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ORDEN FORAL 89/2007, DE 21 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE ENCOMIENDA AL SERVICIO DE PATRIMONIO LA INSTRUCCIÓN, TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA REFERIDOS AL ORGANISMO AUTÓNOMO DE HACIENDA TRIBUTARIA DE NAVARRA Nota de Vigencia

BON N.º 47 - 16/04/2007



Preámbulo

Mediante Decreto Foral 352/1999, de 13 de septiembre, se creó el Organismo Autónomo de Hacienda Tributaria de Navarra, adscrito al Departamento de Economía y Hacienda, aprobandose sus Estatutos por Decreto Foral 353/1999, de 13 de septiembre .

Conforme a lo establecido en el artículo 1.º de los citados Estatutos , la Hacienda Tributaria de Navarra es un Organismo Autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y con capacidad para contratar conforme a lo establecido en la normativa vigente sobre contratación administrativa.

No disponiendo del personal y medios necesarios para llevar a cabo los procedimientos de contratación pública de su competencia se hace necesario instrumentar la colaboración con el Servicio de Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda, mediante la encomienda de gestión.

La encomienda de gestión está regulada en el artículo 39 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra , como instrumento de colaboración, entre otros, entre distintos órganos de un mismo Departamento y debe hacer mención expresa de las actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuma el órgano encomendado, requiriéndose, además, la publicación íntegra de la misma en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su eficacia.

En virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 39, 2 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra , Ordeno:

Primero

Encomendar al Servicio de Patrimonio de el Departamento de Economía y Hacienda la instrucción, tramitación y resolución de los expedientes de contratación pública que sean necesarios para el normal funcionamiento de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Segundo

El plazo de vigencia de esta encomienda de gestión será de un año a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Tercero

Cada expediente deberá ir precedido de la pertinente descripción con el detalle suficiente para su gestión, y la autorización del gasto necesario para ello, en cualquiera de las formas establecidas al efecto.

Cuarto

La promoción y el seguimiento de los expedientes se realizarán desde la Sección de Administración de la Hacienda Tributaria de Navarra en ejercicio de las funciones que tiene atribuidas.

Quinto

Publicar la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra a los efectos oportunos.

Gobierno de Navarra

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