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ORDEN FORAL 215/2008, DE 2 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE FIJAN LOS PLAZOS Y FECHAS PARA EL INGRESO DE FONDOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y ENVÍOS TELEMÁTICOS POR LAS ENTIDADES COLABORADORAS EN LA RECAUDACIÓN DE LA HACIENDA PÚBLICA DE NAVARRA PARA EL AÑO 2009 Nota de Vigencia

BON N.º 156 - 24/12/2008



Preámbulo

En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio , se regulan en el Libro II, en su Capítulo II, las relaciones con las Entidades Financieras que prestan el servicio de colaboración en la Gestión recaudatoria de la Hacienda Tributaria de Navarra.

El artículo 81.1 de dicho reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que las Entidades Colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.

La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.

En consecuencia, ordeno;

1.º Para el año 2009, los plazos y fechas fijados para la presentación de la documentación y envíos telematicos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras de la Hacienda Tributaria de Navarra y su abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:

- Enero 1.ª 1 Del 23/12 al 5/01/09 12 de enero 12 de enero

- Enero 2.ª 2 Del 6/01 al 20/01 26 de enero 27 de enero

- Febrero 1.ª 3 Del 21/01 al 5/02 10 de febrero 12 de febrero

- Febrero 2.ª 4 Del 6/02 al 20/02 25 de febrero 27 de febrero

– Marzo 1.ª 5 Del 21/02 al 5/03 10 de marzo 12 de marzo

- Marzo 2.ª 6 Del 6/03 al 20/03 25 de marzo 27 de marzo

- Abril 1.ª 7 Del 21/03 al 6/04 14 de abril 15 de abril

- Abril 2.ª 8 Del 7/04 al 20/04 24 de abril 27 de abril

- Mayo 1.ª 9 Del 21/04 al 5/05 11 de mayo 12 de mayo

- Mayo 2;ª 10 Del 6/05 al 20/05 25 de mayo 27 de mayo

- Junio 1.ª 11 Del 21/05 al 5/06 10 de junio 12 de junio

- Junio 2.ª 12 Del 6/06 al 22/06 26 de junio 29 de junio

- Julio 1.ª 13 Del 23/06 al 6/07 10 de julio 13 de julio

– Julio 2.ª 14 Del 7/07 al 20/07 27 de julio 29 de julio

– Agosto 1.ª 15 Del 21/07 al 5/08 10 de agosto 12 de agosto

– Agosto 2.ª 16 Del 6/08 al 20/08 25 de agosto 27 de agosto

– Septiembre 1.ª 17 Del 21/08 al 7/09 11 de septiembre 14 de septiembre

– Septiembre 2.ª 18 Del 8/09 al 21/09 25 de septiembre 28 de septiembre

- Octubre 1.ª 19 Del 22/09 al 5/10 9 de octubre 13 de octubre

– Octubre 2.ª 20 Del 6/10 al 20/10 26 de octubre 28 de octubre

- Noviembre 1.ª 21 Del 21/10 al 5/11 10 de noviembre 12 de noviembre

- Noviembre 2.ª 22 Del 6/11 al 20/11 25 de noviembre 27 de noviembre

– Diciembre 1.ª 23 Del 21/11 al 7/12 14 de diciembre 14 de diciembre

- Diciembre 2.ª 24 Del 8/12 al 21/12 28 de diciembre 28 de diciembre

2.º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por fax al número 848 42 79 55 de la Sección de Tesorería antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.

3.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Disposición Final Única

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Gobierno de Navarra

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