(ir al contenido)

navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

LEXNAVARRA


Versión para imprimir


ORDEN FORAL 574/1988, DE 12 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE ESTABLECE PARA NAVARRA EL BAREMO DE VALORACIÓN DE ESPECIES PROTEGIDAS DE LA FAUNA SILVESTRE

BON N.º 120 - 03/10/1988



Preámbulo

El Servicio de Medio Ambiente informa que es necesario establecer para Navarra el baremo constituido por los valores que se deducen de el coste de reposición de cada animal protegido de la fauna silvestre, con Independencia de edad y sexo, a los efectos de fijar cuando proceda, la indemnización por daños y perjuicios con motivo de las infracciones cometidas a la legislación vigente sobre la materia.

De acuerdo todo ello con las competencias que en el Amejoramiento del Fuero se reconocen como exclusivas de la Comunidad Foral de Navarra en dicha materia.

En uso de las atribuciones que me confiere el articulo 36. 2, c) y d) de la Ley Foral 23/83, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral , ordeno;

Primero

Establecer el siguiente baremo que permita valorar los daños y perjuicios ocasionados a las especies protegidas de la fauna silvestre, al objeto de fijar, cuando proceda, las oportunas indemnizaciones en las infracciones que se cometan a la legislación vigente aplicable al caso.

ESPECIESValor Pesetas
MAMÍFEROS 
Oso pardo1.500 000
Nutria400.000
Armiño, Visón europeo200.000
Gato montes100.000
Desmán30.000
Murciélagos10.000
Otros mamíferos protegidos5.000
AVES 
Quebrantahuesos1.000.000
Águila real, Águila perdicera, Águila pescadora, Halcón peregrino Azor, Búho real250.000
Buitre leonado, Alimoche, Águila calzada, Águila culebrera, Aguilucho lagunero, Aguilucho cenizo, Aguilucho- pálido, Halcón abejero, Alcorán Esmerejón, Gavilán, Cernícalo primilla200.000
Lechuza común, Milano real30.000
Otras aves de presa60.000
Cigüeña negra400.000
Garzas, Avetoro, Avetorillo, Espátula, Cigüeña blanca100.000
Somormujos, Zampullines, Cormoranes, Martinete, Garceta común, Garcilla, bueyera, Serreta gran de, Serreta chica, Cigüeñuela, Avoceta, Tarro Blanco, Barnaclas, Otras anátidas no cinegéticas30;000
Otras limícolas protegidas20.000
Urogallo, Avutarda400.000
Perdiz nival, Grulla común200.000
Pico dorsiblanco100.000
Pito negro, Pico mediano50.000
Torcecuello, Otros pájaros carpinteros, Sisón, Alcaraván, Ganga, Chotacabras, Carraca, Críalo, Rabilargo, Treparriscos30.000
Alondra de Dupont, Chovas, Acentor alpino, Gorrión alpino15.000
ESPECIESValor Pesetas
Mirlo acuático, Pechiazul, Collalba negra, Roqueros, Mirlo capiblanco, Buscarla unicolor, Papamoscas cerrojillo, Mito, Bigotudo, Alcaudones5.000
Vencejo común. Otros paseriformes protegidos2.000
Otras aves protegidas10.000

Los huevos de las aves tendrán la misma valoración que se asigna, por unidad, a la especie productora.

ESPECIESValor Pesetas
REPTILES Y ANFIBIOS 
Tortugas50.000
Culebras5.000
Otros reptiles y todos los anfibios2.500

Segundo

La presente Orden Foral entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Tercero

Trasladar la presente Orden Foral al Departamento de Presidencia e Interior al Servicio de Montes y al Servicio de Medio Ambiente, a los efectos oportunos.

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web