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ORDEN FORAL 116/2010, DE 16 DE ABRIL, DE LA CONSEJERA DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO NAVARRO DEL DEPORTE Nota de Vigencia

BON N.º 62 - 21/05/2010



Preámbulo

Por Decreto Foral 18/2008, de 17 de marzo, se aprobaron unos nuevos Estatutos del Instituto Navarro del Deporte , como Organismo Autónomo adscrito al Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Al objeto de perfilar la estructura de dicho organismo se procedió al desarrollo de la norma precitada y se establecieron en el Instituto Navarro del Deporte, los Negociados y las Unidades Técnicas, que desarrollan su estructura, así como a la regulación de sus funciones. Con el objeto de llevar a cabo todo ello, se aprobó la Orden Foral 2/2009, de 12 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Organismo Autónomo Instituto Navarro del Deporte .

Posteriormente, el Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el 21 de septiembre de 2009, adoptó el acuerdo de reducir el número de unidades orgánicas existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos, correspondiendo, al Instituto Navarro del Deporte la supresión de dos unidades orgánicas.

Tal decisión requiere la aprobación de una nueva estructura, a nivel de negociados y unidades técnicas, que se adapte a las pretensiones del Gobierno de Navarra.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, reguladora del Gobierno de Navarra y su Presidente y en el artículo 25 de los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto Navarro del Deporte, aprobados por Decreto Foral 18/2008, de 17 de marzo.

ordeno:

Artículo 1

En dependencia directa del Servicio de Secretaría General y Órganos Colegiados del Deporte, y desde la superior planificación y coordinación del titular, se configura la estructura siguiente:

- Negociado de Gestión Económico-Administrativa y Procedimental.

- Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal.

Artículo 2

El Negociado de Gestión Económico-Administrativa y Procedimental, ejercerá las siguientes funciones:

- Realizar el análisis y el control interno, teniendo en cuenta la información emitida por unidades orgánicas del Instituto Navarro del Deporte, del presupuesto, de la ejecución presupuestaria, de los procedimientos y de los procesos económico-administrativos.

- Gestionar las acciones de apoyo, a la Dirección del Servicio, en la elaboración del anteproyecto de Presupuestos Generales del Organismo Autónomo, en el seguimiento y control del mismo así como en la elaboración de los informes presupuestarios, económicos, administrativos y procedimentales que, en su caso, sean requeridos.

- Gestionar y controlar los procesos de tramitación de expedientes ordinarios, a la Intervención Delegada, así como prestar el apoyo administrativo al Director del Servicio en la tramitación de expedientes específicos, al Servicio de Economía y a la Intervención General, referidos a gastos plurianuales, modificaciones presupuestarias, autorizaciones de Gobierno y otras que pudieran producirse.

- Planificar, coordinar y llevar a cabo el seguimiento, de la contabilidad general de los Centros del Instituto Navarro del Deporte.

- Coordinar y desarrollar la asistencia administrativa en el seguimiento y control de los expedientes hasta completar el contenido documental de los mismos, finalizar su tramitación y su entrega posterior al Archivo General del propio Instituto Navarro del Deporte.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas por el Director del Servicio.

Artículo 3

El Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal, ejercerá las siguientes funciones:

- Gestionar, coordinar y controlar: las dependencias centrales del organismo autónomo, en general, así como el mantenimiento y las tareas administrativas que originen las mismas, en especial el Archivo General, el Registro, el Almacen y el Depósito de Suministros.

- Gestionar y coordinar las actuaciones en inversiones propias y en gastos en bienes corrientes referidos al Catálogo de Servicios, en el que figuran: Servicios de modernización; Servicios al usuario, entre los que se encuentran las telecomunicaciones con sus incidencias, las estaciones de trabajo, los sistemas de información así como los espacios de seguridad; Servicios referidos a proyectos y experiencias de casos de éxito u otros servicios que se pudieran incluir.

- Gestionar y coordinar las actuaciones en la Central de Compras a través de inversiones propias -para mobiliario, equipamiento, vehículos y otros-, y de gasto en bienes corrientes para material de oficina y papel u otros que se pudieran incluir y controlar los procesos que a tal fin se desarrollen.

- Coordinar la consolidación, la adecuación y la formación de la plantilla de funcionarios del Instituto Navarro del Deporte.

- Gestionar y tramitar los asuntos, derivados del marco laboral y en él encuadrados, correspondientes al personal adscrito al Instituto, de forma que redunde en conseguir una optimización de los recursos en orden al cumplimiento eficiente y a la realización eficaz de las funciones que el propio Instituto tiene encomendadas.

- Coordinar las actividades y procesos previstos de forma que estén dirigidos a conseguir la prevención de riesgos laborales y a promover una adecuada salud laboral, en el centro de trabajo.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas por el Director del servicio.

Artículo 4

La Sección de Promoción Deportiva, de la Subdirección de Deporte, se estructura en los siguientes Negociados;

- Negociado de Fomento Deportivo.

- Negociado de Juegos Deportivos.

Artículo 5

El Negociado de Fomento Deportivo ejercerá las siguientes funciones.

- Organizar y controlar las campañas escolares u otras de promoción deportiva.

- Promocionar la suscripción de acuerdos con entidades para el desarrollo de la práctica deportiva.

- Promocionar las actividades y campañas encaminadas a la relación entre deporte, cultura y arte.

- Promocionar las actividades destinadas a la recopilación y difusión de materiales de la Historia del Deporte en Navarra.

- Gestionar las ayudas a Entidades Locales, para la organización del deporte municipal.

- Apoyar a nivel técnico a las Entidades Locales y a entidades deportivas, para la organización del deporte municipal.

- Elaborar y gestionar los acuerdos de colaboración, con los diferentes agentes de desarrollo deportivo, cuyo fin primordial sea la promoción y la práctica deportiva.

- Promover las ayudas a entidades y personas en organización de actuaciones puntuales de interés para el Instituto Navarro del Deporte.

- Gestionar y efectuar el seguimiento de los soportes distintivos de la imagen corporativa en la actividad de las campañas deportivas escolares y municipales.

- Promover la organización de congresos y jornadas en materia de deporte y de interés general.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.

Artículo 6

El Negociado de Juegos Deportivos ejercerá las siguientes funciones.

- Elaborar en colaboración con las Federaciones el diseño y programas de los Juegos Deportivos de Navarra, así como las propuestas de incorporación de nuevos programas.

- Gestionar y coordinar el desarrollo de los Juegos Deportivos, de Navarra, con las Federaciones Deportivas y Entidades Locales de Navarra.

- Coordinar el desarrollo de los Juegos Deportivos con otros Departamentos del Gobierno de Navarra.

- Elaborar los anexos a los convenios de colaboración entre las federaciones y el Instituto Navarro del Deporte, referidos a Juegos Deportivos.

- Controlar la calidad de los programas en desarrollo en sus aspectos organizativo, deportivo y formativo.

- Colaborar en la preparación de los equipos o selecciones que representan a Navarra en los Campeonatos organizados por la Administración Deportiva del Estado u organismos oficiales.

- Gestionar, coordinar y facilitar la información en materia de Juegos Deportivos de Navarra.

- Planificar la regulación del deporte en el menor y su seguimiento en las categorías de menores.

- Gestionar las ayudas y contratos para la organización de eventos deportivos cuyo fin primordial sea la promoción deportiva.

- Coordinar y efectuar el seguimiento de los programas deportivos, promovidos desde la Administración Deportiva del Estado, en colaboración con la precitada Administración.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.

Artículo 7

La Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo, se estructura en los siguientes Negociados:

- Negociado de Federaciones Deportivas.

- Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo.

- Negociado de Tecnificación Deportiva.

Artículo 8

El Negociado de Federaciones Deportivas ejercerá las siguientes funciones:

- Impulsar el fomento del patrocinio deportivo, la información y gestión de la tramitación de los expedientes de interés social.

- Gestionar, coordinar y controlar las ayudas a Federaciones a través de convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de gestión, su extensión y en especial las funciones delegadas.

- Coordinar la gestión de la Casa del Deporte así como de los servicios generales y comunes de la misma.

- Gestionar el registro de Entidades Deportivas de Navarra.

- Gestionar las propuestas de Estatutos, Reglamentos y procesos electorales de las federaciones, así como el del reconocimiento de las modalidades deportivas y otras autorizaciones.

- Promover los Acuerdos de Ordenación Deportiva a través de las Federaciones Deportivas de Navarra.

- Promover, coordinar y apoyar la colaboración entre federaciones deportivas navarras y de ámbito nacional o supranacional.

- Promover y colaborar en el desarrollo de modalidades deportivas que, en Navarra, no disponen de federación deportiva constituida.

- Colaborar, a través de las Federaciones Deportivas de Navarra, en la gestión de la presencia institucional.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.

Artículo 9

El Negociado de Clubes y Rendimiento Deportivo, ejercerá las siguientes funciones:

- Gestionar, coordinar y controlar las ayudas a clubes y deportistas, para la participación en actividades deportivas y competiciones tanto de carácter nacional como internacional, a través de convocatorias y convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de rendimiento.

- Gestionar y controlar los expedientes de patrocinio deportivo destinados a los equipos, actividades o espectáculos considerados de élite, con gran repercusión y rentabilidad social y deportiva.

- Gestionar, coordinar y controlar las ayudas a clubes y deportistas, para la organización de acontecimientos y espectáculos deportivos de competiciones tanto de carácter nacional como internacional de repercusión social, y actividades deportivas de especial interés a través de convocatorias y convenios, impulsando su desarrollo deportivo integral y de rendimiento.

- Promover y gestionar acuerdos de colaboración con fundaciones y clubes deportivos en temas de especial interés en función del nivel deportivo que, en su caso, correspondan.

- Gestionar y efectuar el seguimiento de los soportes distintivos de la imagen corporativa y/o aquella que se determine en la actividad deportiva, de los clubes deportivos y de las actividades de alto nivel que se realicen, con repercusión en los medios de comunicación y en la sociedad.

- Coordinar y colaborar en el desarrollo de las actividades y competiciones deportivas de las Universidades ubicadas en Navarra.

- Coordinar y gestionar el proceso de concesión de los Galardones del Deporte y de las Distinciones Deportivas.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.

Artículo 10

El Negociado de Tecnificación Deportiva ejercerá las siguientes funciones:

- Coordinar las necesidades del deporte de rendimiento, en Navarra, en colaboración con las Federaciones Deportivas y otras entidades de carácter deportivo de ámbito navarro o estatal.

- Promover las condiciones, diseño, puesta en marcha y control de los programas de tecnificación deportiva y de selecciones, destinados al alto nivel de Navarra y su promoción, elaborando la propuesta de ayudas y en su caso los correspondientes Acuerdos de Colaboración.

- Gestionar y llevar a cabo el seguimiento de los elementos distintivos de la marca corporativa de las Selecciones de Navarra.

- Gestionar y controlar el marco de ordenación del deporte de rendimiento en Navarra, según las directrices marcadas en los objetivos del Instituto Navarro del Deporte.

- Promover, sistematizar y coordinar programas de detección de talentos deportivos.

- Promover los intercambios deportivos como instrumento de tecnificación deportiva y de evolución de las selecciones.

- Promover medidas que faciliten la compatibilidad entre la actividad deportiva y las ocupaciones académicas, personales y laborales.

- Coordinar con los centros que, en su caso, procedan para mejorar las condiciones de entrenamiento de los deportistas navarros de alto nivel.

- Coordinar y realizar el seguimiento de los acuerdos de usos, en coordinación con el Servicio de Infraestructuras Deportivas, tanto referidos a instalaciones subvencionadas de forma convenida por el Instituto Navarro del Deporte, como a instalaciones en general.

- Asesorar y coordinar, con las fundaciones de carácter deportivo, el desarrollo de programas destinados a la mejora del deporte de alto rendimiento en Navarra.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, que le sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.

Artículo 11

El Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte, se estructura, con dependencia del Director del Centro, en las siguientes Unidades Técnicas:

- Unidad Técnica de Asistencia.

- Unidad Técnica de Investigación.

- Unidad Técnica de Formación.

Artículo 12

La Unidad Técnica de Asistencia ejercerá las siguientes funciones:

- Planificar, de forma global, las actuaciones en materia de asistencia médica y científica, con carácter general, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por la dirección del Centro.

- Apoyar en sus funciones e informar de las actuaciones de la unidad técnica a la dirección del Centro.

- Gestionar y controlar el equipamiento, el procedimiento económico-administrativo y los recursos, que en general tenga asignados la unidad técnica, así como las ayudas que, en materia de su competencia, se desarrollen según la normativa vigente.

- Apoyar las actividades de investigación y de formación, que se planifiquen, con las implicaciones a dictaminar por la dirección del Centro.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, así como otras atribuidas al propio Centro, no explícitas en esta Orden Foral, que le sean encomendadas por la dirección del mismo.

Artículo 13

La Unidad Técnica de Investigación ejercerá las siguientes funciones:

- Planificar, de forma global, las actuaciones en materia de investigación, con carácter general, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por la dirección del Centro.

- Apoyar en sus funciones e informar de las actuaciones de la unidad técnica a la dirección del Centro.

- Gestionar y controlar el equipamiento, los documentos, el procedimiento económico-administrativo y los recursos, que en general tenga asignados la unidad técnica, así como las ayudas que, en materia de su competencia, se desarrollen según la normativa vigente.

- Apoyar las actividades de asistencia y de formación, que se planifiquen, con las implicaciones a dictaminar por la dirección del Centro.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, así como otras atribuidas al propio Centro, no explícitas en esta Orden Foral, que le sean encomendadas por la dirección del mismo.

Artículo 14

La Unidad Técnica de Formación ejercerá las siguientes funciones:

- Planificar, de forma global, las actuaciones en materia de formación, con carácter general, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por la dirección del Centro.

- Apoyar en sus funciones e informar de las actuaciones de la unidad técnica a la dirección del Centro.

- Gestionar y controlar el equipamiento, la documentación, el procedimiento económico-administrativo y los recursos, que en general tenga asignados la unidad técnica, así como las ayudas que, en materia de su competencia, se desarrollen.

- Apoyar las actividades de asistencia y de investigación, que se planifiquen, con las implicaciones a dictaminar por la dirección del Centro.

- Cualesquiera otras funciones, similares o complementarias de las descritas, así como otras atribuidas al propio Centro, no explícitas en esta Orden Foral, que le sean encomendadas por la dirección del mismo.

Disposición Adicional Única

Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos, del Jefe del Negociado de Gestión Económica y Procedimental como Jefe del Negociado de Gestión Económico-Administrativa y Procedimental y de la Jefa del Negociado de Gestión Interna y de Personal como Jefa del Negociado de Gestión Interna, Logística y de Personal.

Disposición Derogatoria Única

Quedan derogadas la Orden Foral 2/2009, de 12 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se desarrollaba la estructura del Organismo Autónomo Instituto Navarro del Deporte , así como las disposiciones, de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

Disposición Final Primera

Se interesa del Departamento de Economía y Hacienda la realización de las modificaciones presupuestarias pertinentes para la ejecución de lo dispuesto en la presente Orden Foral.

Disposición Final Segunda

La presente Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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