ORDEN FORAL 421/2007, DE 17 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE FIJAN LOS PLAZOS Y FECHAS PARA EL INGRESO DE FONDOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y ENVÍOS TELEMÁTICOS POR LAS ENTIDADES COLABORADORAS EN LA RECAUDACIÓN DE LA HACIENDA PÚBLICA DE NAVARRA PARA EL AÑO 2008
BON N.º 162 - 31/12/2007
En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II, en su Capítulo II , las relaciones con las Entidades Financieras que prestan el servicio de colaboración en la Gestión recaudatoria de la Hacienda Tributaria de Navarra.
El artículo 81.1 de dicho Reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que las Entidades Colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.
La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2 , de los días inhábiles de Pamplona.
En consecuencia, ordeno:
Para el año 2008, los plazos y fechas fijados para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras de la Hacienda Tributaria de Navarra y su abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:
Enero 1.ª | 1 | Del 21/12 al 7/01/08 | 11 enero | 14 enero |
Enero 2.ª | 2 | Del 8/01 al 21/01 | 25 enero | 28 enero |
Febrero 1.ª | 3 | Del 22/01 al 5/02 | 11 febrero | 12 febrero |
Febrero 2.ª | 4 | Del 6/02 al 20/02 | 25 febrero | 27 febrero |
Marzo 1.ª | 5 | Del 21/02 al 5/03 | 10 marzo | 12 marzo |
Marzo 2.ª | 6 | Del 6/03 al 25/03 | 31 marzo | 1 abril |
Abril 1.ª | 7 | Del 26/03 al 7/04 | 11 abril | 14 abril |
Abril 2.ª | 8 | Del 8/04 al 21/04 | 25 abril | 28 abril |
Mayo 1.ª | 9 | Del 22/04 al 5/05 | 9 mayo | 12 mayo |
Mayo 2.ª | 10 | Del 6/05 al 20/05 | 26 mayo | 27 mayo |
Junio 1.ª | 11 | Del 21/05 al 5/06 | 10 junio | 12 junio |
Junio 2.ª | 12 | Del 6/06 al 20/06 | 25 junio | 27 junio |
Julio 1.ª | 13 | Del 21/06 al 8/07 | 14 julio | 14 julio |
Julio 2.ª | 14 | Del 9/07 al 21/07 | 28 julio | 28 julio |
Agosto 1.ª | 15 | Del 22/07 al 5/08 | 11 agosto | 12 agosto |
Agosto 2.ª | 16 | Del 6/08 al 20/08 | 25 agosto | 27 agosto |
Septiembre 1.ª | 17 | Del 21/08 al 5/09 | 10 sept. | 12 sept. |
Septiembre 2.ª | 18 | Del 6/09 al 22/09 | 26 sept. | 29 sept. |
Octubre 1.ª | 19 | Del 23/09 al 6/10 | 10 octubre | 13 octubre |
Octubre 2.ª | 20 | Del 7/10 al 20/10 | 24 octubre | 27 octubre |
Noviembre 1.ª | 21 | Del 21/10 al 5/11 | 10 nov. | 12 nov. |
Noviembre 2.ª | 22 | Del 6/11 al 20/11 | 25 nov. | 27 nov. |
Diciembre 1.ª | 23 | Del 21/11 al 5/12 | 10 dic. | 12 dic. |
Diciembre 2.ª | 24 | Del 6/12 al 22/12 | 29 dic. | 29 dic. |
El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por fax al numero 848 42 79 55 de la Sección de Tesorería antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.
Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras y disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.
La presente Orden Foral entrara en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.