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DECRETO FORAL 60/1997, DE 3 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO DEL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO EN EBANISTERÍA ARTÍSTICA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Nota de Vigencia

BON N.º 49 - 23/04/1997



  ANEXO I


  ANEXO II. Profesorado que imparte los módulos de Ebanistería Artística


Preámbulo

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, determina en su artículo 4 que corresponde al Gobierno fijar las enseñanzas mínimas para todo el Estado, mientras que es competencia de las Administraciones Educativas establecer el currículo para el territorio de su competencia. Asimismo, el título segundo, de las enseñanzas de régimen especial, engloba dentro del capítulo primero, de las enseñanzas artísticas, las de Artes Plásticas y Diseño. El artículo 47 dispone que estas enseñanzas se organizarán en Ciclos de formación específica, según lo dispuesto para la Formación Profesional, y el artículo 35 especifica que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los títulos correspondientes a los estudios de formación profesional.

El Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” 22-5-1993), estable las directrices generales sobre los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de formación profesional, y en la disposición adicional quinta determina que las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño se organizarán en ciclos formativos de acuerdo a lo establecido en las directrices generales sobre los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de formación profesional y una vez publicado el Real Decreto 1456/1995, de 1 de septiembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño pertenecientes a la familia profesional de Diseño Gráfico y las correspondientes enseñanzas mínimas (“Boletín Oficial del Estado” 6-10-1995) y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el Decreto Foral 1070/1990, de 31 de agosto, por el que se aprueba el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Enseñanzas no Universitarias a la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de la misma establecer el currículo para el ámbito territorial de su competencia.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, acomete de forma decidida una profunda reforma en lo que a las Enseñanzas Artísticas de Artes Plásticas y Diseño se refiere, mejorando las relaciones entre el sistema educativo y el sistema productivo y posibilitando al mismo tiempo la formación del alumnado en los centros de trabajo.

Las Enseñanzas Artísticas de Artes Plásticas y Diseño tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales para la actividad en un campo profesional, proporcionándole una formación polivalente que le permita adaptarse a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de su vida. Incluye tanto la formación profesional de base que reciben todos los alumnos y alumnas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, como la formación profesional específica de grado medio y superior.

Las Enseñanzas Artísticas de Artes Plásticas y Diseño comprenden un conjunto de ciclos formativos con una organización modular, de duración diversa, constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas en función de los diversos campos profesionales. La formación profesional específica facilita la incorporación de los jóvenes a la vida activa, contribuye a la formación permanente de los ciudadanos y ciudadanas y atiende a las demandas de cualificación del sistema productivo.

Se entiende por currículo, en consonancia con el artículo 4 de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada uno de los niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo que regulan la práctica docente. Por ello en el presente Decreto Foral, y teniendo en cuenta lo establecido al efecto en el Decreto Foral 35/1995, de 13 de febrero, por el que se establecen directrices generales sobre la estructura y organización de la Formación Profesional y las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BOLETÍN OFICIAL de Navarra 10-3-1995), se definen los objetivos expresados en términos de capacidades, los contenidos correspondientes a cada uno de los módulos y los criterios de evaluación.

Los objetivos de los distintos módulos profesionales, definidos en el presente Decreto Foral, son una pieza clave del currículo. Definen el comportamiento del alumnado en términos de los resultados evaluables que se requieren para alcanzar los aspectos básicos de la competencia profesional. Estos aspectos básicos aseguran una cualificación común del titulado, garantía de la validez del título en todo el territorio del Estado y de la correspondencia europea de las cualificaciones.

Los contenidos del currículo son los indispensables para alcanzar los objetivos y tienen por lo general un carácter interdisciplinar derivado de la naturaleza de la competencia profesional asociada al título.

Los criterios de evaluación permiten comprobar el nivel de adquisición de los objetivos, constituyen la guía y el soporte para definir las actividades propias del proceso de evaluación.

La incorporación a los ciclos formativos de fases de formación práctica es pieza clave en la construcción de este modelo formativo, ya que la intervención de profesionales, entidades e instituciones, con su colaboración contribuirá desde planteamientos reales a la concreción de proyectos educativos que anticipen soluciones de solvencia en el mercado laboral.

Como componente formativo de transición entre la formación modular de los ciclos formativos y el mundo profesional en el que ha de insertarse el alumno, la obra final comprende un proceso de trabajo sobre un supuesto práctico suscitado a partir de situaciones referibles a la realidad del trabajo profesional. Su elaboración y evaluación han de contribuir a situar al alumnado, con realismo y sentido práctico, ante el inicio de su vida profesional. La obra final ha de reflejar con nitidez el grado de adquisición de capacidades por parte del alumnado, permitiéndole, a su vez, desplegar su sentido artístico.

Los Centros autorizados para impartir el citado ciclo formativo desarrollarán el currículo mediante la elaboración de proyectos curriculares y programaciones didácticas de cada uno de los módulos profesionales que componen el ciclo formativo en los términos establecidos en el capítulo V del Decreto Foral 35/1995, de 13 de febrero y teniendo en cuenta para la evaluación lo dispuesto en la Orden Foral 15/1997, de 28 de enero del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación y acreditación académica del alumnado que cursa Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BOLETÍN OFICIAL de Navarra 17-2-97).

El título Profesional de Técnico de Artes Aplicadas y Diseño en Ebanistería Artística pretende cubrir las necesidades de formación en el campo profesional siguiente:

El profesional de este nivel ejercerá su actividad en empresas y talleres de carácter artesanal y artístico, ya sean públicos o privados, pequeños, medianos o grandes, relacionados con el campo profesional de la ebanistería artística.

Puede también ejercer como profesional independiente o asociado en cooperativa.

El profesional de este nivel podrá realizar los proyectos creados por técnicos de niveles superiores. Debe poseer para ello la formación y destreza que le capaciten para:

- Interpretar con rigor y sensibilidad artístico-plástica la información proyectual que se le suministre, ya sea gráfica o corpórea, escrita u oral, referente a los distintos procesos de trabajo distintivos de este taller.

- Conocer y utilizar correctamente toda la información técnica disponible sobre máquinas, herramientas y útiles propios de su actividad.

- Realizar, individualmente o en equipo, las piezas y procesos de trabajo, ateniéndose a las especificaciones de los planos, diseños o croquis de un proyecto, empleando adecuadamente las técnicas y útiles que le son propios, tanto de tipo manual, como automático.

- Colaborar en equipos de trabajo coordinados por técnicos superiores, con el fin de establecer y realizar los procesos, técnicas y herramientas más adecuados para la realización de un proyecto.

- Conocer las tecnologías tradicionales y actuales dentro del campo de acción de esta especialidad a fin de que pueda adaptarse constantemente a los nuevos procedimientos.

- Responsabilizarse de los medios que utiliza para el desarrollo de su trabajo.

- Tanto en una actividad asalariada, como autónoma o en cooperativa, ser capaz de organizar el propio taller, teniendo en cuenta todos aquellos factores artísticos, técnicos, económicos y de seguridad en el trabajo que son imprescindibles.

La cualificación profesional identificada y expresada en el perfil del título de Técnico en Ebanistería Artística responde a las necesidades de cualificación en el segmento del trabajo técnico en las tareas de:

- Conocer y seleccionar el material más adecuado para la realización de un proyecto, siendo capaz de asesorar sobre los procesos de realización, permaneciendo fiel a las directrices recibidas.

- Preparar las herramientas, máquinas o útiles necesarios para la realización de un proyecto.

- Verificar las piezas durante el proceso de realización y ejecutar el montaje de las mismas y su repasado final.

- Aplicar las pátinas y recubrimientos protectores necesarios para un buen acabado.

- Responsabilizarse del mantenimiento sistemático de máquinas, utensilios y herramientas, siendo capaz de efectuar trabajos simples de reparación.

- Adquirir los conocimientos elementales para rentabilizar su trabajo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en la sesión celebrada el tres de marzo de mil novecientos noventa y siete, decreto:

Artículo 1

El presente Decreto Foral, que establece el currículo para las enseñanzas artísticas de Artes Plásticas y Diseño vinculadas con el título de Técnico en Ebanistería Artística, será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 2

El Ciclo Formativo de Técnico en Ebanistería Artística pertenece a la formación específica de Artes Plásticas y Diseño de grado medio correspondiente a la familia profesional de Artes Aplicadas de la Escultura y su duración es de 1.600 horas.

Artículo 3

El ciclo de Ebanistería Artística en cuanto enseñanzas de la familia profesional de Artes Aplicadas de la Escultura tiene el objetivo de proporcionar, al alumnado, la formación necesaria para:

- Adquirir una formación artística de calidad, que le permita obtener la capacidad para valorar la importancia de las artes plásticas como lenguaje artístico y medio de expresión cultural, desarrollando su creatividad y sensibilidad artística, y tomando conciencia de las posibilidades de realización profesional que todo ello implica.

- Adquirir la competencia profesional característica del título de Técnico en Ebanistería Artística, permitiéndole desarrollar la capacidad y conocimientos necesarios para resolver cuantos problemas se presenten en el desarrollo de su actividad profesional, así como para adaptarse a la evolución de los procesos técnicos y de las concepciones artísticas.

Artículo 4

El ciclo de Ebanistería Artística, en cuanto enseñanzas de grado medio, de Artes Plásticas y Diseño tienen el objetivo de proporcionar, al alumnado, la formación necesaria para:

- Realizar obras que posean rigor técnico y sensibilidad expresiva, a través del desarrollo de su personalidad artística, sus facultades y cultura plástica.

- Interpretar y realizar proyectos de profesionales de niveles superiores.

- Coordinar procesos técnicos y artísticos de realización.

- Conocer, comprender y dominar el comportamiento y las propiedades tecnológicas más características de los materiales que se utilicen, así como los procesos tecnológicos inherentes a su actividad artística y profesional.

- Desarrollar la capacidad de investigación de formas con un enfoque pluridisciplinar.

- Conocer los aspectos organizativos, económicos y jurídicos que inciden en las relaciones laborales y en el ámbito empresarial orientados a su incorporación al sector profesional, ya sea como profesional autónomo o asalariado.

Artículo 5

1. La enseñanza en el Centro educativo se organiza en módulos.

2. A efectos de lo dispuesto en el presente Decreto Foral, el concepto “módulo” se considerará equivalente al término “materia teórica”, “materia teórico-práctica” y “clases prácticas” a que se refiere el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan Enseñanzas Artísticas.

Artículo 6

La referencia del sistema productivo, los objetivos generales del ciclo, así como los diferentes módulos profesionales, la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres y la obra final su duración, objetivos, los criterios de evaluación y los contenidos se establecen en el Anexo I del presente Decreto Foral.

Artículo 7

Las enseñanzas correspondientes al título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Ebanistería Artística se organizan en:

1. Formación en el Centro educativo:

- Historia de la cultura y del arte: artes aplicadas de la escultura

- Dibujo artístico

- Volumen

- Taller de ebanistería

- Propio, diseñado por cada centro

- Formación y orientación laboral

- Proyecto integrado

2. Formación en los centros de trabajo:

- Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.

3. Obra final.

Artículo 8

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el currículo de los ciclos formativos de artes plástica y diseño incluirá fases de formación práctica en empresas, estudios o talleres, que podrán consistir tanto en la realización de prácticas en entidades de titularidad pública o privada, como en trabajos profesionales académicamente dirigidos e integrados en el currículo, así como aquellos efectuados en el marco de programas de intercambio nacional o internacional.

2. La fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres tendrá por finalidad:

- Complementar los conocimientos, habilidades y destrezas de los módulos que integran el currículo.

- Contribuir al logro de los objetivos comunes previstos en los artículos 3.º y 4.º del presente Decreto Foral y de los objetivos específicos propios de la especialidad del ciclo formativo de Ebanistería Artística.

3. La organización y evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, se ajustarán a lo dispuesto en la Orden Foral 15/1997, de 28 de enero del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación y acreditación académica del alumnado que cursa Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 9

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el currículo determinará el proyecto final que deberá superar el alumnado, una vez aprobados los módulos del correspondiente ciclo, para la obtención del título. En este proyecto final el alumnado deberá acreditar el dominio de los conocimientos y métodos científicos y artísticos exigibles para el ejercicio profesional en la correspondiente especialidad.

2. Como tal proyecto final, el alumnado elaborará una obra perteneciente al campo de la Ebanistería Artística, acompañada de una memoria explicativa de la misma.

Artículo 10

En cumplimiento del artículo 8.3 del Real Decreto 1385/1995,de 4 de agosto, por el que se establecen los títulos de Técnico de Artes Plásticas y Diseño pertenecientes a la familia profesional de Artes Aplicadas de la Escultura, el procedimiento de elaboración y evaluación de la obra final, se ajustará a lo establecido en la Orden Foral 15/1997, de 28 de enero del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación y acreditación académica del alumnado que cursa Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 11

La obtención del título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Ebanistería Artística requerirá la evaluación positiva de todos los módulos en que se estructura la enseñanza impartida en el Centro educativo, de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, así como de la obra final.

Artículo 12

La evaluación de las enseñanzas del Ciclo Formativo de grado medio de Ebanistería Artística se realizará teniendo en cuenta los objetivos y los criterios de evaluación, establecidos en los módulos profesionales, así como los objetivos generales del ciclo formativo, de acuerdo con lo previsto al efecto en la Orden Foral 15/1997, de 28 de enero del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación y acreditación académica del alumnado que cursa Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 13

Podrán ser objeto de correspondencia con la práctica laboral los módulos:

- Taller de ebanistería

- Formación y orientación laboral.

Asimismo, podrán quedar total o parcialmente exentos de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con este ciclo formativo.

Artículo 14

1. Para acceder al Ciclo Formativo de Artes Plásticas y Diseño de Ebanistería Artística que se regula en el presente Decreto Foral será preciso estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o haber superado los cursos declarados equivalentes a aquel título, según se establece en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, y superar la correspondiente prueba de aptitud, por la que acrediten tener las habilidades específicas para cursar con aprovechamiento las enseñanzas del título.

Artículo 15

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, será posible acceder al Ciclo Formativo de grado medio de Técnico en Ebanistería Artística sin cumplir los requisitos académicos establecidos. Para ello, el aspirante deberá haber superado con la calificación de Apto un Programa de Garantía Social o tener cumplidos los dieciocho años de edad o cumplirlos en el año natural en que inicie el ciclo y, en los tres casos, superar una prueba general, en la que demuestre tener madurez intelectual necesaria para este nivel, acreditada a través del dominio de las capacidades lingüísticas, de razonamiento y de conocimientos fundamentales de la Enseñanza Secundaria Obligatoria y otra de aptitud, por la que acredite tener las habilidades específicas necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas del título de Técnico en Ebanistería Artística.

Podrán estar exentos parcialmente de la prueba general de acceso aquellos aspirantes que hayan alcanzado los objetivos correspondientes a las enseñanzas de un Programa de Garantía Social u otra acción formativa no reglada. Para ello, el Departamento de Educación y Cultura establecerá qué programas de garantía social y acciones formativas permiten la exención parcial de la prueba de acceso.

Los Centros educativos organizarán y evaluarán las pruebas de acceso al Ciclo Formativo de Grado Medio de Técnico en Ebanistería Artística, de acuerdo con la regulación que establezca el Departamento de Educación y Cultura.

Artículo 16

1. Estarán exentos de realizar la prueba de aptitud, prevista en el artículo 14 del presente Decreto Foral, aquellos alumnos que estuvieran en posesión del título de Técnico o Técnico Superior de Artes Aplicadas de la Escultura o hubieran superado con aprovechamiento los cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de los planes de estudios establecidos por el Real Decreto 2127/1963, de 24 de julio, así como los establecidos con carácter experimental al amparo del Real Decreto 799/1984, de 28 de marzo, sobre regulación de experiencias en centros de Enseñanzas Artísticas, así como por el Real Decreto 942/1986, de 9 de mayo, por el que se establecen normas generales para la realización de experiencias educativas en centros docentes.

2. El Departamento de Educación y Cultura determinará el número máximo de plazas disponibles para alumnos que se hallen en los supuestos de exención a que se refiere este artículo y los criterios de valoración de los estudios previos para la adjudicación de las mismas.

Artículo 17

1. Asimismo, el número máximo de convocatorias por cada módulo será de cuatro, y de dos para la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres y obra final. Con carácter excepcional, el Departamento de Educación y Cultura podrá establecer una convocatoria extraordinaria en los supuestos de enfermedad que impida el normal desarrollo de los estudios u otros que merezcan igual consideración.

Artículo 18

Los Centros educativos dispondrán de la autonomía pedagógica necesaria para el desarrollo de las enseñanzas y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marco de lo establecido en el presente Decreto Foral.

Los Centros docentes concretarán y desarrollarán las enseñanzas correspondientes al título de Técnico en Ebanistería Artística mediante la elaboración de un Proyecto Curricular del Ciclo Formativo que responda a las necesidades del alumnado en el marco general del Proyecto Educativo de Centro.

Artículo 19

De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas artísticas y en el Real Decreto 1385/1995, de 4 de agosto, por el que se establecen los títulos de Técnico de Artes Plásticas y Diseño pertenecientes a la familia profesional de Artes Aplicadas de la Escultura para la impartición de las enseñanzas correspondientes a los siguientes módulos, se mantendrá una relación numérica profesor/alumno no superior a 1/15:

- Taller de ebanistería.

- Propio, diseñado por cada centro.

- Proyecto integrado.

Al resto de los módulos se aplicará la ratio máxima 1/30.

Artículo 20

Los Departamentos de los Centros educativos que impartan el ciclo formativo de grado medio de Ebanistería Artística elaborarán programaciones de los distintos módulos profesionales, de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres y de la obra final que deberán contener, al menos, la adecuación de objetivos de los respectivos módulos profesionales al contexto socioeconómico y cultural del Centro educativo y a las características del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, los principios metodológicos de carácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materiales didácticos para uso del alumnado.

Artículo 21

La autorización a los Centros para impartir las enseñanzas correspondientes al título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Ebanistería Artística se realizará de acuerdo con lo establecido, en su caso, en el Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas, en el Decreto Foral 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas artísticas, y cuantas disposiciones así lo desarrollen.

Artículo 22

1. El título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Ebanistería Artística, según lo dispuesto en el artículo 35.3 de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, permitirá el acceso al Bachillerato en su modalidad de Artes al alumnado a que se refiere el artículo 15 del presente Decreto Foral.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, para quienes hayan obtenido el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Ebanistería Artística que ampara el presente Decreto Foral, y quieran proseguir sus estudios, se establecen las convalidaciones entre las enseñanzas cursadas y las de Bachillerato en su modalidad de Artes que se indican:

MÓDULOS DEL MATERIAS DE BACHILLERATO,

CICLO FORMATIVO MODALIDAD ARTES

Volumen Volumen

Dibujo artístico Dibujo artístico I

Disposición Transitoria Única

Hasta tanto se determinen las nuevas especialidades docentes, la competencia del profesorado pertenecientes a los Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de cada módulo, queda definida por su pertenencia a la especialidad que se establece en el Anexo II del presente Decreto Foral. No obstante, el Departamento de Educación y Cultura, podrá autorizar la impartición de determinados módulos a aquellos docentes que, a la promulgación de este Decreto Foral se encontrasen impartiendo materias equivalentes de la anterior ordenación, siempre que acrediten preparación para ello.

Disposición Adicional Primera

El Departamento de Educación y Cultura podrá adaptar el currículo al que se refiere el presente Decreto Foral de acuerdo con las exigencias de organización y metodología de la Educación de Adultos, tanto en la modalidad de educación presencial como en la de educación a distancia. Asimismo se podrá adaptar el currículo a las características del alumnado con necesidades educativas especiales.

Disposición Adicional Segunda

Podrán acceder a los estudios del ciclo formativo de grado medio de Ebanistería Artística, además del alumnado al que refiere los artículos 14 y 15 del presente Decreto Foral, quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos y superen la prueba de aptitud artística.

a) Haber superado el primer Ciclo de la Reforma Experimental de las Enseñanzas Medias.

b) Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar de Formación Profesional de Primer Grado.

c) Haber superado el primer y segundo cursos del Bachillerato Unificado Polivalente.

d) Haber superado los cursos comunes a las especialidades, realizados en las Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

Todo ello, de acuerdo a lo dispuesto en la Orden Foral 444/1995, de 20 de julio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se dictan instrucciones relativas a la implantación anticipada de los ciclos formativos de Formación Profesional Específica establecidos por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Disposición Final Primera

Se autoriza al Consejero de Educación y Cultura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Decreto Foral.

Disposición Final Segunda

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación completa en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

ANEXO I

ANEXO I

1. Referencia del sistema productivo.

1.1. Identificación.

La Ebanistería Artística, tradicional y moderna, supone un área de actividad profesional y empresarial muy amplia.

Desde el maestro ebanista como artesano independiente, hasta la gran empresa de fabricación de muebles artísticos para el consumo de un sector social que demanda un producto de notable calidad artística, el campo laboral de un profesional medio formado en las técnicas específicas de la ebanistería y provisto de unos conocimientos básicos culturales y artísticos es hoy extraordinariamente rico en posibilidades profesionales.

1.2. Descripción del perfil profesional.

1.2.1. Campo profesional

El profesional de este nivel ejercerá su actividad en empresas y talleres de carácter artesanal y artístico, ya sean públicos o privados, pequeños, medianos o grandes, relacionados con el campo profesional de la ebanistería artística.

Puede también ejercer como profesional independiente o asociado en cooperativa.

El profesional de este nivel podrá realizar los proyectos creados por técnicos de niveles superiores. Debe poseer para ello la formación y destreza que le capaciten para:

-Interpretar con rigor y sensibilidad artístico-plástica la información proyectual que se le suministre, ya sea gráfica o corpórea, escrita u oral, referente a los distintos procesos de trabajo distintivos de este taller.

-Conocer y utilizar correctamente toda la información técnica disponible sobre máquinas, herramientas y útiles propios de su actividad.

-Realizar, individualmente o en equipo, las piezas y procesos de trabajo, ateniéndose a las especificaciones de los planos, diseños o croquis de un proyecto, empleando adecuadamente las técnicas y útiles que le son propios, tanto de tipo manual, como automático.

-Colaborar en equipos de trabajo coordinados por técnicos superiores, con el fin de establecer y realizar los procesos, técnicas y herramientas más adecuados para la realización de un proyecto.

-Conocer las tecnologías tradicionales y actuales dentro del campo de acción de esta especialidad a fin de que pueda adaptarse constantemente a los nuevos procedimientos.

-Responsabilizarse de los medios que utiliza para el desarrollo de su trabajo.

-Tanto en una actividad asalariada, como autónoma o en cooperativa, ser capaz de organizar el propio taller, teniendo en cuenta todos aquellos factores artísticos, técnicos, económicos y de seguridad en el trabajo que son imprescindibles.

1.2.2. Tareas más significativas

-Conocer y seleccionar el material más adecuado para la realización de un proyecto, siendo capaz de asesorar sobre los procesos de realización, permaneciendo fiel a las directrices recibidas.

-Preparar las herramientas, máquinas o útiles necesarios para la realización de un proyecto.

-Verificar las piezas durante el proceso de realización y ejecutar el montaje de las mismas y su repasado final.

-Aplicar las pátinas y recubrimientos protectores necesarios para un buen acabado.

-Responsabilizarse del mantenimiento sistemático de máquinas, utensilios y herramientas, siendo capaz de efectuar trabajos simples de reparación.

-Adquirir los conocimientos elementales para rentabilizar su trabajo.

2. Currículo.

2.1. Objetivos generales del Ciclo Formativo.

.Analizar y desarrollar los procesos básicos de realización de objetos volumétricos conseguidos mediante técnicas de ebanistería.

.Conocer las tecnologías tradicionales y actuales propias de esta especialidad.

.Saber utilizar los sistemas de reproducción de prototipos mediante técnicas de ebanistería.

.Interpretar con rigor y sensibilidad artístico-plástica la información proyectual que se le suministre, ya sea gráfica o corpórea, escrita u oral, referente a los distintos procesos de trabajo distintivos de esta especialidad.

.Resolver los problemas artísticos y tecnológicos que se planteen durante el proceso de realización.

.Conocer con detalle las especificaciones técnicas de los equipos y maquinaria utilizada, organizando las medidas de mantenimiento periódico preventivo de los mismos.

.Conocer y saber utilizar las medidas preventivas necesarias para que los procesos de realización utilizados no incidan negativamente en el medio ambiente.

.Conocer y comprender el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la actividad profesional en el campo de la ebanistería.

.Adquirir los conocimientos elementales para rentabilizar el trabajo.

.Conocer y aplicar técnicas de rehabilitación, reconstrucción y restauración de bienes no catalogados relacionados con la especialidad.

2.2. Módulos Profesionales.

Módulo profesional 1: Historia de la cultura y del arte: artes aplicadas de la escultura

Duración 112 horas.

a) Objetivos

.Desarrollar la sensibilidad estética.

.Proporcionar conocimientos humanísticos, como complemento a la formación de carácter técnica y plástica.

.Acercarse a los ciclos culturales con un criterio abierto, conociendo lo esencial de sus peculiaridades ideológicas, sociales, económicas y artísticas.

.Estudiar y aplicar terminología básica.

.Conocer los principales estilos artísticos de la historia.

.Distinguir los principales estilos de mueble situándolos en su contexto histórico.

.Comentar imágenes artísticas de manera integral.

.Reconocer los principales materiales y procedimientos técnicos históricos utilizados en escultura y ebanistería.

.Ampliar técnicas de estudio que conduzcan al alumno a una capacidad de análisis, síntesis, desarrollo y crítica de la obra de arte, periodo artístico o estilos estudiados.

.Buscar bibliografía o documentación en bibliotecas, librerías, centros de información.

b) Criterios de evaluación.

Se valorarán los siguientes términos:

.Grado de desarrollo de la sensibilidad estética alcanzada.

.Comprensión razonada de los comportamientos histórico-culturales de la humanidad a lo largo del tiempo y capacidad de relacionarlos con los hechos artísticos a que han dado lugar.

.Desarrollo de la percepción visual y de la sensibilidad en cuanto concierne al conocimiento de la esencia creativa, la evolución histórica y la situación espacio-temporal de las realizaciones de la Ebanistería Artística.

.Utilización de un lenguaje claro y una terminología específica idónea.

.Comentarios artísticos integrales: aproximación histórica, sociológica, análisis formal y significado de la obra de arte.

.Relación de estilos artísticos con sus principales representantes (escultores, ebanistas, etc.) y encuadrarlos histórica y gráficamente.

.Reconocimiento de las obras más significativas de cada periodo artístico.

.Reconocimiento y valoración de los materiales y procedimientos técnicos y sus posibilidades expresivas.

c) Contenidos.

.Concepto de cultura, de arte y de arte aplicado:

-Reacción y evolución del hombre ante el entorno de la Prehistoria.

-Configuración socio-política, religiosa y artística de las culturas antiguas:

-Egipto, Grecia y Roma: aportaciones a la civilización y al arte occidentales.

-Las artes de la madera y del mueble en estos períodos.

.Peculiaridades culturales y artísticas de la Alta Edad Media:

-Aportaciones islámicas al tratamiento artístico de la madera.

-El occidente de los siglos XI al XV: sus formas de vida y su expresión plástica.

-Las artes de la madera y del mueble en el mundo medieval occidental.

.La era de los descubrimientos geográficos y de la formación de las grandes nacionalidades:

-El Humanismo.

-El Renacimiento en las artes plásticas.

-Mueble y sentido del confort: tipologías nacionales.

.La cultura aristocrática del Barroco: las ciencias y las artes:

-Racionalismo y Despotismo Ilustrado.

-La expresión artística del Rococó.

-Realizaciones de la ebanistería artística más importantes en ambos períodos: las manufacturas reales.

.Revolución Francesa y Revolución Industrial: consecuencias de ambas:

-Liberalismo y sociedad industrial del XIX.

-Evolución cultural y artística y su consecuencia en las Artes Aplicadas.

-Arte e industria y su repercusión en el mueble.

.Transformaciones socio-culturales del siglo XX:

-El mueble en la plástica contemporánea.

-El diseño.

-El mueble de artesanía.

Módulo profesional 2: Dibujo artístico

Duración 224 horas.

a) Objetivos

.Desarrollar la sensibilidad estética: el sentido de la proporción, equilibrio y composición, simetrías y asimetrías.

.Captar la imagen de los objetos del entorno, siendo capaz de representarla y reproducirla gráficamente según los distintos métodos plásticos y técnicos.

.Interpretar esbozos, dibujos y planos, normas y demás información gráfica relacionada con la realización y los medios de producción artístico-artesanal y ornamental de la ebanistería artística, en representación bidimensional.

.Utilizar la escala tonal y sus matizaciones en la ambientación.

.Desarrollar la creatividad.

.Relacionar el dibujo con la geometría.

.Representar cuerpos en perspectiva cónica.

.Aplicar el apunte a mano alzada al mueble.

.Aplicar la mecánica de la proyección de la luz.

b) Criterios de evaluación.

Se valorarán los siguientes términos:

.Sentido artístico de la expresión gráfica.

.Desarrollo de la capacidad creadora.

.Representación sensible de objetos sencillos y la relación en el espacio de objetos agrupados.

.Utilización de las sombras como elemento de apoyo en la configuración del volumen.

.Utilización correcta de los materiales y técnicas propuestos, explorando sus posibilidades plásticas.

.Comprensión de la influencia que ejercen sobre la representación elementos como: proporciones, relaciones espaciales, relaciones tonales, etc.

.Capacidad para realizar dibujos relacionados con la especialidad.

.Presentación correcta del trabajo.

.Capacidad de asimilación de las formas en el espacio y su relación entre ellas. Percepción de los espacios relativos y habilidad para representarlos sobre una superficie.

.Comprensión del sentido constructivo y de la capacidad para proceder a la simplificación de los cuerpos a través de la forma geométrica.

.Adquisición de los elementos básicos de la perspectiva cónica, su comprensión y su realización por medio del apunte a mano alzada.

.Aplicación satisfactoria de los utensilios y de los procedimientos de representación utilizados en el desarrollo de la asignatura.

.Comprensión visual de la mecánica física de la proyección de la luz:

-Aprendizaje de los planteamientos mínimos necesarios para la representación visual del claroscuro y su distribución lógica.

-Percepción de los matices existentes en las escalas de tono.

-Distribución de las áreas de luz y áreas de sombra en la representación de los objetos.

-Comprensión de la sombra proyectada y su aplicación al dibujo del mueble.

.Dominio en la aplicación de la línea y adquisición de recursos en las formas de rayado.

.Nivel de representación a través del apunte a mano alzada del mueble.

.Capacidad básica en el manejo de los elementos de carácter compositivo.

c) Contenidos.

.Relación entre las partes y el todo. Relación entre medidas. Sentido de la proporción.

.Relación del dibujo con la geometría:

-Inscripción espacial de objetos en formas geométricas.

-La forma bi y tridimensional y su representación en el plano.

.La perspectiva cónica: línea de horizonte, puntos de fuga, puntos de vista, situación del horizonte.

.Los materiales de dibujo y sus técnicas. Formas de representación gráfica.

.El volumen. Estudio de la mecánica de la proyección de la luz:

-El claroscuro. Las relaciones de valor como plasmación sobre el plano de la forma tridimensional.

-El color, la luz y la sombra. Valores expresivos y descriptivos.

.La escala tonal y sus matizaciones:

-Aplicaciones al dibujo del mueble.

-Ambientación.

.Dibujo de línea:

-Forma como perfil y como volumen.

-Concreción y rotundidad.

-Expresividad y sensibilidad. Formas de rayado: lápiz y tinta.

.El apunte a mano alzada: sentido constructivo, simplificación, sombreado del mueble:

-Aplicación del trazo.

.El bosquejo y la lectura del plano.

.Composición: conceptos básicos, equilibrio, simetría, asimetría:

-El ritmo compositivo: estilización y síntesis.

-Composición orgánica, geométrica y abstracta.

-Las formas de la Naturaleza. El mundo vegetal, animal. El cuerpo humano.

.El objeto artístico-artesanal:

-Descripción del objeto plástico: iniciación al lenguaje proyectual de la ebanistería artística.

-Bocetos y desarrollos en el plano.

.Diseño, creación de la forma. Proceso creativo.

Módulo profesional 3: Volumen.

Duración 192 horas.

a) Objetivos

.Manejar el lenguaje de la forma volumétrica necesario para la configuración e interpretación de ideas, bocetos, maquetas, prototipos y pautas tridimensionales relacionadas con la realización y los medios de expresión artístico-artesanal y ornamental de las Artes Aplicadas de la Escultura, en general, y de la Ebanistería Artística en particular.

.Conocer los materiales propios de una concepción espacial de los Oficios Artísticos, sus técnicas y procedimientos.

.Desarrollar la creatividad y la sensibilidad artística.

.Conocer, estructuralmente, distintas formas volumétricas y sus características diferenciadas.

.Conocer las proporciones-espacios y estructuras, así como las pautas volumétricas.

.Utilizar los materiales y las herramientas propias de las artes plásticas.

b) Criterios de evaluación.

Se valorarán los siguientes términos:

.Representación correcta, a partir de un proceso de análisis y síntesis, formas de expresión volumétrica de la realidad tangible.

.Articulación de forma coherente y con sensibilidad plástica los elementos básicos del lenguaje tridimensional.

.Interpretación de forma precisa de planos técnicos, bocetos, maquetas y modelos.

.Aplicar, adecuadamente, los conocimientos teóricos de base empírica en la resolución práctica de supuestos específicos de esta modalidad.

.Sensibilidad artística y creatividad demostradas en su trabajo.

.Aplicación de los conocimientos teóricos.

.Conocimiento y empleo adecuados de los procedimientos técnico-plásticos del relieve.

.Interpretación mediante dibujos y bocetos, modelos y maquetas, de forma correcta.

.Composición de formas de carácter funcional, formal y ornamental.

c) Contenidos.

.Conocimiento y uso de las distintos materiales, herramientas y utensilios.

.El plano. Relieve bajo, medio y alto.

.Desarrollo de figuras elementales, geométricas u orgánicas, en el plano: volúmenes en barro hueco, construcciones sencillas.

.Génesis del volumen en distintos materiales.

.Armaduras de distintos tipos.

.Materiales plásticos: barro, escayola, plastilina, cera, poliespán.

.Procedimientos para generar la forma: por adición y por sustracción, por tensión y contracción.

.Soportes matéricos y su concepto formal correspondiente:

-Pétreos, orgánicos (madera)

-Sintéticos (plásticos, cementos, etc.)

-Metálicos (hierro, aluminio, etc.)

-Masas en bloque cerrado

-Formas orgánicas en tensión

-Volúmenes abiertos

-Materiales estáticos, etc.

Módulo profesional 4: Taller de ebanistería.

Duración 528 horas.

a) Objetivos

.Adquirir los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para una correcta ejecución de las técnicas y valores plásticos de la ebanistería.

.Poner en contacto al alumnado con los materiales específicos y sus lenguajes expresivos a través de los conocimientos necesarios sobre las herramientas y los procedimientos, su uso y eficacia práctica.

.Fomentar la participación individual y en equipo mediante ejercicios apropiados.

.Potenciar la realización de proyectos interdisciplinares.

.Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Criterios de evaluación.

Se tendrán en cuenta los siguientes términos:

.Habilidad y destreza en el uso de los materiales, las herramientas, maquinaria y técnicas propios del taller de ebanistería artística, con arreglo a una rentabilidad económica adecuada al mundo laboral.

.Conocimiento de los diferentes lenguajes plásticos específicos del taller de ebanistería artística.

.Capacidad para realizar tareas en equipo vinculadas a ejercicios interdisciplinares.

.Sensibilidad artística y creatividad demostradas en su trabajo.

.Conocimiento de los principales tipos de madera y materiales empleados en el taller.

.Capacidad para realizar trabajos simples de mantenimiento y reparación en máquinas herramientas.

.Aplicación de las normas y uso de útiles y protectores de seguridad e higiene en el trabajo.

.Responsabilidad en el desarrollo de su trabajo: uso de máquinas y herramientas, desarrollo de procedimientos y resultado final.

.Interpretación de las especificaciones técnicas de planos, diseños o croquis de los proyectos y seguimiento fiel de las mismas.

.Calidad en la realización técnica de muebles y objetos.

.Calidad en la aplicación de técnicas de acabado: lijado, pátinas, barnices, etc.

c) Contenidos.

.Conocimiento de las distintas maderas y materiales susceptibles de ser incorporados a la artesanía actual, aplicándolos a la industria maderera.

.Características fundamentales de los diversos materiales.

.Conocimientos básicos en el proceso de diseño.

.Interpretación de planos de realización.

.Plantillaje necesario para la correcta ejecución artística de cualquier pieza.

.Cubicación de la madera necesaria para la fabricación de un mueble.

.Traza de la madera y símbolos convencionales del trazado de las piezas, según su situación en el objeto final.

.Herramienta manual propia de la ebanistería artística: preparación y uso correcto.

.Utilización de la maquinaria.

.Fundamentos de la marquetería artística.

.Empleo de herrajes y complementos.

.Investigación artística y tecnológica en el campo del diseño de mobiliario y medios de transformación de la madera para que sea competitiva en el mundo actual.

Módulo profesional 5: Propio, diseñado por cada centro.

Duración 128 horas.

La finalidad de este módulo es la de completar el currículo mediante la introducción de características diferenciadoras del perfil profesional para adaptarse al entorno socio-económico del Centro educativo.

Las características diferenciadoras, aludidas en el punto anterior, se concretarán en unos objetivos a conseguir y que hagan referencia a subsectores, técnicas, productos relativos al mundo profesional de la ebanistería artística que requieran un tratamiento específico y/o una mayor profundización, como son:

-Ampliación y consolidación de técnicas de representación gráfica de objetos volumétricos, de interpretación de planos, croquis y bocetos, como fases previas a la realización de proyectos.

-Profundización en técnicas tradicionales y modernas aplicadas a la reconstrucción, restauración y conservación de bienes no catalogados, relacionados con la especialidad.

Los objetivos propuestos se concretarán en contenidos y, además, orientaciones, directrices y determinaciones que aseguren las peculiaridades del perfil profesional desarrollado. Para su impartición será necesario disponer de la preceptiva autorización por parte del Departamento de Educación y Cultura.

Con antelación suficiente al comienzo de curso, el Centro educativo presentará la propuesta del currículo de este módulo, al Departamento de Educación y Cultura (Servicio de Ordenación Académica y de Centros) solicitando su autorización.

La propuesta contará de las siguientes partes:

a) Identificación de las características diferenciadoras del perfil profesional en relación con el entorno socio-económico del Centro educativo, justificación, la evolución prevista, etc.

b) El currículo, concretado en objetivos a conseguir, criterios de evaluación para cada objetivo y relación de los contenidos. La ordenación será la establecida para todos los módulos.

Módulo profesional 6: Formación y orientación laboral

Duración 84 horas.

Este espacio lectivo tiene como finalidad que el alumnado se familiarice con el marco jurídico de condiciones de trabajo y salud así como con los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales y contractuales, ya sea en la realización del trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia. Permite además, orientar en la búsqueda de trabajo acorde con el perfil profesional y/o formar para el autoempleo.

a) Objetivos

.Adquirir los conocimientos básicos sobre legislación y el marco normativo del Estado Español.

.Adquirir los conocimientos económicos, comerciales y sociales que le permitan administrar y gestionar una empresa de pequeño y mediano tamaño.

.Adquirir los conocimientos económicos, comerciales y sociales que permitan desarrollar una actividad profesional como trabajador autónomo.

.Adquirir los conocimientos básicos de la legislación que regula la especialidad y manejar mínimamente los instrumentos jurídicos y profesionales de la especialidad.

.Conocer los distintos mecanismos de acceso al mercado laboral, por cuenta ajena o propia, así como las ayudas de organismos e instituciones locales, estatales y comunitarias dedicadas a este fin.

.Determinar actuaciones preventivas y/o de protección minimizando los factores de riesgo y las consecuencias para la salud y el medio ambiente que producen.

.Adquirir la sensibilización necesaria acerca de la salud laboral, como determinante tanto de la calidad de vida, como de los resultados de calidad en la actividad productiva.

.Capacitarse para realizar tareas asociativas adquiriendo actitudes de cooperación, solidaridad y trabajo en equipo.

.Diferenciar las modalidades de contratación.

b) Criterios de evaluación.

.Clasificar los daños a la salud y al medio ambiente en función de las consecuencias y de los factores de riesgo más habituales que los generan.

.Identificar las distintas modalidades de contratación laboral existentes en su sector productivo que permite la legislación vigente.

.Identificar y cumplimentar correctamente los documentos necesarios y localizar los recursos precisos para constituirse como trabajador por cuenta propia.

.Interpretar el marco legal del trabajo y distinguir los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

.Emplear las fuentes básicas de información del derecho laboral (Constitución, Estatuto de los Trabajadores, Directivas de la Unión Europea, Convenios Colectivos) distinguiendo los derechos y las obligaciones que le incumben.

.Identificar las prestaciones y obligaciones relativas a la Seguridad Social.

.Utilizar de forma correcta la terminología y la normativa específica de este campo profesional.

.La evaluación, relacionada con las charlas, coloquios, seminarios o talleres impartidos por expertos, la realizará el profesor del Centro que imparta “Formación y Orientación Laboral”. A tal fin, tendrá en cuenta la participación de los alumnos, la realización de pruebas, trabajos y, en su caso, experiencias concretas.

c) Contenidos.

.Marco jurídico general.

.Marco jurídico de las relaciones laborales y profesionales:

-Aspectos básicos de Derecho Laboral: nacional y comunitario.

-El contrato de trabajo.

-El salario y el tiempo de trabajo.

-Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

-Reglamentación específica: Ámbito profesional: dimensiones, elementos y relaciones.

-El sistema español de Seguridad Social.

-La representación laboral y la negociación colectiva.

.Salud laboral:

-Condiciones de trabajo y seguridad. Salud laboral y calidad de vida. El medio ambiente y su conservación.

-Riesgos y daños profesionales: factores de riesgo.

-Técnicas y medidas de protección y prevención de riesgos y daños profesionales. Análisis, evaluación y propuesta de actuaciones.

-Primeros auxilios en la empresa.

.Sistemas de acceso al mundo laboral:

-El mercado de trabajo. Estructura. Perspectivas locales, nacionales y comunitarias.

-Técnicas y organismos que prestan ayuda a la inserción laboral y a la iniciativa empresarial.

-Iniciativas para el trabajo por cuenta propia: el autoempleo: procedimientos y recursos.

-Análisis y evaluación del propio potencial profesional y de los intereses personales:

-Técnicas de autonocimiento. Autoconcepto. Técnicas de mejora.

-Técnicas de búsqueda y acceso al empleo público y privado.

-Hábitos sociales no discriminatorios. Programas de igualdad.

-Itinerarios formativos

-Profesionalizadores.

.Derecho mercantil y de la empresa:

-Derecho Mercantil: concepto; actos de comercio; clases de comerciantes.

-La empresa y su organización:

-La información económico-financiera de la empresa.

-La sociedad civil. La sociedad irregular.

-Descripción de los distintos modelos jurídicos de empresas mercantiles: las sociedades mercantiles.

-Las empresas de economía social: sociedades anónimas laborales y sociedades cooperativas de trabajo asociado.

-Entidades sin ánimo de lucro: las asociaciones y fundaciones. El contrato de cuentas de participación.

-El empresario individual:

-Trámites para el inicio de la actividad empresarial. Viabilidad.

-Programas de financiación y ayudas a empresas.

-Obligaciones jurídicas y fiscales. El Derecho Fiscal: nociones básicas sobre Impuesto de Valor Añadido (IVA), Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.), Impuesto de Sociedades. La licencia fiscal.

.Derecho aplicado a la especialidad:

-Legislación en materia de obras de arte. Breve reseña histórica: antecedentes y evolución. Normativa básica.

-Propiedad intelectual y derechos de autor. Registro y Entidades de gestión.

-Propiedad industrial.

Módulo profesional 7: Proyecto integrado

Duración 168 horas.

a) Objetivos.

.Aprender a relacionar técnica, forma y función.

.Conseguir una correcta, lógica y racional planificación del proceso creativo y productivo para obtener un resultado.

.Adquirir capacidad de autocrítica para desarrollar el sentido estético.

.Aplicar las técnicas adecuadas para la realización de un buen acabado.

.Aprender a percibir y a analizar de forma activa los objetos existentes en el medio profesional.

.Desarrollar una actitud creativa en la búsqueda de soluciones peculiares y diversas, tanto de forma como de concepto.

.Entender y aplicar los conceptos estructurales básicos para la realización de muebles.

.Utilizar el dibujo y el volumen como instrumentos para estructurar las diversas formas del campo profesional.

.Entender e interpretar por medio de bocetos y maquetas las propuestas dadas o reproducciones de modelos existentes.

.Adquirir capacidad de análisis y síntesis tanto de las formas como de la función.

b) Criterios de evaluación.

Se valorarán los siguientes términos:

.Trazado y construcción, manejando con soltura el lenguaje de las formas bi y tridimensionales.

.Realización de composiciones mediante la disposición en el plano de elementos gráficos y plásticos e indagar sobre sus posibilidades constructivas en la transposición a un espacio tridimensional.

.Realización de apuntes gráficos de construcciones ya elaboradas, seleccionando y destacando los elementos básicos más expresivos en su representación bidimensional.

.Recopilación de información y propuestas de soluciones específicas para la mejora de los productos.

.Búsqueda de soluciones formales nuevas y distintas.

.Determinación del comportamiento de diferentes materiales al intervenir sobre ellos con técnicas diversas, buscando el concepto de economía material y formal.

.Orden y lógica en las fases del trabajo.

.Presentación de trabajos dentro de los márgenes de tiempo establecidos, con limpieza y buena factura.

.Respecto y nivel de colaboración.

c) Contenidos.

.El proceso de transposición del plano al volumen y viceversa:

-Dibujos de construcciones.

-Construcciones a partir de dibujos.

.Desarrollo de la creatividad y búsqueda de soluciones divergentes ante diferentes propuestas:

-Relación esfuerzo-efecto.

-Concepto de simplicidad y economía.

-Limitación de material, trabajo e instrumentos.

.Los materiales:

-Características propias de cada material: resistencia, dureza, elasticidad, etc.

-Transformaciones y combinaciones a través de la aplicación de técnicas: doblar, cortar, pegar, trazar, etc.

.El producto artístico:

-Forma externa: factura, textura y acabados.

-Forma interna: estructura. Génesis de estructuras.

.Articulación de la forma:

-Direcciones. Movimiento. Ejes de movimiento.

.La forma:

-Evolución de la forma.

-Función de la forma.

.Señales del producto:

-Estabilidad, solidez, adaptabilidad, manejo, precisión, etc.

.Métodos de análisis y síntesis de las formas tridimensionales:

-Estructura, masa, proporción.

-Formas geométricas, formas orgánicas.

-Equilibrio, peso, gravedad, líneas de fuerza, etc.

-Modulaje. Repetición y gradación.

-El aprovechamiento del desarrollo intuitivo en experiencias analíticas.

2.3. Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.

Duración 84 horas.

a) Objetivos.

.Asumir la realidad profesional para completar la formación académica, realizando un cometido laboral de responsabilidad acorde con su nivel.

.Tomar contacto con el mundo del trabajo y con su sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas.

.Contrastar los conocimientos adquiridos en el Centro educativo con la realidad empresarial y laboral.

.Adquirir, a través del contacto con la empresa, los conocimientos complementarios necesarios para la práctica de la profesión tanto sobre la propia especialidad como sobre la situación y relaciones de mercado, tendencias artísticas y culturales, organización y coordinación del trabajo, gestión empresarial, relaciones de una empresa, etc.

.Adquirir los conocimientos técnicos sobre útiles, herramientas, aparatos y máquinas que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del Centro educativo.

.Participar de forma activa en las fases del proceso productivo, bajo la tutoría o dirección correspondiente.

.Aplicar los conocimientos y habilidades adquiridos en la formación teórica y práctica del alumno en los Centros docentes.

.Integrarse en el mundo laboral y en el sistema técnico-social de la empresa.

b) Criterios de Evaluación.

.Analizar las repercusiones de su actividad en el sistema productivo del centro de trabajo.

.Organizar el trabajo de acuerdo con las instrucciones recibidas cumpliendo las tareas en orden de prioridad con criterios de calidad y seguridad.

.Realizar el trabajo encomendado con calidad, seguridad y en el tiempo establecido.

.Coordinar su actividad con el resto del personal, informando de cambios, necesidades o cuestiones no previstas con antelación.

.Mantener limpia y en orden la zona de trabajo para evitar riesgos.

.Aplicar el sistema y normas de calidad que la empresa tiene establecidas.

.Identificar los defectos de calidad debidos a los procesos, así como sus causas.

.Actuar de forma responsable en el centro de trabajo, e integrarse en el entorno técnico-social de la empresa.

.Emplear los útiles de protección personal disponibles.

.Utilizar los dispositivos de protección de máquinas, instalaciones y equipos.

c) Contenidos.

.Especificaciones técnicas y características del mueble a fabricar.

.Información técnica del proceso: sistema de fabricación, medios, hoja de trabajo.

.Preparación y puesta a punto de máquinas, herramienta y útiles.

.Selección de los procedimientos a seguir en cada una de las distintas fases del trabajo a realizar.

.Uso y mantenimiento de máquinas, herramientas, utillaje y equipo que por su especialización, coste o novedad no están al alcance del centro educativo.

.Aplicación de las normas de seguridad e higiene: personales, instalaciones, máquinas y útiles en los diferentes procesos de producción.

.Control de la calidad de las piezas fabricadas en todo el proceso y en cada una de las fases del mismo.

.Detección de anomalías y disfunciones en el material, máquinas, y equipos, y sus posibles causas.

.Relaciones en el entorno técnico-social de la empresa.

2.4. Obra final.

Duración 80 horas.

a) Objetivos.

.Comprobar que el alumnado ha asimilado y es capaz de integrar, sincretizar y aplicar los conocimientos teórico-prácticos y artísticos adquiridos a través de las enseñanzas cursadas en el Centro.

.Comprobar que es capaz de desempeñar una actividad profesional en el campo propio de la especialidad de Ebanistería Artística de grado medio.

b) Criterios de evaluación.

Se evaluarán los siguientes apartados:

1. Información y comunicación:

.Estudio Histórico-Artístico.

.Memoria

.Testimonio gráfico.

2. Realización.

Además de los criterios de evaluación específicos de cada obra final, concretados por el Tribunal, se dan con carácter general los siguientes:

.Calidad en la realización y aplicación de las técnicas de la ebanistería.

.Sensibilidad artístico-plástica aplicada a la especialidad.

.Asimilación y aplicación de los conceptos teórico-prácticos y artísticos.

.Capacitación para la actividad profesional en el campo de la ebanistería artística.

c) Contenidos.

La Obra final consistirá en la concepción y creación de uno o varios productos pertenecientes al campo de la ebanistería artística, ya sea como producto aislado o como conjunto.

La Obra final tendrá el siguiente contenido:

1. Información y comunicación:

.Estudio histórico-artístico, que argumente y sitúe la obra en el contexto de la ebanistería artística, relacionándola con las producciones artísticas y publicitarias contemporáneas y los antecedentes estéticos y comunicativos, analizando de forma clara y precisa las técnicas en ella empleadas para su confección y resaltando las aportaciones o peculiaridades que el trabajo ofrece.

.Memoria, donde se realizará un análisis de los procesos y fases de realización del producto, y recogerá, al menos, los siguientes aspectos:

-De comunicación: necesidades funcionales y sociales a satisfacer.

-Estéticos: armonía, equilibrio, sensibilidad y creatividad.

-Técnicos: materiales, procesos, tareas y tiempos necesarios para la realización del producto final y especificaciones para el control de la calidad.

-Económicos: cálculo de los costes necesarios para la realización del producto final, optimización y rentabilización de los medios.

.Testimonio gráfico de las diversas etapas del trabajo conducentes a la realización del producto final: selección y catalogación de bocetos y maquetas con las correspondientes tablas de información técnica y especificaciones: aplicaciones informáticas utilizadas, marcado y tratamiento de textos e imágenes, corrección de pruebas, especificaciones para el control de la calidad, presentación de los productos finales para impresión; así como, en su caso, propuestas de catálogos, montaje y organización de una exposición de las obras.

2. Realización:

.Realización de la obra: producción de una serie limitada de unidades, en función de la entidad de la obra y de las especificaciones del Tribunal.

2.5. Duración, secuencia y distribución horaria.

1. Historia de la cultura y del arte:

artes aplicadas de la escultura 112 4 2º

2. Dibujo artístico 224 7 1º

3. Volumen 192 6 1º

4. Taller de ebanistería 528 6 1º-12 2º

5. Propio, diseñado por cada centro 128 4 2º

6. Formación y orientación laboral 84 3 1º

7. Proyecto integrado 168 6 2º

8. Fase de formación práctica en empresas, 84 En jornada 2º estudios o talleres laboral.

9. Obra final 80 2º

ANEXO II. Profesorado que imparte los módulos de Ebanistería Artística

ANEXO II

Los Funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño impartirán con carácter preferente los módulos de este ciclo de acuerdo con la atribución de módulos a especialidades que figura en la columna (A) del presente Anexo.

No obstante, a fin de lograr una optimización en el aprovechamiento de los recursos disponibles en el centro, en la organización del mismo, dichos módulos podrán ser impartidos por funcionarios de otras especialidades de acuerdo con lo que figura en la columna (B), sin que ello surta efectos en la adscripción de especialidad.

ESPECIALIDAD DEL PROFESORADO

MODULO PROFESIONAL

(A) (B)

1. Historia de la cultura y del arte: Profesor A.P.D. de:

artes aplicadas de la escultura. Cultura General Cerámica

. Historia del Arte

. Historia del Arte y de la Cerámica

2. Dibujo artístico Profesor A.P.D. de: Profesor A.P.D. de:

. Dibujo Artístico. Teoría y Práctica del Diseño

. Colorido y Procedimientos Pictóricos. Proyectos de Arte Decorativo

. Composición Decorativa, Pintura y Escultura Religiosa. Diseño de Figurines

. Decoración sobre Pastas Cerámicas. Corte y Confección

. Análisis de Forma y Color

. Procedimientos Pictóricos

. Técnicas de Colorido Aplicado a la Cerámica

. Dibujo Publicitario

. Composición Ornamental y Proyectos

. Composición Ornamental

. Estilización Artística y Colorido

. Decoración Elemental Cerámica

3. Volumen Profesor A.P.D. de:

. Modelado y Vaciado

. Imaginería Castellana

. Moldeaje de Figuras

. Moldes

. Adorno y Figura

4. Taller de ebanistería Maestro de Taller A.P.D. de:

. Ebanistería Artística

. Ebanistería y Maquetería

. Ebanistería

5. Propio, diseñado por cada centro (1)Profesor A.P.D. de:

. Dibujo Lineal

6. Formación y orientación laboral. Profesor A.P.D. de:

. Derecho Usual

. Organización Industrial

7. Proyecto integrado (1)

(1) Especialidades con atribución docente en los módulos profesionales del Ciclo Formativo de Técnico en Ebanistería Artística.

Gobierno de Navarra

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