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ORDEN FORAL 57/1997, DE 21 DE MAYO, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA E INTERIOR, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS FICHEROS INFORMATIZADOS, CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DENOMINADOS ASOCIACIONES E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS OCASIONADOS POR ATENTADOS TERRORISTAS, Y SE CREA EL FICHERO FUNDACIONES

BON N.º 67 - 04/06/1997



Preámbulo

El Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regula los ficheros informatizados con datos de carácter personal, dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos .

Visto el informe de la Dirección General de Interior en el que se propone la modificación de dos ficheros referentes a Asociaciones e Indemnizaciones por Daños ocasionados por Atentados Terroristas y la creación de un nuevo fichero informatizado de Fundaciones.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio , en lo que concierne al procedimiento de modificación, cancelación y creación de los ficheros informatizados, Ordeno:

Primero

Autorizar la siguiente modificación en el fichero denominado Asociaciones:

f) Unidad responsable del fichero. Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa de Interior de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia e Interior.

g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación. Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa de Interior de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia e Interior.

Segundo

Autorizar la siguiente modificación en el fichero denominado Indemnización por daños ocasionados por atentados terroristas:

f) Unidad organica responsable del fichero. Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa de Interior de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia e Interior.

g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación. Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa de Interior de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia e Interior.

Tercero

Autorizar la creación del fichero de Fundaciones, cuyo contenido es el siguiente:

Denominación del fichero: Fundaciones.

a) Finalidad del fichero y usos previstos.

Mantener el Registro de Fundaciones de competencia de la Comunidad Foral de Navarra, a efectos tributarios.

b) Personas o colectivos afectados.

Fundadores y patronatos de las fundaciones.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante toma de datos de escritura pública.

d) Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.

- Datos de carácter identificativo.

D.N.I. / N.I.F.

Apellidos y nombre.

Domicilio.

Teléfono.

- Datos de circunstancias sociales.

Correspondientes a fundadores y patronatos.

e) Cesiones de datos de carácter personal.

No hay cesiones de datos de carácter personal.

f) Unidad Orgánica responsable del fichero.

Sección de Asuntos Generales de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia e Interior.

g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación.

Sección de Asuntos Generales de la Dirección General de Interior del Departamento de Presidencia e Interior.

Cuarto

Trasladar la presente Orden Foral a la Dirección General de Interior, y al Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa de Interior y disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

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