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ORDEN FORAL 364/2001, DE 29 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE CREA UN FICHERO INFORMATIZADO BAJO LA DENOMINACIÓN DE CONTROL DE ACCESO A LOS EDIFICIOS DEL GOBIERNO DE NAVARRA

BON N.º 16 - 06/02/2002



Preámbulo

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos ;

Visto el informe del Servicio de Cooperación Seguridad y Coordinación de Policías Locales de la Dirección General de Interior en el que se propone la creación de un nuevo fichero informatizado de Control de Acceso a los Edificios del Gobierno de Navarra.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio , en lo que concierne al procedimiento de creación de nuevos ficheros informatizados, Ordeno:

Primero

Autorizar la creación del fichero de Control de Acceso a los Edificios del Gobierno de Navarra.

a) Finalidad y usos previstos.

Control de las personas que acceden a las diferentes dependencias del Gobierno de Navarra, para prevenir actos antisociales, vandálicos y terroristas.

b) Personas o colectivos afectados.

Todas las personas que accedan a los edificios del Gobierno de Navarra en el que se encuentre instalado el sistema de control de accesos.

c) Procedimiento de recogida de los datos.

Del propio interesado.

d) Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.

Datos de carácter identificativo:

- D.N.I./N.I.F.

- Nombre y Apellidos.

- Fotografía.

e) Cesion de datos de carácter personal.

No existe cesión de datos de carácter personal.

f) Unidad orgánica responsable del fichero.

Dirección General de Interior.

g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación.

Servicio de Cooperación, Seguridad y Coordinación de Policías Locales.

Carretera Zaragoza Kilómetro 3,5, 31191 - Cordovilla (Navarra). Teléfono 948-290955. Fax 948-290970.

h) Medidas de seguridad.

Se establecerá un plan de seguridad de nivel básico.

Segundo

Publicar la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Tercero

Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Cooperación, Seguridad y Coordinación de Policías Locales del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y a la Sección de Protección de Datos de la Dirección General de Organización y Sistemas de Información.

Gobierno de Navarra

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