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ORDEN FORAL 142/1996, DE 6 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, POR LA QUE SE DESARROLLA EL DECRETO FORAL 289/1988, DE 14 DE DICIEMBRE, DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE OFICINAS MUNICIPALES Y COMARCALES DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS

BON N.ş 142 - 22/11/1996



Preámbulo

El Decreto Foral 289/1988, de 14 de diciembre, sobre ayudas para la financiación de oficinas municipales y comarcales de rehabilitación de viviendas, establece en su artículo 4 que las ayudas que concede el Gobierno de Navarra para la financiación de estas oficinas serán las equivalentes al coste del personal del equipo básico de gestión de las mismas;

Por otra parte, el referido precepto establece que tal subvención es la máxima que se otorga, con independencia de que los titulares de tales oficinas asuman obligaciones superiores en materia retributiva o de número de personas.

Habiéndose planteado dudas respecto a los conceptos retributivos que deben comprenderse dentro del coste del personal máximo subvencionable, es objeto de esta Orden Foral determinar los conceptos retributivos que serán objeto de subvención.

En su virtud, en ejercicio de las facultades conferidas por la disposición final primera del Decreto Foral 289/1988, de 14 de diciembre, ordeno;

Artículo Único

Los conceptos retributivos que deben englobarse dentro del coste del personal máximo subvencionable, son los siguientes:

A) Arquitectos superiores y Arquitectos técnicos:

Retribuciones básicas entre las que se comprende el premio de antigüedad y complemento de incompatibilidad;

B) Auxiliares administrativos: retribuciones básicas entre las que se comprende el premio de antigüedad.

Disposición Final Única

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Gobierno de Navarra

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