ORDEN FORAL 111/2014, DE 29 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE CREA EL SERVICIO DE ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA
BON N.º 220 - 10/11/2014
El Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea , señala en el apartado III del Preámbulo que, la estructura del organismo debe ir completándose en el campo asistencial mediante Decretos Forales y Órdenes Forales, que necesariamente deberán ser claras y orientadas a los mismos objetivos que los Estatutos.
A su vez, el artículo 13.2 . del referido Decreto Foral establece que los Servicios Asistenciales y demás Unidades Orgánicas inferiores se establecerán por Orden Foral de la Consejera de Salud.
El Servicio de Endocrinología del Hospital de Navarra y la Sección de Dietética y Nutrición Clínica del Hospital Virgen del Camino, respectivamente, se fueron formando y desarrollando progresivamente.
La Orden Foral 59/2010, de 18 de junio, de la Consejera de Salud, adaptó la denominación de los Servicios, Secciones y Unidades que integran el Complejo Hospitalario de Navarra, hasta tanto se vayan unificando los procedentes de los centros asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que han dado origen al mismo.
En el momento actual, por la Dirección Gerencia de el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea se propone la integración en un Servicio de Endocrinología y Nutrición las estructuras orgánica del actual Servicio de Endocrinología y de la Sección de Dietética y Nutrición. La fusión se justifica en que la especialidad médica se denomina “Endocrinología y Nutrición”, que supone una simplificación y ordenamiento de la estructura, en una mejora de la calidad de atención al paciente al ser esta más coordinada, en una mejora de la coordinación con protocolos comunes y circuitos clínicos integrados, la optimización de recursos y la gestión compartida en docencia e investigación en patologías metabólicas.
En consecuencia, a propuesta de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio , y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente , ordeno:
Artículo 1. Creación del Servicio de Endocrinología y Nutrición.
Se crea el Servicio de Endocrinología y Nutrición del Complejo Hospitalario de Navarra, en el que se integran los recursos humanos y materiales procedentes del Servicio de Endocrinología y de la Sección de Dietética y Nutrición Clínica del Complejo Hospitalario de Navarra.
El Servicio de Endocrinología y Nutrición del Complejo Hospitalario de Navarra, bajo la dependencia directa de la Subdirección de Servicios Médicos del Complejo Hospitalario de Navarra, desarrollará las funciones diagnósticas, terapéuticas, de docencia y formación y de investigación que sean precisas en los campos científicos de la Endocrinología y Nutrición.
Artículo 3. Estructura del Servicio de Endocrinología y Nutrición.
1. El Servicio de Endocrinología y Nutrición se estructura en las siguientes Secciones asistenciales:
a) Sección de Endocrinología.
b) Sección de Dietética y Nutrición Clínica.
2. Los facultativos adscritos al Servicio de Endocrinología y Nutrición desarrollarán las actividades asistenciales, docentes, formativas y de investigación correspondientes a la especialidad médica de Endocrinología y Nutrición, bien en las secciones señaladas en el apartado anterior, bajo la dirección de su Jefe de Sección o bien adscritos directamente al Servicio, desempeñando sus actividades bajo la dependencia del Jefe de Servicio.
Disposición Adicional Única. Nombramientos anteriores.
El día anterior a la fecha de entrada en vigor de esta Orden Foral será el último de efectividad de los nombramientos del Jefe de Servicio y de los Jefes de Sección que se hubieran realizado al amparo de la normativa de estructura del Servicio de Endocrinología del Complejo Hospitalario de Navarra, que se deroga.
Disposición Derogatoria Única. Derogación.
1. Queda derogada la referencia al Servicio de Endocrinología regulado en la Orden Foral de 27 de abril de 1992, del Consejero de Salud, por la que se crean y suprimen unidades orgánicas y explicita la estructura orgánica del Hospital de Navarra.
2. Quedan derogadas las referencias a la Sección de Endocrinología y a la Unidad de Dietética reguladas en la Orden Foral de 451/2001, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se completa y modifica la estructura orgánica del Hospital de Navarra en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
3. Quedan derogada las referencias a la Sección de Dietética y Nutrición Clínicas y a la Unidad de Dietética reguladas en la Orden Foral de 27 de abril de 1992, del Consejero de Salud, por la que se crean y suprimen unidades orgánicas y se explicita la estructura orgánica del Hospital Virgen del Camino.
4. Queda derogada igualmente cualquier otra normativa de igual o inferior rango que se oponga a lo dispuesto en esta Orden Foral.
Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.