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RESOLUCIÓN 144/2008, DE 19 DE AGOSTO, DE LA DIRECTORA GENERAL DE TRANSPORTES POR LA QUE SE APRUEBAN LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS INTERURBANOS DE TAXI Nota de Vigencia

BON N.º 108 - 03/09/2008



Preámbulo

La Asociación Independiente de Taxistas Autopatronos de Navarra (AITAN) ha solicitado la aprobación de nuevas tarifas interurbanas de taxi.

El último aumento de estas tarifas fue aprobado por Resolución 298/2007, de 17 de diciembre, de la Directora General de Transportes, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra de 31 de diciembre.

Por Resolución 298/2007, de 17 de diciembre, de la Directora General de Transportes del Gobierno de Navarra, se aprobaron las tarifas máximas aplicables a los servicios interurbanos de taxi:

Precio por kilómetro recorrido 0,49 euros.

Precio por hora de espera 13,60 euros.

Mínimo de percepción 3,00 euros.

En los servicios nocturnos prestados entre las 23,00 horas y las 6,00 horas, así como en los prestados entre las 0 horas y las 24 horas de los sábados y festivos, se aumentará su importe en un 25% sobre la tarifa diurna.

Por Orden FOM/2182/2008, de 22 de julio, del Ministerio de Fomento se ha aprobado un nuevo marco tarifario de los servicios de transporte de viajeros en vehículo turismo provistos de autorizacion de transporte VT. En la misma, una vez analizada la variación de los costes de explotación por encima de lo previsto, principalmente en lo relativo al precio del gasoleo, aconseja una actualización con carácter extraordinario de las tarifas contenidas en la Orden FOM/783/2007, de 18 de diciembre.

La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi establece en el apartado 2 de su artículo 40 que corresponde al Departamento competente en materia de Transportes la aprobación del régimen tarifario aplicable a los servicios interurbanos de taxi, previa audiencia de las asociaciones profesionales representativas del sector del taxi y de los consumidores y usuarios.

El Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes propone incrementar la tarifa del transporte interurbano de viajeros en automóviles turismo (taxi) en las cuantías que se señalan, manteniendo en el precio actual las referidas a la hora de espera y al mínimo de percepción.

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache, con fecha 14 de agosto ha manifestado su conformidad al incremento tarifario extraordinario motivado por la subida del petróleo, si bien considera que las subidas a mitad de año han de ser, como en este caso, algo inusual y suficientemente motivado.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral y de conformidad con lo informado por el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes,

RESUELVO;

1.º Aprobar las siguientes tarifas máximas aplicables a los servicios interurbanos de taxi, que serán aplicables desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra:

Precio por kilómetro recorrido 0,50 euros.

Precio por hora de espera 13,60 euros.

Mínimo de percepción 3,00 euros.

Los periodos de espera se computaran por fracciones de quince minutos a razón de 3,40 euros cada fracción.

En los servicios nocturnos prestados entre las 23:00 horas y las 6:00 horas, así como en los prestados entre las 0:00 horas y las 24:00 horas de los sábados y festivos, se aumentará su importe en un 25% sobre la tarifa diurna.

2.º Establecer que las tarifas que se aprueban en esta Resolución serán de aplicación a todos los servicios interurbanos de taxi realizados al amparo de autorizaciones para la realización de servicios interurbanos de taxi otorgadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

3.º Determinar que los vehículos a los que afecta la presente Resolución irán provistos de los oportunos cuadros de tarifas, que deberán ser visados por el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

4.º Notificar esta resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, a la Asociación Independiente de Taxistas Autopatronos de Navarra (AITAN) y a la Asociación de Consumidores de Navarra Irache.

5.º Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

6.º Señalar que contra esta Resolución, que no pone fin a la via administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Las Administraciones Públicas, cuando sean interesadas en el expediente, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Gobierno de Navarra

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