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ORDEN FORAL 93/2008, DE 10 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE ESTABLECE LA CUANTÍA MÁXIMA DE AYUDAS VINCULADAS A SERVICIO, PARA ESTANCIAS EN CENTROS AJENOS DE TERCERA EDAD Y DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

BON N.º 46 - 11/04/2008



Preámbulo

El Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las prestaciones y ayudas individuales y familiares en materia de Servicios Sociales, dispone, en su artículo 13 , que la cuantía máxima a percibir para estancias en centros ajenos se establecerá anualmente por la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

Ley Foral 17/2000, de 29 de diciembre, regula la aportación económica de los usuarios a la financiación de los servicios por estancia en Centros para la Tercera Edad y establece la referencia máxima para la concesión de ayudas económicas para estancias en centros ajenos en relación con los precios establecidos en la misma.

Por Orden Foral 4/2007, de 9 de enero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, se establecen las cuantías máximas de ayudas a percibir para estancias en centros ajenos de Tercera Edad y Personas con Discapacidad para el año 2007 .

Con la entrada en vigor de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios Sociales y, en particular, con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, se sustituyen los conceptos de personas validas y asistidas por el de personas con dependencia, en sus diferentes niveles, y personas no dependientes.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, de el Gobierno de Navarra y de su Presidente , y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte , ordeno:

Primero

Fijar en las siguientes cantidades el importe mínimo y máximo de las ayudas económicas vinculadas a servicio para estancias en centros ajenos de tercera Edad y Personas con Discapacidad, a que hace referencia el Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio :

Prestación para estancia en centros residenciales

DEPENDENCIAMÁXIMO (euro/mes)MINIMO (euro/mes)
Situación de gran dependencia nivel 21.723,28258,75
Situación de gran dependencia nivel 11.723,28175,95
Situación de dependencia severa nivel 21.723,28100,00
Situación de dependencia severa nivel 1825,290,00
Situación de dependencia moderada797,020,00
Situación de dependencia social de personas que no puedan continuar en su domicilio por conflicto familiar o ausencia de soporte familiar adecuado797,020,00

Prestación para atención diurna

Situación de gran dependencia nivel 2886,90258,75
Situación de gran dependencia nivel 1886,90175,95
Situación de dependencia severa nivel 2886,90100,00
Situación de dependencia severa nivel 1886,900,00
Situación de dependencia moderada886,900,00
Situación de dependencia social de personas que no puedan continuar en su domicilio por conflicto familiar o ausencia de soporte familiar adecuado886,900,00

Segundo

Con carácter excepcional, la Directora Gerente de la Agencia Navarra para la Dependencia podrá conceder ayudas superiores a las establecidas en el apartado anterior, cuando se compruebe fehacientemente que la atención del solicitante exige aplicación de recursos especiales.

Tercero

Dejar sin efecto la Orden Foral 4/2007, de 9 de enero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se establece la cuantía máxima de ayudas a percibir para estancias en centros ajenos de tercera edad y de personas con discapacidad .

Cuarto

Publicar la presente la Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos, siendo de aplicación desde el 1 de enero de 2008.

Gobierno de Navarra

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