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ORDEN FORAL DE 21 DE JULIO DE 1997, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN AGRARIA

BON N.º 97 - 13/08/1997



Preámbulo

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación ejerce las funciones que corresponden a Navarra en materia de investigación agraria, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 2654/1985, de 18 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de agricultura, ganadería y montes .

La experiencia acumulada aconseja que para un mejor desempeño de dicho ejercicio, se cree un órgano colegiado con funciones de impulso, propuesta, seguimiento, control y coordinación.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1

Se crea, en el seno del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, la Comisión de Investigación Agraria.

Artículo 2 Nota de Vigencia

La Comisión de Investigación Agraria tendrá la siguiente composición:

- Presidente: El Director General de Agricultura y Ganadería.

- Vicepresidente: La Directora del Servicio de Información y Gestión Económica.

- Secretario: El Jefe de la Sección de Evaluación de Recursos Agrarios.

- Vocales: El Director del Servicio de Agricultura, el Director del Servicio de Ganadería, el Director del Servicio de Industrias Agroalimentarias y Explotaciones Agrarias, el Director de la Estación de Viticultura y Enología de Navarra, el Director Gerente del Instituto Tecnico y de Gestión Agrícola, el Director Gerente del Instituto Técnico y de Gestión Ganadero y el Director del Servicio de Conservación de la Biodiversidad, del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda;

Artículo 3

Serán funciones de la Comisión:

- La definición de los objetivos y directrices básicas de la investigación agraria en Navarra, con priorización de subsectores y actividades que puedan ser objeto de proyectos de investigación;

- La coordinación, seguimiento y control de los proyectos de investigación agraria que se tramiten a través del Departamento;

- Las relaciones científicas con otras Comunidades Autónomas o entidades y organismos en materia de investigación agraria;

- Informar los proyectos de convenios en materia de investigación agraria con organismos y entidades públicas y privadas;

- La difusión de los resultados de los proyectos de investigación agraria;

- La coordinación entre investigación, experimentación, divulgación e información agraria;

- La priorización de los proyectos de investigación agraria para su posible inclusión en los programas nacionales o de la Unión Europea;

- La propuesta de ayudas a conceder a los proyectos de investigación agraria, con cargo a los presupuestos generales de Navarra;

- Informar los expedientes de ayudas a I+D de las industrias agrarias y alimentarias;

- La priorización de las solicitudes de becas pre o posdoctorales para su inclusión en programas de ayudas;

- La propuesta de cuantas medidas considere puedan permitir mejorar las actuaciones en materia de investigación agraria que se realicen en Navarra.

Disposición Final Única

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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