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ORDEN FORAL 487/2006, DE 12 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE FIJAN LOS PLAZOS Y FECHAS PARA EL INGRESO DE FONDOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y ENVÍOS TELEMÁTICOS POR LAS ENTIDADES COLABORADORAS EN LA RECAUDACIÓN DE LA HACIENDA PÚBLICA DE NAVARRA PARA EL AÑO 2007 Nota de Vigencia

BON N.º 153 - 22/12/2006



Preámbulo

En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II en su Capítulo II las relaciones con las Entidades Financieras que prestan el servicio de colaboración en la Gestión recaudatoria de la Hacienda Tributaria de Navarra.

El artículo 81.1 de dicho Reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que las Entidades Colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.

La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2 del citado Reglamento , de los días inhábiles de Pamplona.

En consecuencia, ordeno:

Primero

Para el año 2007, los plazos y fechas fijados para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras de la Hacienda Tributaria de Navarra y su abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:

MESQUINCENAS DENOMINACIÓNQUINCENAS N.º ORDENDÍAS QUINCENA (AMBOS INCLUSIVE)FECHA VALOR ABONO EN CTA. CTE. GENERALFECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENV. TELEMÁTICO
Enero1.ª1Del 21/12 al 5/01/0710 enero12 enero
Enero2.ª2el 6/01 al 22/016 enero9 enero
Febrero1.ª3Del 23/01 al 5/029 febrero12 febrero
Febrero2.ª4Del 6/02 al 20/0226 febrero27 febrero
Marzo1.ª5Del 21/02 al 5/039 marzo12 marzo
Marzo2.ª6Del 6/03 al 20/0326 marzo27 marzo
Abril1.ª7Del 21/03 al 10/0416 abril17 abril
Abril2.ª8Del 11/04 al 20/0425 abril27 abril
Mayo1.ª9Del 21/04 al 7/0511 mayo14 mayo
Mayo2.ª10Del 8/05 al 21/0525 mayo28 mayo
Junio1.ª11Del 22/05 al 5/0611 junio12 junio
Junio2.ª12Del 6/06 al 20/0625 junio27 junio
Julio1.ª13Del 21/06 al 5/0710 julio12 julio
Julio2.ª14Del 6/07 al 20/0726 julio27 julio
Agosto1.ª15Del 21/07 al 6/0810 agosto13 agosto
Agosto2.ª16Del 7/08 al 20/0824 agosto27 agosto
Septiembre1.ª17Del 21/08 al 5/0910 sept.12 sept.
Septiembre2.ª18Del 6/09 al 20/0925 sept.27 sept.
Octubre1.ª19Del 21/09 al 5/1010 octubre11 octubre
Octubre2.ª20Del 6/10 al 22/1026 octubre 29octubre
Noviembre1.ª21Del 23/10 al 5/119 nov.12 nov.
Noviembre2.ª22Del 6/11 al 20/1126 nov.27 nov.
Diciembre1.ª23Del 21/11 al 5/1210 dic.12 dic.
Diciembre2.ª24Del 6/12 al 20/1226 dic.27 dic.

Segundo

El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por fax al número 948-292951 de la Sección de Tesorería antes de las 15 horas de el día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.

Tercero

Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras.

Disposición Final Única

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

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