(ir al contenido)

navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

LEXNAVARRA


Versión para imprimir


ORDEN FORAL DE 19 DE MARZO DE 1992, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN ASESORA TÉCNICA SOBRE PATOLOGÍA INFECCIOSA Y MICROBIOLÓGICA CLÍNICA

BON N.º 46 - 15/04/1992



Preámbulo

Por Orden Foral de 12 de enero de 1990 se dispone la posibilidad de constituir Comisiones Asesoras Técnicas de el Departamento de Salud para el asesoramiento continuado en áreas especializadas de conocimiento y actividades sanitarias. La nominación y composición de las Comisiones queda referida a la correspondiente Orden Foral que crea cada una de ellas.

La necesidad prioritaria de abordar la puesta en marcha de actuaciones tendentes a la coordinación funcional en el manejo de la patología infecciosa en los distintos niveles de atención del sistema sanitario así como programas de intervención sobre epidemiología, prevención e intervención sobre epidemiología, procesos infecciosos de cualquier índole y, en particular de aquellas patologías infecciosas específicas, aconseja la creación de una Comisión Asesora Técnica sobre Patología Infecciosa y Microbiología Clínica que, en el marco de las funciones que se atribuyen a estas Comisiones por la Orden Foral de 12 de enero de 1990 pueda, en concreto, contribuir al diseño, puesta en marcha y evaluación de las referidas actividades, así como de aquellas que apoyen la adopción de medidas por el Departamento de Salud conducentes a reducir las referidas patologías priorizando las acciones de mejor relación coste-beneficio.

En su virtud, a propuesta del Director General de Salud, dispongo:

Primero

Se crea la Comisión Asesora Técnica sobre Patología Infecciosa y Microbiología Clínica del Departamento de Salud.

Segundo

La Comisión estará integrada por los siguientes profesionales:

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

Tercero

La Comisión elegirá un secretario de entre sus miembros.

Cuarto

La Comisión para el estudio de aspectos concretos dentro de las materias que le corresponden, podrá ser asistida por los asesores especialistas que a tal efecto consideran oportuno designar, y, en su caso, podrá constituir subcomisiones específicas.

Quinto

La Comisión para el ejercicio de sus funciones en relación con el Síndrome de Inmunodeficiencia adquirida se subrogará necesariamente en la actualmente existente Comisión Asesora Técnica sobre el SIDA, la cual funcionará autónomamente.

Sexto

La Comisión realizará las funciones que se describen en el apartado segundo del artículo tercero de la Orden Foral de 12 de enero de 1990 , en el campo de la acción de la Administración Sanitaria de la Comunidad Foral en materia de Patología Infecciosa y Microbiología Clínica.

Séptimo

La Comisión podrá elaborar su propio reglamento de organización y funcionamiento.

Octava

Notificar la presente Orden Foral al Director General de Salud, Director Gerente del Servicio Navarro de Salud, interesados y ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para general conocimiento.

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web