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ORDEN FORAL 319/2003, DE 24 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA EL INTERVALO DE LA SEGUNDA QUINCENA DE DICIEMBRE ASÍ COMO LOS PLAZOS Y FECHAS PARA EL INGRESO DE FONDOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y ENVÍOS TELEMÁTICOS POR LAS ENTIDADES COLABORADORAS EN LA RECAUDACIÓN DE LA HACIENDA PÚBLICA DE NAVARRA

BON N.º 151 - 28/11/2003



Preámbulo

En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en su Capítulo II las relaciones con las Entidades Financieras que prestan el servicio de colaboración en la Gestión recaudatoria de la Hacienda Pública de Navarra.

El artículo 81.1 de dicho Reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que las Entidades Colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.

En la Orden Foral 352/2002, de 17 de diciembre se establecían para el año 2003 los plazos y fechas para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación.

Se fijaban los plazos de inicio y fin de la segunda quincena de diciembre entre el 6 y el 20 de diciembre y los días 26 y 27 como fechas de abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y envío telemático o presentación de documentos, respectivamente; Debido a que la fecha límite de presentación e ingreso de las declaraciones, autoliquidaciones y pagos del periodo de noviembre para los impuestos de devengo periódico tienen como fecha límite el día 22 de diciembre, se incluiría la recaudación de este día en la primera quincena del año 2004.

Para que todos los pagos del periodo de noviembre, realizados en plazo, se incluyan en el ejercicio 2003 corresponde modificar los días que incluyen la última quincena de diciembre que comprendería del 6 al 22 de diciembre, siendo la fecha valor de abono en la cuenta corriente general el día 27 de diciembre y la fecha límite de presentación de documentos o envío telemático el día 29 de diciembre.

En consecuencia, ordeno:

Primero

Establecer los días 6 y 22 de diciembre como de inicio y fin de la segunda quincena de diciembre de 2003, el día 27 de diciembre como fecha valor de abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra, y el día 29 de diciembre como fecha límite para la presentación de documentos o envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras.

Segundo

Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras.

Disposición Final Única

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

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