(ir al contenido)

navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

LEXNAVARRA


Versión para imprimir


ORDEN FORAL DE 17 DE JULIO DE 2000, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA EL SÍMBOLO O LOGOTIPO CON EL QUE PODRÁN SER ETIQUETADOS PARA SU DIFERENCIACIÓN LOS PRODUCTOS OBTENIDOS MEDIANTE LA PRODUCCIÓN INTEGRADA EN NAVARRA

BON N.º 124 - 13/10/2000



Preámbulo

El Decreto Foral 143/1997, de 26 de mayo, por el que se regula la producción integrada y la diferenciación de sus productos , establece que el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación aprobará una marca, leyenda, símbolo o logotipo con el que diferenciar los productos que se obtengan con métodos de producción integrada;

El mismo Decreto Foral, atribuye, entre otras, a la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada, la función de informar sobre cuantos asuntos sean de interés en relación con este Decreto Foral, y especialmente respecto de cuantas medidas considere puedan mejorar la regulación, la práctica y la promoción de la producción integrada.

Visto el informe del Servicio de Agricultura y Financiación Agraria, según el cual la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada ha informado favorablemente y ha propuesto la aprobación del logotipo para la diferenciación de los productos obtenidos mediante la producción integrada en Navarra.

Considerando que el proyecto de logotipo cumple los requisitos que establece el Decreto Foral 143/1997, de 26 de mayo ;

En su virtud, ordeno:

Primero

Aprobar el logotipo para la diferenciación de la producción integrada en Navarra.

Segundo

Las especificaciones del diseño son las siguientes:

a) Logotipo a color. Círculo de color verde con el contorno irregular, dentro del cual aparece centralmente una figura en forma de una mariposa, formada por dos alas de color amarillo definidas con contornos laterales arqueados que se encuentran formando punta en los extremos, quedando ambas alas contorneadas en el borde exterior por una estrecha franja negra, mientras que entre ellas se extiende tangencialmente, también en negro, un grueso trazo recto de extremos redondeados, a continuación del cual, se halla ligeramente separado en uno de los extremos un gran punto circular, desde el que salen dos fino trazos arqueados, que finalizan con un pequeño ensanchamiento circular en el extremo. En cada una de las alas existe cerca del borde interior, un punto negro y más abajo un trazo arqueado que se extiende en progresiva decreciente anchura desde el borde hacia el interior, con un cierta inclinación hacia arriba. El diseño del logotipo, con apariencia de mariposa que sonríe, queda completado con la inscripción de las palabras PRODUCCIÓN INTEGRADA y NAVARRA, haciendo un círculo sobre el dibujo de la mariposa, en negativo sobre el fondo verde. Los colores de referencia (Pantone) es la siguiente: verde 354C, fondo; blanco, para los terminos “PRODUCCION INTEGRADA y NAVARRA”; amarillo 803C, fondo de las alas de la mariposa; negro, resto de las partes de la mariposa.

b) Cuando el logotipo resulte difícil de visualizar debido al color utilizado en el fondo del mismo, se optará por el uso de una corona circular de color blanco de delimitación alrededor del logotipo para su mejor contraste con el color de fondo. La anchura de esta corona circular no superará la décima parte del diámetro del logotipo.

c) En el caso de que la aplicación del logotipo, en sí mismo o sobre diferentes tipos de etiquetas, haga necesaria la reducción, el tamaño mínimo será de 20 milímetros de diámetro.

Tercero

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la misma, de conformidad con la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común , modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cuarto

Publicar la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web