcionamiento de los edificios, equipos e instalaciones.

c) Elaboración y ejecución de los programas de mantenimiento, preventivo y correctivo, de los equipos, edificios e instalaciones.

d) Gestionar la seguridad industrial de las instalaciones.

e) Tramitación de los expedientes de asistencia correspondientes a la Gerencia de Atención Primaria y colaborar en la tramitación de los expedientes correspondientes a servicios y mantenimiento centralizados.

f) Realización de informes, estudios y estadísticas que sean solicitados relativos al mantenimiento y servicios generales.

g) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios, del personal asignado.

h) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales de Atención Primaria

Artículo 26. Estructura de la Sección de Servicios Generales y Mantenimiento.

La Sección de Servicios Generales y Mantenimiento se estructura en la Unidad de Mantenimiento.

Artículo 27. Funciones de la Unidad de Mantenimiento.

La Unidad de Mantenimiento desarrollará las siguientes funciones:

a) Ejecutar los programas de mantenimiento, correctivo y preventivo, de los edificios, equipos e instalaciones.

b) Supervisar la correcta utilización de los equipos e instalaciones.

c) Efectuar controles de calidad.

d) Control y supervisión de las empresas contratadas que realizan labores de mantenimiento y reparaciones.

e) Realización de las reparaciones y de las tareas de conservación que sean necesarias para el correcto funcionamiento de los Centros.

f) Gestionar los servicios de telecomunicaciones adscritos a la Gerencia de Atención Primaria.

g) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura de Sección de Servicios Generales y Mantenimiento.

Artículo 28. Funciones de la Sección de Gestión Contable y Facturación

La Sección de Gestión Contable y Facturación desarrollará las siguientes funciones:

a) Realización de la gestión contable y facturación relativa a las operaciones económicas realizadas por la Gerencia de Atención Primaria.

b) Realizar las operaciones de contabilidad general y contabilidad presupuestaria de los gastos e ingresos de la Gerencia de Atención Primaria.

c) Desarrollar el sistema de información periódica en materia contable y presupuestaria necesaria para realizar una correcta gestión económica de los gastos e ingresos.

d) Realización de informes, estudios y estadísticas que sean solicitados relativos a la gestión económica.

e) Colaborar en la elaboración de los presupuestos de ingresos y gastos de la Gerencia de Atención Primaria.

f) Gestionar la asistencia, así como la planificación y control de las ausencias por vacaciones y permisos reglamentarios del personal asignado

g) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales.

Artículo 29. Estructura de la Sección de Gestión Contable y Facturación.

La Sección de Gestión Contable y Facturación se estructura en la Unidad de Facturación.

Artículo 30. Funciones de la Unidad de Facturación.

La Unidad de Facturación desarrollará las siguientes funciones.

a) Recepcionar y gestionar los partes de asistencia sanitaria que deban ser facturados a terceros.

b) Gestionar los ingresos generados por la actividad de los Centros dependientes de la Gerencia de Atención Primaria, así como su contabilización.

c) Confeccionar, registrar y remitir las correspondientes cartas de pagos a los terceros obligados al pago, tanto nacionales como internacionales.

d) Realizar el seguimiento correspondiente de los ingresos, pagos y deudas.

e) Realización de informes, estudios y estadísticas que sean solicitados relativos a la gestión de los ingresos, cobros y deudas.

f) Asumir aquellas otras funciones que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura de Sección de Gestión Contable y Facturación.

Disposición Adicional Primera. Creación y supresión de Secciones y Unidades.

1. Se crea la Sección de Capacidad Resolutiva y Continuidad Asistencial y la Sección de Formación e Investigación, la Unidad de Apoyo Administrativo, la Unidad de Facturación, la Unidad de Cuidados y Atención Sanitaria, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de Burlada, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de Cizur-Echavacoiz, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de San Juan, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de Noain, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de Sangüesa, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita el EAP de Altsasu/Alsasua, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de Ansoain, la Jefatura de Unidad de Administración, adscrita al EAP de Huarte.

2. Se amortiza la Sección Asistencial de Enfermería correspondiente a la Subdirección de Atención Primaria Navarra Sur-Oeste.

Disposición Adicional Segunda. Nombramientos.

1. Se confirman en las mismas condiciones en que se produjeron los nombramientos de las unidades que no cambian de denominación.

2. Se confirman en las mismas condiciones en que se produjeron los siguientes nombramientos:

- Del Jefe de Sección de Salud Bucodental como Jefe de Sección Asistencial de Salud Bucodental.

- De la Jefa de Sección de Gestión Administrativa de la Subdirección de Urgencias de Atención Primaria como Jefa de Sección de Gestión Administrativa del Servicio de Urgencias Extrahospitalarias.

- De la Jefa de Sección Asistencial del Servicio de Enfermería como Jefa de Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Norte.

- De la Jefa de Sección Asistencial del Servicio de Enfermería como Jefa de Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Este.

- De la Jefa de Sección Asistencial del Servicio de Enfermería como Jefa de Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Norte-Este.

- De la Jefa de Sección Asistencial del Servicio de Enfermería como Jefa de Sección de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria Navarra Urgencias Extrahospitalarias.

- De la Jefa de Unidad de Enfermería de la Subdirección de Urgencias de Atención Primaria como Jefa de Unidad de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria de Urgencias Extrahospitalarias.

- Del Jefe de Sección de Administración de Personal como Jefe de Sección de Administración de Profesionales.

- De la Jefa de Sección de Gestión de Retribuciones como Jefa de Sección de Gestión de Retribuciones de Profesionales.

- De la Jefa de Unidad de Gestión Administrativa como Jefa de Unidad de Gestión Administrativa de Profesionales.

- De la Jefa de Sección de Aprovisionamiento del Servicio de Administración y Servicios Generales como Jefa de Sección de Aprovisionamiento del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales.

- Del Jefe de Sección de Servicios Generales del Servicio de Administración y Servicios Generales y Mantenimiento como Jefe de Sección de Servicios Generales del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales y Mantenimiento.

- Del Jefe de Sección de Gestión Contable y Facturación del Servicio de Contabilidad como Jefe de Sección de Gestión Contable y Facturación del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales.

- Del Jefe de Unidad de Almacén del Servicio de Administración y Servicios Generales como Jefe de Unidad de Almacén del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales.

- Del Jefe de Unidad de Mantenimiento del Servicio de Administración y Servicios Generales como Jefe de Unidad de Mantenimiento del Servicio de Gestión Económica y Servicios Generales.

Disposición Derogatoria Única. Derogaciones.

Se derogan disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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