RESOLUCIÓN 120/2014, DE 21 DE MARZO, DEL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTRUCCIONES, EL CALENDARIO Y LOS MODELOS DE SOLICITUD DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO, CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y DE GRADO SUPERIOR Y CURSO PREPARATORIO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR EN CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS, EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA PARA EL CURSO 2014/2015
BON N.º 65 - 03/04/2014
ANEXO I.
ANEXO II.
ANEXO III.
ANEXO IV.
ANEXO V. Preferencia en la admisión a Ciclos Formativos de Grado Superior para el alumnado que ha superado la prueba de acceso de Grado Superior en Navarra (años 2008 a 2014, inclusive)
ANEXO VI. Preferencia en la admisión a Ciclos Formativos de Grado Superior para el alumnado que haya superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años
Tal y como se establece en la base 2.ª, apartado 2, de la Orden Foral 236/2011 por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar enseñanzas de Educación secundaria obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior y Curso Preparatorio de las pruebas de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior en centros públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra, las fechas y las instrucciones que concreten el proceso para cada curso escolar se fijarán en una Resolución anual de la Dirección General competente en materia de escolarización.
Por lo anteriormente expuesto y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
resuelvo:
1.º Aprobar las instrucciones, el calendario y los modelos de solicitud de el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados, para cursar enseñanzas de Educación secundaria obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior y Curso Preparatorio de las pruebas de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional en centros públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra para el curso 2014/2015, que figuran en los Anexos I, II, III, IV, V y VI de la presente Resolución.
2.º Trasladar la presente Resolución y sus anexos al Servicio de Ordenación e Igualdad de Oportunidades, Servicio de Inspección Educativa, Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas, Servicio de Formación Profesional, Servicio de Recursos Económicos, Servicio de Infraestructuras Educativas, Servicio de Participación Educativa Atención al Profesorado y Tecnologías de Información y Comunicación, y a la Comisión General de Escolarización de Navarra, a los efectos oportunos.
3.º Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Publicar la presente Resolución, junto con sus Anexos, en el Boletín Oficial de Navarra.
ANEXO I.
ANEXO II.
CURSO 2014-2015
Calendario del proceso de admisión del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria/Bachillerato
CURSO 2014-2015
Curso preparatorio, Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior (acceso directo-acceso mediante prueba)
CURSO 2014-2015
Curso preparatorio, Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior (acceso directo-acceso mediante prueba)
ANEXO III.
Solicitud N;º.....................................................
Fecha de Entrada............................................
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Curso 2014/2015 - Solicitud de inscripción
ANTES DE CUMPLIMENTAR EL IMPRESO LEER LA INFORMACIÓN ANEXA
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA TODO EL PROCESO
1. Baremo de admisión. La baremación se realizará cuando los centros tengan más solicitudes que plazas escolares vacantes. La admisión de los alumnos/as se producirá por orden decreciente de puntuación. Los empates se resolverán aplicando por orden prioritario los siguientes criterios:
-Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro o padres o madres o tutores que trabajen en el mismo.
-Concurrencia de discapacidad.
-Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de los padres, madres o tutores legales.
-Rentas anuales de la unidad familiar.
-Otros criterios complementarios, sólo cuando los criterios anteriores no hayan sido suficientes para establecer un orden de prioridad:
-La condición legal de familia numerosa.
-La pertenencia del domicilio del solicitante, con fecha anterior al 1/1/14, al mismo código postal que el centro solicitado.
-El o los que haya aprobado La Comisión de Escolarización de Navarra propuesto por el Consejo Escolar del centro.
-Sorteo en acto público en el Consejo Escolar del Centro solicitado.
2. Alumnado sin plaza. En el caso de que no se obtenga plaza en el centro señalado en primer lugar, el Departamento de Educación se encargará de asignar la plaza.
3. La normativa que regula la admisión del alumnado es la siguiente:
-Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril .
-Orden Foral 12/2009, de 11 de febrero , del Consejero de Educación.
-Decreto Foral 40/2011, de 9 de mayo .
-Orden Foral 236/2011 de 23 de diciembre, del Consejero de Educación .
-Orden Foral 112/2013, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban instrucciones dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios en relación con progenitores o tutores que se encuentren en situación de separación, divorcio o discrepancia .
-Resolución 32/2011, del Director General de Inspección y Servicios, aplicable en la localidad de Tudela
-Resolución 120/2014 de 21 de marzo del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO ORDINARIO
4. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
5. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 7 al 15 de abril hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 30 de abril.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 30 de abril al 5 de mayo hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 7 de mayo.
-Matriculación en el centro admitido del 27 de junio al 11 de julio hasta las 13:00 horas.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO EXTRAORDINARIO
6. Únicamente podrá formular su solicitud durante el plazo extraordinario aquel alumnado que no pudo realizar su solicitud en el plazo ordinario por traslado de país o residencia. El cambio de residencia deberá justificarse presentando un certificado o volante de empadronamiento que demuestre su alta en la nueva residencia con fecha posterior al cierre del plazo ordinario.
7. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
8. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 1 y 2 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 4 de septiembre.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 4 al 5 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 5 de septiembre.
-Matriculación en el centro admitido 5 y 8 de septiembre hasta las 14:00 horas.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA FUERA DE PLAZO
9. Únicamente podrá solicitar plaza el alumnado que, debido a un cambio de residencia con fecha posterior a los plazos ordinario y extraordinario esté justificado un cambio de centro. Esto deberá justificarse documentalmente.
10. Todos los centros deberán proporcionar y recoger las solicitudes, tengan o no disponibilidad de vacantes, y tramitarlas, con las observaciones oportunas, para facilitar al Departamento de Educación la escolarización de dichos alumnos.
Solicitud N.º.....................................................
Fecha de Entrada............................................
BACHILLERATO
Curso 2014/2015 - Solicitud de inscripción
ANTES DE CUMPLIMENTAR EL IMPRESO LEER LA INFORMACIÓN ANEXA
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA TODO EL PROCESO
1. Baremo de admisión. La baremación se realizará cuando los centros tengan más solicitudes que plazas escolares vacantes. La admisión de los alumnos/as se producirá por orden decreciente de puntuación. Los empates se resolverán aplicando por orden prioritario los siguientes criterios:
-Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro o padres o madres o tutores que trabajen en el mismo.
-Concurrencia de discapacidad.
-Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de los padres, madres o tutores legales.
-Rentas anuales de la unidad familiar.
-Expediente académico del alumnado
-Otros criterios complementarios, sólo cuando los criterios anteriores no hayan sido suficientes para establecer un orden de prioridad:
-La condición legal de familia numerosa.
-La pertenencia del domicilio del solicitante, con fecha anterior al 1/1/14, al mismo código postal que el centro solicitado.
-El o los que haya aprobado La Comisión de Escolarización de Navarra propuesto por el Consejo Escolar del centro.
-Sorteo en acto público en el Consejo Escolar del Centro solicitado.
2. Alumnado sin plaza. En el caso de que no se obtenga plaza en el centro señalado en primer lugar, el Departamento de Educación se encargará de asignar la plaza.
3. La normativa que regula la admisión del alumnado es la siguiente:
-Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril .
-Orden Foral 12/2009, de 11 de febrero, del Consejero de Educación .
-Decreto Foral 40/2011, de 9 de mayo .
-Orden Foral 236/2011 de 23 de diciembre, del Consejero de Educación .
-Orden Foral 112/2013, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban instrucciones dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios en relación con progenitores o tutores que se encuentren en situación de separación, divorcio o discrepancia .
-Resolución 120/2014 de 21 de marzo del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO ORDINARIO
4. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
5. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 7 al 15 de abril hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 30 de abril.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 30 de abril al 5 de mayo hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 7 de mayo.
-Matriculación en el centro admitido del 27 de junio al 11 de julio hasta las 13:00 horas.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO EXTRAORDINARIO
6. Únicamente podrá formular su solicitud durante el plazo extraordinario aquel alumnado que no pudo realizar su solicitud en el plazo ordinario por traslado de país o residencia. El cambio de residencia deberá justificarse presentando un certificado o volante de empadronamiento que demuestre su alta en la nueva residencia con fecha posterior al cierre del plazo ordinario.
7. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
8. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 1 y 2 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 4 de septiembre.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 4 al 5 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 5 de septiembre.
-Matriculación en el centro admitido 5 y 8 de septiembre hasta las 14:00 horas.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA FUERA DE PLAZO
9. Únicamente podrá solicitar plaza el alumnado que, debido a un cambio de residencia con fecha posterior a los plazos ordinario y extraordinario esté justificado un cambio de centro. Esto deberá justificarse documentalmente.
10. Todos los centros deberán proporcionar y recoger las solicitudes, tengan o no disponibilidad de vacantes, y tramitarlas, con las observaciones oportunas, para facilitar al Departamento de Educación la escolarización de dichos alumnos.
Solicitud N.º.....................................................
Fecha de Entrada............................................
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
Curso 2014/2015 - Solicitud de inscripción
ANTES DE CUMPLIMENTAR EL IMPRESO LEER LA INFORMACIÓN ANEXA
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA TODO EL PROCESO
1. La normativa que regula la admisión del alumnado es la siguiente:
-Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril .
-Orden Foral 12/2009, de 11 de febrero, del Consejero de Educación .
-Decreto Foral 40/2011, de 9 de mayo .
-Orden Foral 236/2011 de 23 de diciembre, del Consejero de Educación .
-Orden Foral 112/2013, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban instrucciones dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios en relación con progenitores o tutores que se encuentren en situación de separación, divorcio o discrepancia .
-Resolución 120/2014 de 21 de marzo del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO ORDINARIO
2. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
3. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 7 al 15 de abril hasta las 14:00 horas.
-Fecha límite de presentación de expediente académico cumpliendo los requisitos de acceso, 30 de junio hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 11 de julio.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 11 al 15 de julio hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 16 de julio.
-Matriculación en el centro admitido del 16 al 23 de julio hasta las 14:00 horas
El alumnado que no realice en plazo la matrícula, perderá la plaza asignada.
4. Mejora de opción: El alumnado matriculado en su 2.ª ó 3.ª opción que quiera optar a su 1.ª ó 2.ª opción, deberá expresar que quiere la mejora de opción, en caso de que hubiera vacantes, en el momento de formalizar la matrícula. El Departamento de Educación realizará la mejora de opción, en el mes de agosto. Los implicados en la mejora deberán formalizar su matrícula el 26 y 27 de agosto. En caso contrario, estas personas perderán los derechos derivados de la matrícula inicial efectuada.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO EXTRAORDINARIO
5. Podrán presentar inscripción en plazo extraordinario:
-Alumnos que no lo hubieran hecho en plazo ordinario.
-Alumnos admitidos en plazo ordinario y que no hayan formalizado la matrícula.
-Alumnos que, habiendo formalizado la matrícula en plazo ordinario hayan renunciado.
6. Podrán modificar las opciones indicadas en la inscripción de plazo ordinario:
-Las personas inscritas en plazo ordinario sin plaza.
-Los solicitantes pendientes de admisión, que deberán presentar, la nota media del expediente (únicamente los alumnos con título o propuestos para obtenerlo) o el certificado de superación de la prueba de acceso o, en su caso, de la prueba de aptitud artística.
-Las personas que habiendo elegido el acceso mediante prueba, no superen la citada la prueba y acrediten la superación de ESO podrán modificar, en su caso, la vía de acceso.
-Las personas que habiendo elegido el acceso directo, no acrediten la superación de ESO, pero tengan aprobada la prueba podrán modificar la vía de acceso.
Esta modificación se realizará en el centro donde se realizó la inscripción del plazo ordinario.
7. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
8. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes, documentación y modificación de opciones 5 y 8 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 11 de septiembre.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos 11 y 12 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 15 de septiembre.
-Matriculación en el centro admitido 15 y 16 de septiembre hasta las 14:00 horas.
El alumnado que no realice en plazo la matrícula, perderá la plaza asignada.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL ACTO PÚBLICO
9. Únicamente podrá solicitar plaza el alumnado que, no haya obtenido plaza en el plazo ordinario o en el extraordinario, o no lo haya solicitado. El Acto Público se celebrará en el salón de actos del Departamento de Educación el día 17 de septiembre a las 10 horas.
10. Los solicitantes cuyos requisitos de acceso a los ciclos solicitados no figuren en poder de esta Administración Educativa, deberán aportar en el acto público dicho requisito.
Solicitud N.º.....................................................
Fecha de Entrada............................................
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
Curso 2014/2015 - Solicitud de inscripción
ANTES DE CUMPLIMENTAR EL IMPRESO LEER LA INFORMACIÓN ANEXA
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA TODO EL PROCESO
1. La normativa que regula la admisión del alumnado es la siguiente:
-Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril .
-Orden Foral 12/2009, de 11 de febrero, del Consejero de Educación .
-Decreto Foral 40/2011, de 9 de mayo .
-Orden Foral 236/2011 de 23 de diciembre, del Consejero de Educación .
-Resolución 120/2014 de 21 de marzo del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO ORDINARIO
2. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
3. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 7 al 15 de abril hasta las 14:00 horas.
-Fecha límite de presentación de expediente académico cumpliendo los requisitos de acceso, 30 de junio hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 11 de julio.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 11 al 15 de julio hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 16 de julio.
-Matriculación en el centro admitido del 16 al 23 de julio hasta las 14:00horas
El alumnado que no realice en plazo la matrícula, perderá la plaza asignada.
4. Mejora de opción: El alumnado matriculado en su 2.ª ó 3.ª opción que quiera optar a su 1.ª ó 2.ª opción, deberá expresar que quiere la mejora de opción, en caso de que hubiera vacantes, en el momento de formalizar la matrícula. El Departamento de Educación realizará la mejora de opción, en el mes de agosto. Los implicados en la mejora deberán formalizar su matrícula el 26 y 27 de agosto. En caso contrario, estas personas perderán los derechos derivados de la matrícula inicial efectuada.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO EXTRAORDINARIO
5. Podrán presentar preinscripción en plazo extraordinario:
-Alumnos que no lo hubieran hecho en plazo ordinario.
-Alumnos admitidos en plazo ordinario y que no hayan formalizado la matrícula.
-Alumnos que, habiendo formalizado la matrícula en plazo ordinario hayan renunciado.
6. Podrán modificar las opciones indicadas en la inscripción de plazo ordinario:
-Las personas inscritas en plazo ordinario sin plaza.
-Los solicitantes pendientes de admisión, que deberán presentar, la nota media del expediente (únicamente los alumnos con título o propuestos para obtenerlo) o el certificado de superación de la prueba de acceso o, en su caso, de la prueba de aptitud artística.
-Las personas que habiendo elegido el acceso mediante prueba, no superen la citada la prueba y acrediten la superación de Bachillerato podrán modificar, en su caso, la vía de acceso.
-Las personas que habiendo elegido el acceso directo, no acrediten la superación de Bachillerato pero tengan aprobada la prueba podrán modificar la vía de acceso.
Esta modificación se realizará en el centro dónde se realizo la inscripción del plazo ordinario.
7. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
8. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes, documentación y modificación de opciones, 28 y 29 de agosto hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 3 de septiembre.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos 3 y 4 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 5 de septiembre.
-Matriculación en el centro admitido 8 y 9 de septiembre hasta las 14:00 horas.
El alumnado que no realice en plazo la matrícula, perderá la plaza asignada.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL ACTO PÚBLICO
9. Únicamente podrá solicitar plaza el alumnado que, no haya obtenido plaza en el plazo ordinario o en el extraordinario o no lo haya solicitado, el Acto Público se celebrará en el salón de actos del Departamento de Educación el día 11 de septiembre a las 10 horas.
10. Los solicitantes cuyos requisitos de acceso a los ciclos solicitados no figuren en poder de esta Administración Educativa, deberán aportar en el acto público dicho requisito.
Solicitud N.º.....................................................
Fecha de Entrada............................................
CURSO PREPARATORIO
Curso 2014/2015 - Solicitud de inscripción
ANTES DE CUMPLIMENTAR EL IMPRESO LEER LA INFORMACIÓN ANEXA
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA TODO EL PROCESO
1. La normativa que regula la admisión del alumnado es la siguiente:
-Decreto Foral 31/2007, de 2 de abril .
-Orden Foral 12/2009, de 11 de febrero, del Consejero de Educación .
-Decreto Foral 40/2011, de 9 de mayo .
-Orden Foral 236/2011 de 23 de diciembre, del Consejero de Educación .
-Resolución 120/2014 de 21 de marzo del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades.
-Resolución 22/2013, de 22 de enero, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO ORDINARIO
2. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
3. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación que afecte al baremo del 7 al 15 de abril hasta las 14:00 horas.
-Fecha límite de presentación de expediente académico cumpliendo los requisitos de acceso, 30 de junio hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 11 de julio.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos del 11 al 15 de julio hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 16 de julio.
-Matriculación en el centro admitido del 16 al 23 de julio hasta las 14:00horas.
El alumnado que no realice en plazo la matrícula, perderá la plaza asignada.
4. Mejora de opción: El alumnado matriculado en su 2.ª ó 3.ª opción que quiera optar a su 1.ª ó 2.ª opción, deberá expresar que quiere la mejora de opción, en caso de que hubiera vacantes, en el momento de formalizar la matrícula. El Departamento de Educación realizará la mejora de opción, en el mes de agosto. Los implicados en la mejora deberán formalizar su matrícula el 26 y 27 de agosto. En caso contrario, estas personas perderán los derechos derivados de la matrícula inicial efectuada.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL PLAZO EXTRAORDINARIO
5. Podrán presentar preinscripción en plazo extraordinario:
-Alumnos que no lo hubieran hecho en plazo ordinario.
-Alumnos admitidos en plazo ordinario y que no hayan formalizado la matrícula.
-Alumnos que, habiendo formalizado la matrícula en plazo ordinario hayan renunciado.
6. Podrán modificar las opciones indicadas en la inscripción de plazo ordinario:
-Las personas inscritas en plazo ordinario sin plaza.
-Los solicitantes pendientes de admisión, que deberán presentar, la nota media del expediente.
Esta modificación se realizará en el centro dónde se realizo la inscripción del plazo ordinario.
7. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única instancia, que será presentada en el centro docente solicitado en primer lugar. Si se presentara más de una instancia, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.
8. Plazos a tener en cuenta:
-Entrega de solicitudes y documentación 5 y 8 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación en el centro del listado provisional de admitidos 11 de septiembre.
-Reclamación a la lista provisional de admitidos 11 y 12 de septiembre hasta las 14:00 horas.
-Publicación lista definitiva de admitidos 15 de septiembre.
-Matriculación en el centro admitido 15 y 16 de septiembre. Hasta las 14:00 horas.
El alumnado que no realice en plazo la matrícula, perderá la plaza asignada.
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL ACTO PÚBLICO
9. Únicamente podrá solicitar plaza el alumnado que, no haya obtenido plaza en el plazo ordinario o en el extraordinario o no lo haya solicitado, el Acto Público se celebrará en el salón de actos del Departamento de Educación el día 17 de septiembre a las 12 horas.
10. Los solicitantes cuyos requisitos de acceso a lo cursos de acceso a ciclos formativos de grado superior solicitados no figuren en poder de esta Administración Educativa, deberán aportar en el acto público dicho requisito.
ANEXO IV.
Criterios de admisión de alumnos en Ciclos Formativos de Grado Superior
Correspondencias entre Modalidades de Bachillerato Experimental, Bachillerato LOGSE y Bachillerato LOE
ANEXO V. Preferencia en la admisión a Ciclos Formativos de Grado Superior para el alumnado que ha superado la prueba de acceso de Grado Superior en Navarra (años 2008 a 2014, inclusive)
ANEXO VI. Preferencia en la admisión a Ciclos Formativos de Grado Superior para el alumnado que haya superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años