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ORDEN FORAL 42/2004, DE 29 DE ABRIL, DEL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y TECNOLOGÍA, COMERCIO Y TRABAJO, POR LA QUE SE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO POR LA ORDEN FORAL 65/2000, DE 11 DE MAYO, PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ PROFESIONAL DE OPERADOR DE GRÚAS TORRE Nota de Vigencia

BON N.º 69 - 09/06/2004



Preámbulo

La Orden Foral 65/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, establece el procedimiento para la obtención del carné profesional de operador de grúas en la Comunidad Foral. No obstante, según señala su disposición transitoria, la posesión del carné de operador de grúas torre no será exigible hasta que no se regule su obligatoriedad mediante la aprobación de disposiciones reglamentarias al respecto.

El Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-2 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. El Anexo IV del citado Real Decreto dispone que para el manejo de grúas torre a las que se refiere la ITC requerirá la posesión del carné de operador de grúa torre, y señala los requisitos para su obtención.

Esta nueva Orden Foral ha sido sometida a la audiencia de las Asociaciones de Consumidores, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22.2.d) de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, sin que se hayan presentado alegaciones

A la vista de lo anterior, procede la aplicación directa de lo dispuesto en el citado Real Decreto, dejando sin efecto el procedimiento establecido en la Orden Foral 65/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo.

En su virtud,

ordeno;

Artículo Único

El procedimiento para la obtención del carné profesional de operador de grúas torre en la Comunidad Foral de Navarra será el establecido en el Anexo IV del Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-2 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.

Disposición Transitoria Única

Los carnés profesionales de operador de grúa torre obtenidos al amparo de la Orden Foral 65/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, mantendrán su vigencia hasta la finalización del plazo para el que fueron expedidos; Finalizado este plazo, su renovación se tramitará conforme a lo establecido en el Real Decreto 836/2003, de 27 de junio.

Disposición Final Primera

Queda derogada la Orden Foral 65/2000, de 11 de mayo, por la que se establece el procedimiento para la obtención del carné de profesional de operador de grúas torre.

Disposición Final Segunda

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

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