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ORDEN FORAL 176/2001, DE 14 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE CRIOPRESERVACIÓN DE MUESTRAS BIOLÓGICAS

BON N.º 43 - 06/04/2001



Preámbulo

El Decreto Foral 23/2001, de 29 de enero, por el que se desarrolla funcional y organizativamente el Centro de Investigación Biomédica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea , prevé que el Centro de Investigación Biomédica dispondra de los medios necesarios para la criopreservación de muestras tisulares de patología humana, contando con la asesoría de una Comisión Técnica, lo que deberá desarrollarse de conformidad a la Orden Foral del 12 de enero de 1990 , que dispone la constitución de Comisiones Asesoras Técnicas para el asesoramiento continuado en áreas especializadas de conocimiento y actividades sanitarias. La nominación y composición de las Comisiones queda referida a la correspondiente Orden Foral que crea cada una de ellas.

En las últimas décadas se ha producido un gran desarrollo de nuevas técnicas de biología que permiten describir alteraciones fundamentales a nivel molecular, responsables de distintas enfermedades hereditarias, congénitas y vinculadas a la transformación neoplásica celular, en las que existen alteraciones moleculares subyacentes con potencial trascendencia diagnóstica o pronóstica. Para potenciar este tipo de investigación molecular es preciso desarrollar técnicas de criopreservación para la conservación tisular o celular de forma segura durante períodos prolongados de tiempo, que permitan constituir un banco de muestras vinculadas a diagnosticos clínicos, desde el que se puedan desarrollar ulteriores investigaciones.

En su virtud, de conformidad con lo señalado en el artículo 6.º de la mencionada Orden Foral de 12 de enero de 1990, del Consejero de Salud, sobre estructuración de la asesoría científico-técnica en materia de salud ,

ORDENO:

Primero

Se establece Comisión Asesora Técnica de Criopreservación de muestras biológicas, de conformidad con el Decreto Foral 23/2001 de 29 de enero, por el que se desarrolla funcional y organizativamente el Centro de Investigación Biomédica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea , para el desempeño de las siguientes funciones:

- Asesorar de forma continuada las técnicas, indicaciones y formularios de registro necesarios para la criopreservación de las diferentes muestras biológicas de potencial interés.

- Velar para que la utilización de las muestras y la información clínica a ellas asociada se utilice únicamente para el conocimiento de la enfermedad a través de la investigación y el estudio.

- Autorizar el uso de material biológico.

- Informar y asesorar por iniciativa propia al departamento de Salud de aquellos problemas o necesidades que requieran estudio o actuación específica por parte de los organismos competentes.

- Monitorizar el control, de calidad y confidencialidad del Banco de muestras biológicas.

- Mantener colaboración e intercambio con Bancos de material biológico de otros organismos y en especial con el Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas.

- Y todas aquellas relacionadas que dentro de este ámbito le puedan ser encomendadas.

Segundo

La Comisión Asesora Técnica de Criopreservación de muestras biológicas estará compuesta por los siguientes miembros, los cuales serán designados por el Director General del Departamento de Salud:

- El Director del Centro de Investigación Biomédica, que actuará como Presidente.

- Tres miembros del Hospital de Navarra propuestos por su Director, de entre los facultativos pertenecientes a los Servicios de Anatomía Patológica, Oncología y del resto de Servicios Médicos o Quirurgicos del mencionado hospital.

- Tres miembros del Hospital Virgen del Camino propuestos por su Director, de entre los facultativos pertenecientes a los Servicios de Anatomía Patológica, Hematología y del resto de Servicios Médicos o Quirúrgicos del mencionado hospital.

- Un facultativo del Registro de Tumores de Navarra propuesto por la Dirección del Instituto de Salud Pública.

- Dos expertos relacionados con la donación e investigación sobre material biológico de origen humano propuestos por la Fundación Miguel Servet.

- Un miembro propuesto por cada centro que se asocie al Banco de criopreservación.

- Un vocal del Centro de Investigación Biomédica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea propuesto por su Director Gerente, que actuará como Secretario de la Comisión.

Tercero

La Comisión para el estudio de aspectos concretos podrá ser asistida por los asesores especialistas que a tal efecto se considere oportuno.

Cuarto

La Comisión podrá elaborar su propio reglamento de organización y funcionamiento. En su defecto, se aplicarán las normas para funcionamiento de los órganos colegiados contenidas en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .

Quinto

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

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