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ORDEN FORAL 209/1995, DE 13 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE INSCRIBEN DETERMINADAS ESPECIES Y SUBESPECIES EN EL REGISTRO DE LA FAUNA SILVESTRE DE VERTEBRADOS EN NAVARRA

BON N.º 34 - 15/03/1995



  ANEXO


Preámbulo

El Decreto Foral 162/1993, de 24 de mayo, reguló el Registro de la Fauna Silvestre de Vertebrados en Navarra , en desarrollo del artículo 15 de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus habitáis .

En este Registro publico deben incluirse las especies, subespecies y poblaciones de la fauna silvestre de vertebrados existentes en Navarra, las especies autóctonas extinguidas y las autóctonas introducidas en Navarra con la correspondiente autorización administrativa. La inscripción registral compete al Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, de oficio o a instancia de personas físicas o jurídicas.

Habiéndose elaborado por el Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente la relación de especies, subespecies y poblaciones de vertebrados en estado silvestre en Navarra, procede su inscripción en el Registro de la Fauna Silvestre de Vertebrados en Navarra, previo informe del Consejo Navarro de Medio Ambiente, emitido el 6 de febrero de 1995.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 3.1 del Decreto Foral 162/1993, de 24 de mayo , ordeno;

Artículo Único

Se inscriben en el Registro de la Fauna Silvestre de Vertebrados en Navarra las especies, subespecies y poblaciones que se mencionan en el Anexo de esta Orden Foral.

Disposición Final Única

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

ANEXO

ANEXO

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