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RESOLUCIÓN 283/2014, DE 3 DE NOVIEMBRE, DEL DIRECTOR GENERAL DE TURISMO Y COMERCIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS DOMINGOS Y FESTIVOS QUE SE CONSIDERAN HÁBILES Y DE APERTURA AUTORIZADA PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, PARA EL AÑO 2015 Nota de Vigencia

BON N.º 234 - 28/11/2014



Preámbulo

Conforme al artículo 33 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 15/2013, de 17 de abril, el Departamento competente en materia de comercio establecerá, previa audiencia del Consejo de Comercio de Navarra, el calendario que regirá al año siguiente comprensivo de los domingos y festivos que se consideren hábiles para el ejercicio de la actividad comercial en la Comunidad Foral de Navarra. En el citado artículo se fijan los criterios y el número de domingos y festivos de apertura autorizada que será de diez.

El calendario para 2015 de los domingos y festivos que se consideran hábiles y de apertura autorizada se ha sometido a la audiencia del Consejo de Comercio de Navarra que en su sesión del 27 de octubre de 2014 acordó darse por enterado del citado calendario e informarlo favorablemente.

Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral Decreto Foral 67/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales , resuelvo:

1. Establecer que los domingos y festivos que se consideran hábiles para el año 2015 para el ejercicio de la actividad comercial en la Comunidad Foral de Navarra son:

- 4 de enero.

- 19 de marzo.

- 2 de abril.

- 25 de julio.

- 15 de agosto.

- 12 de octubre.

- 3 de diciembre.

- 20 de diciembre.

- El día de la fiesta local, siempre que esté fijada en los meses de febrero, mayo, junio, septiembre y noviembre, y no sea en domingo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

3. Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Gobierno de Navarra

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