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RESOLUCIÓN DE 2 DE AGOSTO DE 1999, DEL DIRECTOR GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE CONCRETAN LOS CRITERIOS QUE SE SIGUEN EN LA GESTIÓN DE NÓMINAS EN LOS SUPUESTOS DE NOMBRAMIENTOS Y CESES


Preámbulo

El carácter dinámico de la estructura de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, así como la diversidad de órganos con competencia para efectuar los distintos nombramientos y ceses, hace aconsejable concretar los criterios que se siguen en dichas situaciones, para general conocimiento y a fin de unificar la gestión de todas las unidades gestoras de nómina.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Orden Foral 164/1998, de 3 de noviembre, del Consejero de Presidencia e Interior, he resuelto;

Primero

A los efectos de elaboración de la nómina en los supuestos de nombramientos y ceses, ya se produzcan por cambios de Gobierno o por cualquier otra causa, se seguirán los siguientes criterios, según el cargo de que se trate:

Presidente del Gobierno.- El día de toma de posesión del nuevo Presidente se considera primer día de ejercicio en el cargo del mismo y último día del presidente cesante, es decir, coinciden un día.

Consejeros del Gobierno de Navarra.- Cesan el mismo día que el presidente saliente, es decir, el último día, a los efectos de nómina, es el día de la toma de posesión del nuevo Presidente del Gobierno. El primer día de los nuevos Consejeros será, normalmente, el día siguiente al de la toma de posesión del nuevo Presidente, ya que es ese día cuando se celebra el acto solemne de la toma de posesión de los mismos.

Personal eventual de Gabinete (Asesores, Jefes, Secretarios y Auxiliares de Gabinete).- Cesan el mismo día que la autoridad que los nombró (Presidente o Consejeros). El nuevo personal eventual que sea nombrado toma posesión el día en que cada Departamento así lo indique, ya que, normalmente, no se suelen publicar en el Boletín Oficial de Navarra ni los ceses ni los nombramientos de dicho personal.

Directores Generales.- Aunque este personal tiene la consideración de “eventual”, según la ley Foral de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, el criterio adoptado es que la Administración no puede paralizarse; por ello se entiende que, para considerarlos cesados, es preciso el cese expreso por Decreto Foral; Los efectos de dicho cese son los de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Navarra, salvo notificación expresa de los responsables del Departamento afectado.

Asimismo, los nombramientos tienen efecto desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Navarra, salvo notificación expresa. Puede suceder que las notificaciones expresas de ceses del cargo saliente y las de toma de posesión del nuevo no sean sucesivas, sino coincidentes. Puede admitirse, excepcionalmente, que coincidan las dos personas, la que cesa y la nombrada, un día, el que se considera como de traspaso de funciones y temas pendientes, pero no más.

Directores de Servicio.- Se seguirá el mismo criterio que el expuesto para los Directores Generales.

Nombramientos interinos de Jefes de Sección y de Negociado.- Se seguirá el mismo criterio que el expuesto para Directores Generales y Directores de Servicio.

Segundo

Notificar esta Resolución a los Secretarios Técnicos de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral, al Servicio de Personal de la Dirección General de Función Pública, al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación y Cultura, a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al Servicio de Administración y Recursos Humanos del Instituto Navarro de Bienestar Social, al Instituto Navarro de Administración Pública, al Instituto Navarro de Salud Laboral, a la Estación de Viticultura y Enología de Navarra, al Instituto Navarro de la Mujer, al Instituto Navarro de Deporte y Juventud y al Servicio Navarro de Empleo para su conocimiento y efectos oportunos. Pamplona, dos de agosto de mil novecientos noventa y nueve.

Gobierno de Navarra

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